V. Gobierno y administración
No es posible identificar la forma como se constituye el gobierno en la sociedad, con la manera en que se configura en la universidad. Mientras que en aquella la autoridad se funda en el concepto de soberanía popular, en una universidad pública y autónoma la autoridad deriva de su legislación y de su naturaleza y fines esencialmente académicos. Entre 1933 y 1934, la Universidad tuvo un gobierno que degeneró en manipulación del sufragio; la manipulación privó sobre lo académico, y la anarquía y el asambleísmo dejaron a la Universidad a merced de diferentes grupos políticos. Así se impidió que la Institución cumpliera las funciones que son propias. Esta experiencia hizo evidente que la razón del gobierno universitario es el cumplimiento de los fines institucionales y el desarrollo de los proyectos académicos. Por consiguiente, es la naturaleza de la Universidad lo que condiciona la idoneidad de una u otra forma de gobierno. De aquí que no sea válido tomar decisiones en cuanto a cómo ha de gobernarse y organizarse la Institución, independientemente de dichos fines.
Tampoco es posible definir las formas de participación de la comunidad en el gobierno universitario, haciendo abstracción de las particularidades de esa comunidad dedicada al saber la cual es la Universidad, ni dejando de lado las diferencias que existen entre sus miembros desde el punto de vista del conocimiento y de las funciones que cumplen en la Institución: enseñar, aprender, investigar y difundir la cultura.
La participación de los universitarios en los órganos de autoridad, definidos en la Ley Orgánica, ha de servir para asegurar un mejoramiento permanente de la Institución; ha de ser una participación informada, responsable, crítica, fundada en el conocimiento y en la experiencia, es decir, la base de un gobierno en que priven los principios y procedimientos universitarios.
En la Ley Orgánica, en concordancia con los fines asignados a la Universidad, se define la estructura de su gobierno: Consejo Universitario, Rector, Junta de Gobierno, Patronato, Directores de Escuelas, Facultades e Institutos y Consejos Técnicos. Dichas autoridades son de dos tipos: colegiadas y unipersonales o individuales; para cumplir sus funciones, está previsto que ambas se auxilien de cuerpos colegiados, tales como consejos internos, consejos asesores, comisiones dictaminadoras, consejo de estudios de posgrado, etcétera.
Las autoridades universitarias, sean individuales o colegiadas, se rigen por un orden jurídico que establece un sistema de relaciones de interdependencia, el cual impide la hegemonía de alguna de ellas. Debe haber, pues en la Institución, un complejo tejido de autoridades y, por tanto, de responsabilidades, fundado en la diversidad y complementariedad de las funciones que desempeña.
En el Consejo Universitario está representada la comunidad: profesores, alumnos y trabajadores, y es deseable que pronto se le incorporen los investigadores. A él competen tareas esenciales para la vida de la Institución: expedir la legislación de la misma, sancionar los planes de estudios, aprobar nuevas carreras, crear dependencias de docencia y de investigación, aprobar el presupuesto, nombrar a los integrantes de la Junta de Gobierno, etcétera. A su vez, la Junta de Gobierno designa a las autoridades unipersonales: el propio Rector y los Directores de Facultades, Escuelas e Institutos.
De esta manera, la misma ley da sustento a la interrelación de las autoridades universitarias: una parte de ellas es designada por la Junta de Gobierno, y la otra es electa por la comunidad, como ocurre en el caso de los miembros de los Consejos Técnicos y de la mayoría de los del Consejo Universitario.
Así pues, la comunidad se encuentra presente en ese tejido de relaciones conformado por las autoridades:
En la designación de los miembros del Consejo Universitario que, a su vez, nombran a los integrantes de la Junta de Gobierno, en cuyas manos está la designación de las autoridades unipersonales. Asimismo, es preciso tomar en cuenta que para designar a las autoridades unipersonales o a los representes de la comunidad ante los órganos colegiados, no sólo se busca el cumplimiento de la ley sino el consenso, muchas veces manifestado en forma de sufragio.
Por otra parte, en términos generales, en el seno del Consejo Universitario hay un equilibrio entre los miembros designados por la Junta de Gobierno, como es el caso de los Directores de Escuelas, Facultades e Institutos, y los electos de manera directa por la comunidad: profesores, alumnos y trabajadores. Hay que insistir en que el número de los representantes electos por la comunidad es mayor. Asimismo, no podemos entender el gobierno universitario como si se tratara de una confrontación entre alumnos, profesores y autoridades. Estas últimas son o están integradas por académicos en funciones de director, y, por otra parte, los intereses de los alumnos y de los profesores son concordes.
Si partimos de la idea de las relaciones de interdependencia y de las funciones específicas que cumplen las autoridades, habrá que concluir que hay una distribución de responsabilidades y atribuciones, de modo que es errónea la concepción según la cual el Rector, el Consejo Universitario o la Junta de Gobierno tienen en su mano todas las decisiones de la Institución. De hecho, una multitud de asuntos esenciales para la definición y conducción de la vida académica es de la competencia de cuerpos cuyos integrantes han sido electos, como es el caso de los Consejo Técnicos. Son ellos los que examinan con minuciosidad los programas y planes de estudios, mientras que el Consejo Universitario lo hace en lo general; los que aprueban la contratación y promoción del personal académico; los que dictaminan respecto de si los integrantes de las ternas para designar directores se ajustan a lo dispuesto en nuestros ordenamientos jurídicos, etcétera.
Las autoridades deben ser designadas o electas, según lo prevé la legislación, conforme a procesos irreprochables desde el punto de vista de su limpieza, en los cuales participe no un pequeño grupo, sino la comunidad toda para que, por ello, en verdad, se sienta representada. Ahora, la elección de consejeros técnicos y universitarios es directa. En ambos tipos de consejo está la comunidad viva y actuante.
Así pues, es una preocupación compartida por toda la comunidad, que debe haber transparencia en la elección y designación de autoridades; pero además se desea que en cada caso existan razones objetivas que la sustenten y puedan ser exhibidas por haber partido de criterios claros y académicamente válidos. La vía del gobierno universitario es la de las autoridades representativas de la comunidad, o unipersonales con consenso, que actúan en el marco de la legislación y que en todo momento pueden dar razón de sus actos.
No hemos agotado el actual modelo de gobierno que, en la Ley Orgánica nos dio la nación, y que mejora los anteriores, como podemos comprobarlo al examinar, así sea brevemente, la historia de nuestra Universidad, la Institución ha venido perfeccionando la forma de autogobernarse. Un ejemplo de ello es la creación de la Defensoría de los Derechos Universitarios, cuya misión es garantizar a la comunidad la plena vigencia y justa aplicación del derecho.
En nuestra Universidad priva la democracia representativa fundada en la ley. Los universitarios, de acuerdo con las funciones que les corresponden en la Institución, eligen libremente y de manera directa a quienes habrán de representarlos en los cuerpos colegiados, la mayoría órganos de autoridad. Hemos de procurar que nuestros representantes en dichos órganos colegiados sean los alumnos más distinguidos o los académicos más destacados, según el caso, a fin de propiciar la superación de la Universidad. Esto dará a nuestros representantes y a los cuerpos colegiados, no sólo autoridad jurídica sino moral, y los dotará de plena legitimidad a los ojos de una comunidad constituida para el logro de objetivos académicos.
La administración de nuestra universidad se ha complicado y crecido en la medida en que se ha incrementado el número de alumnos, de personal académico, instalaciones y aun de espacios. Sin embargo, el incremento necesario en los servicios de apoyo requiere de cuidadosa evaluación y estudio de modo que sean cada vez más eficientes y acordes con las necesidades reales de la Institución. En los últimos años, la Universidad no ha crecido en la administración central con nuevas plazas administrativas, pero no puede decirse lo mismo de otras áreas. En todo caso, se ha de obedecer a un principio fundamental: la administración debe estar al servicio de la academia y no a la inversa. Como otro de los principios rectores de las actividades de apoyo, ha de insistirse en que éstas deben llevarse a cabo con la menor cantidad posible de recursos, particularmente en un país como el nuestro en donde, por razones históricas, la administración tiende a ser omnipotente y centralizadora.
La administración en nuestra Universidad ha de revestir esas dos tendencias: debe funcionar de suerte que su presencia no se advierta y ha de desconcentrar sus trabajos.
En ocasiones nos percatamos de la existencia del aparato administrativo, más por los problemas que genera que por los que resuelve. El propósito es que éste, ganando en eficiencia, no se convierta en un impedimento para llevar a cabo las labores sustantivas de la Universidad. Asimismo, y en este sentido, se ha dado pasos importantes; intentamos desconcentrar las tareas administrativas; de acuerdo con las necesidades de una Institución en que concurren decenas de miles de alumnos y académicos en múltiples campus. Es decir, se trata de agilizar la toma de decisiones y la tramitación de los documentos respectivos, eliminando instancias
innecesarias.
En atención a la eficiencia de la administración, la Universidad se ha preocupado por capacitar y preparar, de mejor manera, al personal encargado de realizar las distintas labores de apoyo, con concursos de primaria y secundaria, y con otros específicos, acordes a las tareas de ese personal. Sin embargo, no se han alcanzado en plenitud las metas propuestas; por esa razón es preciso seguir buscando vías por las cuales, sin menoscabo de los derechos laborales, la Institución pueda disponer del personal más calificado en cada uno de los puestos y en el menor tiempo posible, ya que los trámites para ocupar plazas vacantes son todavía muy engorrosos.
En la administración de la Universidad colaborar también, de manera importante, el personal académico que, temporalmente, ocupa puestos directivos. De esta suerte la Institución no se encuentra en manos de burócratas sino de académicos que participan, incluso durante el desempeño de sus tareas académico-administrativas, en labores de docencia e investigación. Esto podría ser visto por algunos como un defecto; pero dado que se trata de administrar la academia, se requieren, para hacerlo, personas con criterios académicos.
Uno de los problemas más delicados de la administración es el ejercicio del presupuesto que la Federación otorga a la Universidad y de los recursos que se allega por otras vías. La parte mayor de ese presupuesto proviene del pueblo, por mediación del Estado, de modo que las posibilidades económicas de la Institución se encuentran determinadas por el subsidio federal. A pesar de los incrementos recibidos, el presupuesto universitario es insuficiente para satisfacer cabalmente a nuestras necesidades. Si bien el 85% se emplea en la paga de salarios y prestaciones, éstos han sufrido un serio deterioro que es preciso remediar. A los gastos irreductibles tales como agua, luz, teléfonos, seguros, etcétera, se dedica el 7.5% del total del presupuesto. En este rubro cabe considerar las partidas dedicadas a la adquisición de libros y revistas técnicas y científicas, las cuales son supervisadas cuidadosamente por la administración central, de modo que se utilice sólo con el fin para el cual fueron creados. Para el gasto corriente de la Institución, resta un 7.5%. De esta suerte, la Universidad requiere de un mayor presupuesto, tomando en cuenta que los recursos económicos que tiene la educación como destino, constituyen una inversión. Necesita, asimismo, ampliar el porcentaje dedicado a nuevos proyectos.
Por ello además de las solicitudes ante el gobierno federal, se promueve ahora el incremento de recursos por la vía de los egresados, de donaciones y, particularmente, de fideicomisos, con el propósito de lograr mayor movilidad económica y fortalecer así el cumplimiento de las funcione esenciales de la Universidad.
El manejo cuidadoso del presupuesto y de los otros recursos que provienen, por ejemplo, de los fideicomisos, ha permitido la compra de equipo científico de fundamental importancia para las labores de investigación, y aun la construcción de algunos edificios. Asimismo, gracias a que la Institución ha incrementado su patrimonio, se han podido atender varios requerimientos ineludibles, básicamente relacionados con la investigación.
En el ejercicio de su presupuesto, la Institución ha sido escrupulosa. La Universidad da cuenta a la comunidad en general y a la universitaria en particular del empleo del subsidio y de sus recursos, y dispone en su interior de los procedimientos y controles que le permiten cuidar que cada dependencia ejerza su gasto también de manera justificada. La administración universitaria responde así del uso de los recursos, de
modo que también ella se inserta en ese tejido de responsabilidades que caracteriza a la Universidad.
Fuente:
Carpizo,
Jorge, “El ser y el deber ser de la Universidad Nacional Autónoma de México”,
en Los derechos humanos en la obra de Jorge Carpizo. México, Defensoría
de los Derechos Universitarios – UNAM, 2015, pp.153-196. Versión electrónica
disponible en: https://www.defensoria.unam.mx/publicaciones/DHCarpizo.pdf
(última consulta: 12/11/21).
[1] Carpizo, Jorge, El ser y el deber ser de la UNAM, México, UNAM, Serie Ensayo, no. 5, 1988, 40 p.