Se concede amparo a solicitantes
de reconocimiento de la condición
de refugiados, contra la negativa
de las autoridades responsables

(RESUMEN)

Comunicado 163/2019
Ciudad de México, a 17 de octubre de 2019

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en su sesión de ayer miércoles, al resolver los amparos en revisión 353/2019 y 399/2019, decidió amparar a dos solicitantes de reconocimiento de la condición de refugiados, en contra de la negativa de las autoridades responsables de admitir a trámite sus solicitudes porque no acreditaron una causa ajena a su voluntad que les haya impedido presentar dicha solicitud dentro del plazo legal.

            La Sala estimó que acorde con una interpretación del numeral 19 del Reglamento de la Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria, es menester considerar el estado de vulnerabilidad en que se encuentran los solicitantes de refugio en nuestro país.

            Con dicha interpretación se garantiza la protección más amplia de sus derechos fundamentales, pues la falta de presentación de la solicitud dentro de un período específico, no debe conducir de manera automática al desechamiento de la solicitud respectiva, sino considerar aquellos casos en los que la presentación fuera del plazo legal se debió a motivos o razones justificadas.

Fuente:
http://www.internet2.scjn.gob.mx/red2/comunicados/noticia.asp?id=5983
(28/10/2019)