Por Ismael Eslava Pérez*
Ante la transición demográfica, es menester repensar la manera más efectiva de acercarse a la población adulta mayor, sobre todo considerando a quienes se encuentran en una situación de especial vulnerabilidad, para evitar que la edad avanzada, el aislamiento, la enfermedad o discapacidad sean barreras que impidan protegerlos de transgresiones a sus derechos humanos.
Las instancias de gobierno y del Estado tienen el enorme reto de impulsar la observancia, promoción, protección y defensa de los derechos humanos de las personas mayores. Es necesario buscar la asignación de los recursos materiales, económicos y humanos para la elaboración de estudios e informes que tengan por objeto el conocimiento de la situación de ese grupo poblacional en las entidades federativas, respecto al ejercicio de todos sus derechos humanos.
En la “Agenda 2030” la comunidad internacional ha fijado diversos Objetivos de Desarrollo Sostenible cuya finalidad es erradicar la pobreza y luchar contra la inseguridad y la injusticia. La mayoría de ellos involucra directamente a las personas mayores, toda vez que se busca garantizar una vida sana y promover el bienestar de las personas de todas las edades, eliminar la inequidad, las desigualdades y asegurar el acceso a servicios de salud y seguridad social.
El envejecimiento es un factor transversal que necesariamente debe ser tomado en cuenta al momento de concretar programas o planes nacionales y locales para su materialización. De ahí que se deba fortalecer el enfoque de la población adulta mayor como grupo prioritario y reformar el marco jurídico para dirigirlo al pleno ejercicio y garantía de sus derechos, con acciones como las siguientes:
Primera. La ratificación de la Convención Interamericana sobre los Derechos de las Personas Mayores (Convención) permitiría avanzar en el cumplimiento del mandato contenido en el artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos relativo a la obligación de promover, proteger y garantizar los derechos humanos de todas las personas, de acuerdo a los principios de universalidad, indivisibilidad, interdependencia y progresividad; este último referido a que el Estado debe realizar un reconocimiento cada vez más amplio de derechos a toda la población, sin oportunidad de restringirlos, eliminarlos o retroceder en su protección.
En la Convención se reconoce que la persona, a medida que envejece, debe seguir disfrutando de una vida plena, independiente y autónoma, con salud, seguridad, integración y participación activa en los ámbitos político, económico, social y cultural, de ahí la necesidad de abordar los asuntos de la vejez y el envejecimiento desde una perspectiva de derechos humanos, en la que se reconozcan las valiosas contribuciones actuales y potenciales de la persona mayor al bienestar común, la identidad cultural, la diversidad de sus comunidades y el desarrollo humano, social y económico.
La Convención representa un logro sustancial en materia de derechos de las personas de sesenta años y más, pues pretende que los Estados parte incorporen y den prioridad al tema del envejecimiento en las políticas públicas, con perspectiva de género y eliminando cualquier forma de discriminación, además de destinar los recursos humanos, materiales y financieros suficientes para una adecuada implementación y evaluación de las medidas especiales puestas en práctica.
La ratificación de dicho instrumento internacional debe convertirse en una prioridad en la agenda pública, sobre todo cuando estamos a diez años de haber iniciado la transformación en el sistema jurídico del marco legal e institucional, que iniciara en junio de 2011 con la reforma constitucional en materia de derechos humanos.
Segunda. La armonización de las leyes, reglamentos, lineamientos y normas administrativas a partir de la perspectiva de derechos, enfoque de género, reconocimiento del derecho al trato preferente, y el principio de no discriminación.
Se requiere la inclusión de la perspectiva de género, pues es insoslayable contemplar la situación particular de las mujeres en la toma de decisiones de política pública, participación, salud y el resto de los ámbitos de su desarrollo personal.
Tercera. Garantizar de forma amplia, el acceso a la justicia de la población adulta mayor.
Es menester emprender acciones para que la reforma al sistema de justicia penal incluya entre sus efectos positivos una actuación comprometida con el respeto a los derechos humanos de ese colectivo social, que comience por asumir los beneficios de efectuar la recopilación y sistematización adecuada de los asuntos de su competencia en los que se vean involucradas personas mayores, para determinar adecuadamente la incidencia real de delitos que se comenten en su contra, sus características particulares, las de los (as) denunciantes y los(as) probables responsables, y los datos que aporten indicios sobre las áreas en las que se requiere la actuación diligente de las autoridades en la prevención e investigación de los delitos que se cometen en su contra, así como en la reparación del daño.
Cuarta. Adecuar los procesos de atención a esa población, pero sobre todo capacitar al personal de las procuradurías de justicia y fiscalías estatales en materia de derechos humanos, formarlos en intervenciones con la población adulta mayor, y sensibilizarlos sobre el trato preferencial que debe otorgárseles, conminándolos a no postergar la recepción de denuncias por probables delitos, y evitar prejuzgar sobre las circunstancias en que se presentaron los hechos.
Quinta. Impulsar una amplia formación de recursos humanos especializados en servicios dirigidos a ese grupo poblacional en sectores tan importantes como el de salubridad y educación, para garantizar el acceso en condiciones de igualdad al ejercicio de sus derechos, así como el trato sensible y diferenciado que se requiere.
Sexta. Desarrollar programas de capacitación, sensibilización y mejores prácticas para personas servidoras públicas, personal médico, cuidadores e integrantes de las familias, a fin de provocar un cambio cultural hacía la revalorización de las personas mayores como agentes activos en la sociedad; reivindicar su carácter de sujetos de derechos, con capacidad plena para ejercerlos y exigirlos libremente; eliminar las concepciones sociales negativas acerca de esa etapa de la vida generando conciencia sobre el propio envejecimiento y la necesidad de adoptar medidas preventivas, tanto económicas como del cuidado de la salud y la integridad para arribar a una vejez activa, entre otras acciones.
Séptima. Generar información desagregada de las personas mayores como población objetivo de la política pública estatal; ahondar en la construcción y análisis de indicadores prospectivos, a partir del ciclo de vida para conocer las condiciones de salud, seguridad, integridad, económicas y sociales desfavorables, las edades y sectores poblacionales de mayor incidencia, a efecto de adoptar medidas de prevención oportuna y garantizar una calidad de vida adecuada en esa etapa.
Octava. Considerar que el grupo adultos mayores no es un conjunto homogéneo, y por tanto, se deben conocer los múltiples subgrupos determinados por características comunes, por ejemplo, personas adultas mayores en pobreza, en situación de calle, carentes de familia, que sufren de violencia, con discapacidad, mujeres, indígenas, por mencionar algunos, para que la falta de focalización en la atención de las necesidades individuales no sea un obstáculo para que las políticas implementadas alcancen sus objetivos.
Novena. En materia de interculturalidades de vital importancia fomentaruna cultura de convivencia intergeneracional que implica la transferencia de conocimientos y experiencias de poblaciones mayores con poblaciones jóvenes, a fin de que estos últimos puedan conocer las realidades de las personas adultas mayores, se preparen para su adultez mayor, y a la vez se fortalezca la solidaridad entre las generaciones.
Décima. Establecer registros de los usuarios(as) de los servicios que se brindan, que incluyan datos que permitan conocer sus características personales, para determinar en qué medida las acciones que pretenden emprenderse son viables presupuestal, geográfica y técnicamente. Por ejemplo, obtener información sobre la violencia contra la población mayor para conocer la recurrencia de agresiones hacía ellos(as), variables como el género, la discapacidad u otras, que pudieran incidir en su frecuencia y/o gravedad; las causas por las que la población de edad avanzada ingresa a los centros de asistencia social públicos y privados, y los casos de abandono por parte de sus familias.
Décima primera. Actualmente la carencia de información repercute directamente en la forma en que el Estado aborda la política pública para ese segmento poblacional y, por tanto, en su mayor o menor éxito y efectividad. Por ello, es necesario aspirar a que los resultados de las acciones, planes y programas sean evaluables en función de indicadores cuantitativos y cualitativos que permitan la articulación entre las autoridades ejecutoras de los tres órdenes de gobierno para el desarrollo de estrategias en materia de preparación para la vejez, así como de promoción de la solidaridad intergeneracional.
Décimo segunda. Incorporar en el diseño, implementación y evaluación de políticas públicas en la materia, mecanismos para identificar a los distintos sectores que conforman el grupo poblacional de personas mayores para proporcionar atención prioritaria a quienes se encuentran en mayor riesgo de vulnerabilidad. Por ejemplo, las personas en contextos de movilidad o de desplazamiento forzado, factores que deben ser determinantes en la evolución de los patrones de envejecimiento regionales y que, dado el contexto internacional actual, es imperante incluir en la planeación del desarrollo nacional.
Décima tercera. Elaborar estrategias para ampliar la cobertura de los distintos servicios de salud, educación, oportunidades de empleo, espacios recreativos y culturales, las cuales consideren la tendencia del envejecimiento de la población mexicana y los requerimientos de infraestructura, investigación, insumos, recursos humanos y administrativos.
La articulación de programas y actividades facilitará que los presupuestos asignados a ese núcleo de población se optimicen; que se incentive el trabajo formal que permita realizar aportaciones al sistema de pensiones contributivas.
Ha evidenciado la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico que el bajo nivel de cuotas está asociado directamente a la prevalencia del sector laboral informal, lo que dificulta el acceso de las personas a una vida digna, al llegar a la adultez.
El compromiso debe ser de todas y todos, las instancias de gobierno y del Estado, la academia y la sociedad en general deben ser aliadas en el trabajo que se realice para la protección efectiva de los derechos humanos, así como en la generación de acciones que favorezcan la participación de las personas mayores en las cuestiones que les afecten, por lo que espero que estas reflexiones y propuestas permitan contribuir a las adecuaciones normativas y de política pública integral para transformar las condiciones de vida de las personas mayores, de forma que el bono demográfico pueda favorecer el desarrollo de las comunidades y no represente un obstáculo para el bienestar presente y futuro de las generaciones adultas.
*Secretario Académico del Programa Universitario de Derechos Humanos de la UNAM.