Comunicado 300 (resumen)
México D.F., a 12 de Agosto de 2015
El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), en sesión extraordinaria, aprobó —por siete votos a favor y cuatro en contra de la Consejera Pamela San Martín y de los Consejeros José Roberto Ruiz, Javier Santiago y Arturo Sánchez— un proyecto de acuerdo por el que se resuelve la no procedencia de la pérdida de registro del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) solicitada por un grupo de ciudadanos.
El proyecto validado determina que las faltas cometidas fueron conocidas y sancionadas de manera oportuna y no revisten gravedad extrema que afectara la equidad de la contienda electoral 2014-2015 o lesionara el sistema democrático nacional.
Al respecto, el Presidente del Consejo General, Lorenzo Córdova, consideró que el Partido Verde Ecologista de México transgredió sistemáticamente la ley, y por ello fue sancionado por el INE y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Sin embargo, “la pérdida del registro es la sanción más grave que puede imponerse a un partido político. En una sanción radical, suma y en los hechos trascendentes, pues sus efectos no se circunscriben sólo al partido político al que se le aplica o a su dirigencia, sino que alcanzan a los derechos de sus militantes y simpatizantes”, advirtió.
Córdova Vianello señaló que el PVEM es el segundo partido más multado en la historia electoral del país. Registró 26 faltas en el proceso electoral 2014-2015 y acumuló penas económicas por 597.5 millones de pesos, éste no puso en riesgo al sistema democrático ni al sistema constitucional del país.
La Consejera Adriana Favela, Presidenta de la Comisión de Quejas y Denuncias, explicó que fueron revisadas todas las conductas denunciadas en contra del PVEM, así como las obligaciones legales de éste, como lo establece la Ley General de Partidos Políticos y la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Precisó que la resolución alcanzada no cancela los hechos ilícitos, los cuales quedan debidamente registrados en los archivos del INE y podrán ser valorados junto con otras conductas y en diferente contexto en caso de que el PVEM continúe con acciones que contravengan la normativa electoral.
Al votar en contra del dictamen, el Consejero José Roberto Ruiz, integrante de la Comisión de Quejas y Denuncias, consideró que sí hubo elementos acreditados sobre el incumplimiento grave y sistemático del PVEM, para proceder a la pérdida de su registro como partido político nacional.
Dijo que este partido transgredió gravemente el modelo de comunicación política y menoscabó el principio de equidad en la contienda. “Debe aceptarse que la gravedad de las contravenciones a las normas es evidente. En multas firmes tiene 185 millones y están por resolverse impugnaciones que versan sobre sanciones que ascienden a más de 400 millones de pesos”.
La Consejera Beatriz Galindo, integrante de la Comisión de Quejas y Denuncias, se pronunció por la no pérdida de registro del PVEM, al explicar que los hechos denunciados no fueron suficientes para afectar o anular de manera importante principios constitucionales, derechos humanos o el régimen de libertades que se atribuye a los partidos políticos.
“No encuentro que se les haya vulnerado o restringido, ante un estudio en conjunto de los hechos denunciados, pues la elección se llevó a cabo, no se limitaron las libertades fundamentales para el ejercicio del sufragio y los resultados obtenidos así lo indican. El elemento de gravedad extrema no se actualiza. La pérdida de registro no resultaría proporcional, adecuada y necesaria”, señaló.
La Consejera Pamela San Martín se pronunció en contra del proyecto al señalar “¿Pero cómo puede no ser grave la conducta de un partido político que de forma intencional y sistemática, antes y a lo largo del Proceso Electoral hace de la violación al Estado de Derecho su estrategia electoral? Yo sostengo que es en éste elemento, precisamente, en el que radica la gravedad, la gravedad extrema”.
En su oportunidad, el Consejero Javier Santiago criticó la propuesta de resolución: “Desde mi perspectiva, el proyecto es contradictorio y por tanto no aporta certeza jurídica que es un objetivo fundamental de la autoridad electoral. Nos dice que la conducta no revistió la gravedad máxima requerida para la aplicación de una sanción máxima como es la pérdida del registro. No comparto tal calificación y preguntó: ¿Qué se requiere para que se valore la gravedad de una conducta como la desplegada e ilustrada en el proyecto? ¿Qué más debe hacer el partido encausado?”
A su vez, el Consejero Ciro Murayama consideró que “la historia nos demuestra que la desaparición o prohibición de partidos políticos, se suele presentar en sistemas democráticos en retroceso, o de plano, en sistemas autoritarios. Quiere decir ello que la decisión de declarar la pérdida de registro de un partido sólo ocurre en el autoritarismo, por supuesto que no. Pero cuando ello ocurre en un sistema democrático debe ser porque no queda otra salida para asegurar la sobrevivencia de la propia democracia y de las libertades que garantiza”.
El Consejero Enrique Andrade consideró que la sanción de pérdida del registro resultaría excesiva, porque omite tomar en cuenta que ese partido ya fue sancionado en diversas ocasiones por vulnerar la normatividad electoral, “lo cual indica que dichas conductas no quedaron impunes y, por tanto, se estaría infringiendo la garantía de proporcionalidad”.
A su vez, el Consejero Arturo Sánchez argumentó su posición al establecer que “los actos ilícitos cometidos por el Partido Verde repercutieron de manera sumamente negativa no sólo en el Proceso Electoral Federal y locales que acaban de terminar, sino en consecuencia con el ejemplo y las premisas que se establecen en procesos electorales que podrían venir en adelante, pues se sentaría un precedente de que un partido político podría, en un escenario ‘x’ o en la percepción pública, violar la ley, buscando obtener más votos sin consecuencia más que una sanción económica”.
El Consejero Marco Antonio Baños se sumó a la resolución y precisó que el universo de las conductas sobre las cuales se fincó la solicitud para la pérdida o cancelación del registro del PVEM, fueron revisadas por la autoridad electoral y, en su caso, hay también ya sentencias específicas.
En tanto, el Consejero Benito Nacif fijó su posición: “Yo comparto el sentido del proyecto, aunque estoy en desacuerdo con algunos de los argumentos planteado a lo largo del mismo. Creo que estamos ante un Procedimiento Sancionador muy peculiar, sui generis, porque piden al INE, a su Consejo General, volver a juzgar hechos que ya han sido juzgados previamente y sancionados de acuerdo con la ley ¿Hay aquí hechos novedosos? ¿Hay hechos nuevos que se estén planteando? Creo que la respuesta a esa pregunta es: no”.
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Si se desea consultar la resolución completa:
Fuente:
http://www.ine.mx/archivos3/portal/historico/contenido/comunicados/2015/08/20150812-1.html
(26/08/2015)