Guatemala, 24 de marzo de 2017.- En el día mundial del agua 26 delegaciones presentaron sus observaciones sobre la Solicitud de Opinión Consultiva presentada por Colombia sobre las obligaciones de los Estados en el marco los derechos a la vida e integridad personal consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos frente al impacto de grandes proyectos en el medio ambiente marino, específicamente en la Región del Gran Caribe. Participaron 5 Estados (Colombia, Argentina, Bolivia, Guatemala y Honduras), la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Secretaría General de la OEA, junto con 20 delegaciones de organizaciones internacionales, organismos estatales, organizaciones no gubernamentales, internacionales y nacionales, instituciones académicas e individuos de la sociedad civil.
En la audiencia celebrada el 22 de marzo, durante el 57 Período Extraordinario de Sesiones en Ciudad de Guatemala, el Presidente destacó que ‘‘el agua es un elemento esencial del desarrollo sostenible’’. Para el Presidente ‘‘los recursos hídricos juegan un papel clave en la reducción de la pobreza, el crecimiento económico y la sostenibilidad ambiental’’.
De esta manera, destacó la gran convocatoria a presentar sus observaciones por parte de Estados y organizaciones de la sociedad civil que permitirán desarrollar innovadores interpretaciones a la Convención Americana sobre el tema de primordial relevancia y actualidad en la relación entre derechos humanos y medio ambiente.
En su Solicitud de Opinión consultiva, Colombia planteó una serie de preguntas sobre cuáles serían las obligaciones de los Estados respecto a los derechos a la vida e integridad personal, reconocidos por la Convención Americana sobre Derechos Humanos, frente al impacto en el medio ambiente marino de la Región del Gran Caribe de grandes proyectos de infraestructura. Conforme el procedimiento para la emisión de Opiniones Consultivas el Tribunal recibió 51 escritos de observaciones y decidió convocar a una audiencia pública para el pasado día mundial del agua. Próximamente puede el video de la audiencia aquí.
La función de dictar opiniones consultivas se encuentra regulada en el artículo 64 de la Convención Americana. A través de esta función consultiva los Estados miembros de la Organización de los Estados Americanos (OEA) pueden consultar a la Corte acerca de la interpretación de la Convención Americana sobre Derechos Humanos o de otros tratados concernientes a la protección de los derechos humanos en el continente. La finalidad de la labor interpretativa que realiza la Corte es no sólo desentrañar el sentido, propósito y razón de las normas internacionales sobre derechos humanos, sino también coadyuvar al cumplimiento cabal y efectivo de las obligaciones internacionales de los Estados americanos en la materia.
Fuente:
http://www.corteidh.or.cr/docs/comunicados/cp_10_17.pdf
(29/03/2017)