El ombudsman nacional, al presentar
su informe anual, instó a formar un frente común contra racismo, discriminación, exclusión, xenofobia y atentados
a la dignidad humana ante cambios inminentes de políticas en EE.UU.

Ciudad de México, a 25 de enero de 2017
Comunicado DGC/033/17

(Resumen)

Al presentar ante la Comisión Permanente del Congreso de la Unión el Informe de Actividades 2016 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, el Ombudsman nacional, Luis Raúl González Pérez, enfatizó que ante los inminentes cambios en las políticas migratoria, económica y social de los Estados Unidos de América se requiere, con sustento en el marco jurídico internacional, formar un frente común para denunciar y oponerse a toda expresión de discriminación, exclusión, racismo, xenofobia o que atente contra la dignidad de las personas, antes de que la irracionalidad se enquiste y genere imitadores.

            Señaló que las personas defensoras de derechos humanos, los organismos nacionales y las instancias internacionales deben evidenciar la ilegitimidad de dichas conductas, mediante su condena y la construcción de espacios de defensa. “No permitir que la indiferencia haga que asumamos, como parte de nuestra normalidad, un discurso que promueve el menoscabo a los derechos de las personas y deje de lado la dignidad humana”, aseguró. Sigue leyendo

Comisión Nacional de los Derechos Humanos

Comisión Nacional de los Derechos Humanos

Diagnóstico de la violencia
contra las mujeres
a partir de las leyes federal
y de las entidades federativas
de acceso de las mujeres
a una vida libre de violencia

Ciudad de México, a 12 de diciembre de 2016
Comunicado DGC/318/16

 La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) reconoce los importantes avances normativos relacionados con la erradicación de la violencia en contra de las mujeres, no obstante considera que aún queda trabajo legislativo por realizar, derivado de las modalidades emergentes de violencia que no se encuentran previstas en la mayoría de las leyes de acceso, incluida la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV).

            En su Diagnóstico de la violencia contra las mujeres a partir de las leyes federales y de las entidades federativas, la CNDH confirma que no existe homogeneidad sobre los términos que se emplean para referirse a las circunstancias y ámbitos de desarrollo personal de la mujer que se ven afectados por la violencia. Por ello, la CNDH sugiere homologarlos para distinguir con claridad los ámbitos, tipos y modalidades. Sigue leyendo

Estudio sobre los principales resultados
de la Encuesta de Igualdad
y No Discriminación por Razón de Género, 2015

Ciudad de México, a 12 de diciembre de 2016
Comunicado DGC/320/16

 En el marco de las atribuciones de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, se elaboró el documento denominado Principales resultados sobre la encuesta de igualdad y no discriminación por razón de género, que busca recuperar elementos de análisis en torno a la percepción y conocimiento sobre la igualdad entre mujeres y hombres y la discriminación por razones de género en distintos ámbitos de la vida del 2007 al 2015.

            En este estudio se abordan nociones en torno a la igualdad entre mujeres y hombres, principio que alude a una dimensión legal, tanto a nivel internacional como a nivel nacional. No obstante, la igualdad se entrecruza a su vez con el conjunto de prácticas, conocimiento y opiniones que permean las interacciones sociales y configuran un mapa de problemáticas que debe ser explorado y comprendido para trazar rutas de acción a favor de la difusión y promoción de los Derechos Humanos y la igualdad entre mujeres y hombres. Sigue leyendo

Pronunciamiento ante posibles cambios
en las políticas migratorias
de Estados Unidos

Ciudad de México, a 16 de noviembre de 2016
Comunicado DGC/291/16

Ante las distintas opiniones que se han expresado sobre la posibilidad de que se presenten cambios en las políticas migratorias de los Estados Unidos de América, que afecten a las mexicanas y mexicanos que radican en ese país, el Consejo Consultivo de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, emite el siguiente:

P R O N U N C I A M I E N T O

Con base en la Declaración de Nueva York para los Refugiados y los Migrantes, dada por resolución de la Asamblea General de Naciones Unidas, de 19 de septiembre de 2016, la política migratoria implica una “responsabilidad compartida” de gestionar desplazamientos de refugiados y migrantes de manera humana, respetuosa y centrada en las personas, vía por la cual es necesario generar un marco común para la actividad migratoria, que reconoce y busca proteger los derechos humanos de los migrantes, a la vez que propiciar una gestión eficaz y multidimensional del fenómeno migratorio. Sigue leyendo

Informe especial sobre las condiciones
de hijas e hijos de las mujeres
privadas de la libertad
en los centros de reclusión

Ciudad de México, a 25 de noviembre de 2016
Comunicado DGC/300/16

En el marco de la celebración del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer —25 de noviembre—, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió el Informe Especial sobre las Condiciones de Hijas e Hijos de las Mujeres Privadas de la Libertad en los Centros de Reclusión de la República Mexicana, en el que hace patente su preocupación por las condiciones y el trato que se les brinda, y llama a los tres órdenes de gobierno con el fin de que se realicen acciones afirmativas efectivas que garanticen el respeto a los derechos humanos de estas personas.

            En los resultados de los Diagnósticos Nacionales de Supervisión Penitenciaria se ha señalado la carencia de condiciones óptimas para la atención de estas niñas y niños, por lo que es necesario atender en forma integral los derechos humanos de las mujeres en reclusión y de manera especial los de sus hijas e hijos que viven con ellas. Sigue leyendo

Saluda CNDH recomendaciones del Alto Comisionado al estado mexicano; destaca coincidencia con ellas y llama
al gobierno a darles total y debido
cumplimiento, por ser perfectamente
atendibles

Ciudad de México, a 22 de octubre de 2016

Comunicado DGC/272/16

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos saluda que el Sr. Zeid Ra’ad Al Hussein, Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, haya entregado al Gobierno mexicano durante un acto efectuado en la sede de Naciones Unidas en la ciudad de Nueva York, las14 recomendaciones resultado de su visita oficial a nuestro país en octubre de 2015. Sigue leyendo

Se solicita al gobierno federal
más medidas cautelares ante
el gran flujo de refugiados
a Tijuana y Mexicali procedentes
de África y Haití

Ciudad de México, a 08 de octubre de 2016

Comunicado DGC/256/16

       La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) solicitó a las Secretarías de Desarrollo Social (SEDESOL), Gobernación (SEGOB), y de Relaciones Exteriores (SRE) la implementación de medidas cautelares, adicionales a las demandadas a otras instancias el pasado 15 de septiembre, ante el incremento del flujo migratorio de personas provenientes del continente africano y de Haití que tienen como destino los Estados Unidos de América, el cual ha rebasado la capacidad de albergues y recintos que ofrecen ayuda humanitaria en las ciudades de Tijuana y Mexicali, Baja California.

       Las medidas cautelares fueron emitidas por la CNDH a SEDESOL el pasado martes 4 de octubre; y a SEGOB y SRE el miércoles 5 del presente mes.

       Tal situación de excepción resulta preocupante para la CNDH, debido a que algunos extranjeros, que se internan a nuestro país por la frontera sur y llegan a las mencionadas ciudades, se encuentran en situación de calle y no pueden cubrir sus necesidades básicas, especialmente niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas y personas de la tercera edad, en tanto esperan ser atendidos por las autoridades norteamericanas, quienes reciben en promedio a 60 personas al día, cuando diariamente llegan a Tijuana y Mexicali entre 280 y 300 personas, y en ocasiones el número es mayor. Sigue leyendo

La CNDH condena enérgicamente
los hechos sucedidos
el 17 de septiembre, cuando
profesores de la Sección 22 de la CNTE
exigieron a una periodista gráfica
embarazada que borrara
unas fotografías que había tomado

Ciudad de México, a 18 de septiembre de 2016
Comunicado DGC/234/16

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) tuvo conocimiento de los hechos registrados el día de ayer en la ciudad de Oaxaca, cuando un grupo de profesores de la Sección 22 de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE) intimidaron a una periodista que está embarazada y le exigieron que borrara las fotografías de su cámara. Sigue leyendo

Cifras actualizadas sobre
la trata de personas en México

Ciudad de México, a 23 de septiembre de 2016
Comunicado DGC/240/16

  • En el marco del Día Internacional contra la Explotación Sexual y el Tráfico de Mujeres y Niños, la CNDH alerta: 93% de las víctimas de trata de personas son mujeres y 26% son personas menores de edad, sin embargo, en los casos iniciados por SEIDO la mayoría reportada son hombres y personas menores de edad.
  • En materia de procuración de justicia 6 entidades federativas han iniciado 76% de las averiguaciones previas del ámbito local.
  • Se tiene registro de víctimas nacionales originarias de todas las entidades federativas.

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Recomendación a la Sedena
por la ejecución arbitraria
de seis personas en Tecpan
de Galeana, Guerrero, entre ellas
dos menores de edad

Ciudad de México, a 26 de septiembre de 2016
Comunicado DGC/243/16

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 42/2016, dirigida al titular de la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), Salvador Cienfuegos Zepeda, por cateo ilegal, detención arbitraria y ejecución arbitraria en agravio de seis personas, dos de ellas menores de edad, atribuibles a la actuación de elementos del Ejército Mexicano, en San Luis de La Loma, municipio de Técpan de Galeana, Guerrero.

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Pronunciamiento sobre el perfil 
del personal penitenciario 
en la República Mexicana

Comunicado CGCP/214/16

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió el Pronunciamiento sobre el Perfil del Personal Penitenciario en la República Mexicana, mediante el cual se reconoce la importancia de establecer y homologar el perfil civil y profesional de quienes laboran en los establecimientos penitenciarios y de quienes se incorporarán a esa tarea, donde sus funciones constituyen un servicio social de gran importancia y deben coadyuvar a una vida digna de las personas que se encuentran privadas de la libertad.

En este sentido, el Sistema Penitenciario debe privilegiar acciones encaminadas a la reinserción social efectiva de los internos, para que éstos no vuelvan a delinquir, mediante la atención necesaria, sin abandonar un sistema de disciplina y una delimitación específica de las funciones de las autoridades, diferenciándose de los esquemas policial o militar que prioritariamente tienden a la contención de la amenaza y no a los supuestos establecidos en el artículo 18 constitucional.

La CNDH desarrolla acciones dirigidas a garantizar los derechos humanos de las personas, conforme a sus atribuciones, sin que ello signifique que se opone a las actuaciones que el Estado realiza en materia de ejecución de las penas de prisión, pero sí de aquéllas que se ejecutan en contravención del sistema jurídico nacional y de los instrumentos internacionales de los que México es Estado parte. Sigue leyendo

Recibe CNDH queja de la COPARMEX contra las movilizaciones magisteriales que violan los derechos de algunas poblaciones

Ciudad de México, a 15 de julio de 2016

 Comunicado CGCP/200/16

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) recibió hoy la queja interpuesta por integrantes de la Confederación Patronal de la República Mexicana (COPARMEX), encabezados por su Presidente, Gustavo de Hoyos Walther, relacionada con la probable violación a los derechos fundamentales de la población, derivada del conflicto magisterial.

      En ella señalan que las movilizaciones magisteriales en Oaxaca, Guerrero, Chiapas y la Ciudad de México, principalmente, han ocasionado afectaciones económicas graves y se traducen en un problema cada vez mayor para la vida cotidiana de las personas y la actividad empresarial.

      En atención a una solicitud de cita, el Presidente de la CNDH, Luis Raúl González Pérez, recibió al Presidente de la COPARMEX, acompañado por Jorge Ulises Carmona Tinoco, Sexto Visitador General, y Joaquín Narro Lobo, Secretario Técnico del Consejo Consultivo.

      Acompañaron al Presidente de la COPARMEX, entre otros, Francisco López Díaz, Director General; Adrián Alarcón Ríos, presidente del Centro Empresarial de Chilpancingo; Enoch Gutiérrez Cruz, Presidente del Centro Patronal de Chiapas, y Benjamín Hernández Gutiérrez, Presidente del Centro Empresarial de Oaxaca.

      La Comisión Nacional de los Derechos Humanos analizará con objetividad e imparcialidad el escrito de queja y, en su momento, determinará lo que en derecho proceda.

Fuente (27/07/2016):

http://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/Comunicados/2016/Com_2016_200.pdf

La CNDH lamenta los hechos violentos del 19 de junio en Nochixtlán, Oaxaca,
e invita al diálogo para resolver
el conflicto subyacente

Ciudad de México, a 22 de junio de 2016

Comunicado CGCP/177/16

La salvaguarda de la vida, la integridad y la seguridad de toda persona, así como el respeto, en el marco de la ley, al goce y ejercicio de sus demás derechos humanos, entre los que se encuentran los relativos a la libertad de expresión, a la protesta social pacífica y a la libre circulación, se configuran como la más alta prioridad del ser y quehacer de las autoridades de los tres niveles de gobierno, así como una responsabilidad compartida de todos los miembros de la sociedad.

El ejercicio de las atribuciones que corresponden a las autoridades para garantizar la seguridad y las condiciones de convivencia armónica y respetuosa entre las personas, debe hacerse en el marco de la ley y con estricto respeto a los derechos humanos, privilegiando el diálogo y la construcción de acuerdos como forma de resolver los diferendos. El uso de la fuerza por parte de las fuerzas de seguridad debe ser excepcional, reservándose únicamente para casos plenamente justificados, en los que se han agotado o resultan inviables cualquier otra forma de disuasión o contención, y con sujeción a los protocolos que rigen su actuación conforme a estándares internacionales.

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La CNDH hace un llamado
a que se permita el libre tránsito
de personas, vehículos y mercancías
en el estado de Oaxaca, en beneficio
de la calidad y condiciones de vida
de la sociedad oaxaqueña

Ciudad de México, a 28 de junio de 2016

 Comunicado CGCP/184/16

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos exhorta a las organizaciones de la sociedad civil, a los núcleos de dirección de éstas, así como a los activistas y demás personas que participan en las movilizaciones sociales en el estado de Oaxaca, a que permitan el libre tránsito de personas, vehículos y mercancías por las distintas vialidades de esa entidad federativa, a efecto de prevenir que la falta de abasto de alimentos y otros bienes, perjudique la calidad y condiciones de vida de las y los oaxaqueños, en particular de los sectores menos favorecidos de la sociedad.

El legítimo ejercicio de los derechos de libertad de expresión y a la protesta pacífica, no puede realizarse afectando derechos de terceros, como serían los relativos al tránsito y a la movilidad, ni buscar supeditar el que la sociedad oaxaqueña pueda gozar de sus condiciones normales de subsistencia y convivencia, al cumplimiento de una agenda política o a la satisfacción de intereses particulares. El punto de partida para la exigencia de cualquier derecho es el respeto a los derechos de los demás, así como el cumplimiento y observancia de la ley.

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Reprueba CNDH los ataques
del gobernador de Nuevo León
contra la dignidad de las personas, 
especialmente los menores de edad

Ciudad de México, a 15 de junio de 2016

 Comunicado CGCP/165/16

 

En relación con los recientes comentarios hechos por el gobernador de Nuevo León, Jaime Rodríguez Calderón, esta Comisión Nacional de los Derechos Humanos convoca a que autoridades y servidores públicos se abstengan de realizar declaraciones que estigmaticen a las personas cuya dignidad debe ser respetada.

Con respeto total a la libertad de expresión de todas las personas, este Organismo Nacional no comparte la idea de etiquetar a ningún individuo, menos aun cuando se trata de menores de edad, quienes conforman un grupo en situación de vulnerabilidad y en cuyo caso debe imperar el interés superior de la niñez.

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Informe Especial sobre Desplazamiento
Forzado Interno. Es preciso
el reconocimiento oficial del fenómeno
y la atención a las víctimas
bajo un perfil humanitario

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) presentó hoy el Informe Especial sobre Desplazamiento Forzado Interno en México (DFI), fenómeno no reconocido oficialmente que está directa e indirectamente vinculado a distintas violaciones a los derechos humanos, el cual comenzó a ser notificado en días pasados.

      Mediante este Informe Especial –resultado de un trabajo de muestreo basado en cuestionarios y visitas a las 32 entidades federativas—, el Organismo Nacional busca exponer y visibilizar dicho flagelo, provocar la acción estatal en favor de la prevención y establecer esquemas de atención a las víctimas bajo un perfil humanitario, con acciones efectivas y soluciones duraderas, para el retorno de las personas desplazadas a su lugar de origen o su reasentamiento. Sigue leyendo

Ante la liberación de tres imputados
en el Caso Tlatlaya, la PGR debe
aportar nuevas pruebas para que el caso
no quede impune

Ciudad de México, a 16 de mayo de 2016

Comunicado CGCP/134/16

A propósito de las últimas informaciones aparecidas en medios respecto de la liberación de los tres imputados relacionados con el “Caso Tlatlaya”, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, precisa lo siguiente:

      La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) con fecha 21 de octubre de 2014 emitió la recomendación 51/2014 en la que determinó, con base en los testimonios, dictámenes periciales y demás elementos de convicción que obran integrados en el expediente respectivo, la existencia de violaciones a los Derechos Humanos con motivo de los lamentables hechos ocurridos en la madrugada del día 30 de junio de 2014, en la comunidad de San Pedro Limón, en el Municipio de Tlatlaya, Estado de México, mismas que en opinión de este Organismo Nacional se consideraron como graves en atención a sus características y circunstancias bajo las cuales se verificaron. Sigue leyendo

La CNDH promoverá acción
de inconstitucionalidad contra la Ley
que Regula el Uso de la Fuerza Pública en el Estado de México

 Ciudad de México, a 18 de abril de 2016

 Comunicado CGCP/107/16

El día de hoy, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) promoverá ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación una Acción de Inconstitucionalidad, en contra de diversos artículos de la Ley que Regula el Uso de la Fuerza Pública en el Estado de México, publicada el 18 de marzo de 2016, en el Periódico Oficial del Estado de México.

La CNDH reconoce y apoya la necesidad de regular el uso de la fuerza pública por parte del Estado. El uso de la fuerza, si bien es cierto, sirve para garantizar la sana convivencia y respeto entre las personas, también lo es, que debe garantizar la protección más amplia del ejercicio de los derechos humanos de todos. Sigue leyendo

Diagnóstico Nacional de Supervisión
Penitenciaria 2015: urge revisar
y replantear el sistema penitenciario
en México bajo la perspectiva
de derechos humanos

Al presentar a la opinión pública el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria 2015, el Ombudsman nacional, Luis Raúl González Pérez, subrayó la necesidad de revisar y replantear el sistema penitenciario en México, bajo un parámetro de derechos humanos.

“Día con día –dijo— se violentan los derechos fundamentales de un gran número de mexicanas y mexicanos privados de su libertad. Debemos eliminar la falsa percepción que existe en algunas personas, en el sentido de que el respeto y vigencia de los derechos humanos es antagónico a la ejecución y cumplimiento de una pena privativa de libertad. Las y los internos están privados de su libertad, pero no de su dignidad como personas”.

Destacó que lo ocurrido en Centro Federal de Readaptación Social No. 1 “El Altiplano” y en el Centro de Prevención y Readaptación Social de Topo Chico evidenciaron las vulnerabilidades y fallas del sistema penitenciario. No debe esperarse a que haya hechos graves en un centro penitenciario para voltear a ver los problemas existentes e implementar acciones de carácter paliativo, ni tener actitud reactiva para atender un problema solo cuando tiene repercusión social. Sigue leyendo

CNDH
Informe anual de actividades 2015
(Resumen)

México, D. F., a 27 de enero de 2016
Comunicado de Prensa CGCP/026/16

  • Luis Raúl González Pérez presentó el Informe Anual de Actividades 2015 ante la Comisión Permanente del Congreso de la Unión
  • Es necesario que tomemos en serio los derechos humanos, que son el sustento básico para los cambios que demanda el país
  • 2016 debe ser el año de la implementación efectiva de la reforma Constitucional de 2011
  • En 2015 se incrementó en 12% el número de expedientes iniciados por la CNDH y se concluyeron 25.5% más que en 2014

      Al presentar el Informe Anual de Actividades 2015 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) ante la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, el Ombudsman nacional, Luis Raúl González Pérez, afirmó que los problemas que enfrentamos en el ámbito de los derechos humanos no podemos asumirlos como parte de una “normalidad” sustentada en la ilegalidad, la injusticia, la violencia y la corrupción.

      “Es necesario –enfatizó— que tomemos en serio los derechos humanos, que comprendamos que los mismos son el elemento básico para sustentar los cambios que como país demandamos, para lograr un México más justo e incluyente, con un verdadero Estado de Derechos y una institucionalidad fuerte, en donde la corrupción y la impunidad no tienen cabida y todas las personas cuentan con un entorno que les proporciona las condiciones necesarias para su desarrollo pleno”.

      Tras señalar que si 2011 fue el año en que se aprobó la histórica reforma Constitucional en materia de derechos humanos, 2016 debe ser el año de la implementación efectiva de la misma por todos los poderes y autoridades de los distintos órdenes de gobierno, de la mano con la sociedad en su conjunto, precisó que el compromiso que las distintas instancias del Estado mexicano han expresado en materia de derechos humanos, debe verse reflejado en acciones concretas, que dejen en claro que realmente se ha asumido como una prioridad.

      “Son asignaturas pendientes, entre otras –explicó—, la emisión de las leyes generales en materia de tortura y desaparición forzada; las leyes reglamentarias de los artículos 29 y 33 Constitucionales; la armonización normativa para que el matrimonio igualitario sea una realidad en todo el país, así como para que los organismos de derechos humanos sean efectivamente autónomos y gocen de los recursos y capacidades necesarias para el desempeño de sus funciones”.

      El Ombudsman nacional puntualizó que si el Caso Iguala nos indigna y moviliza ante la barbarie generada por la colusión entre algunas autoridades y el crimen organizado, lo ocurrido en Tierra Blanca hace cuestionarnos sobre nuestra capacidad para aprender del pasado y si efectivamente queremos y podemos superar nuestras deficiencias y omisiones. “Es urgente –dijo— replantear las políticas públicas en esta materia y revisar el marco normativo aplicable, para que estas conductas puedan ser prevenidas o, en su caso, denunciadas, investigadas y sancionadas debidamente”.

      Señaló que casos como los de Chalchihuapan, Tlatlaya, Iguala, Apatzingan o Tanhuato, han modificado la percepción general e histórica de los derechos humanos en nuestro país, poniendo a prueba a las Instituciones, incluida a la CNDH, la cual ha atendido todos estos casos desde sus primeros momentos y lo continúa haciendo. Precisó que son casos complejos cuya esclarecimiento exige trascender el nivel de la mera denuncia, para llegar a resoluciones claras, objetivas e integrales que estén sustentadas en elementos concretos que se desprendan de una investigación científica e integral de los hechos.

      En relación con el caso Iguala, puntualizó que para la CNDH el “Caso Iguala” es un expediente abierto, cuya investigación realiza en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y en la cual, es preciso que en sus aspectos técnicos más complejos y controvertidos, sea la ciencia la que guíe la investigación sobre la desaparición de los estudiantes normalistas.

      Al hacer un diagnóstico de la situación de los derechos humanos en el país, dijo que a casi 100 años de promulgado nuestro texto Constitucional y poco más de 4 años de que se realizó la reforma de 2011 en la materia, es inaceptable que los derechos humanos aún sean para muchas personas una mera construcción doctrinal o teórica que no encuentra un reflejo objetivo en su vida diaria y que también la estabilidad y vigencia de nuestras instituciones se cuestione y ponga en riesgo por la existencia de violaciones graves a derechos humanos, las cuales hablan de un entramado de impunidad, corrupción y de falta de aplicación de las normas, frente al cual no hemos tenido la capacidad de actuar con la pertinencia y oportunidad que serían necesarias.

      En materia de quejas, las autoridades que fueron señaladas con mayor recurrencia como presuntamente responsables de una violación a derechos humanos en los escritos de queja fueron: el IMSS, en 2,185 casos; el Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social de la Secretaría de Gobernación 1,308; la Policía Federal 783; la PGR 761; el ISSSTE 705; el Instituto Nacional de Migración 688; la SEDENA 620; la SEP 548; la SEMAR 373; y la CFE 316.

      Las entidades federativas en las que se reportó con mayor frecuencia la comisión de algún hecho presuntamente violatorio a derechos humanos, fueron el Distrito Federal, en 2,350 casos; Estado de México 791; Tamaulipas 613; Veracruz 468; Sonora 442; Chiapas 405; Jalisco 354; Oaxaca 349; Nayarit 302; y Michoacán 299.

      Las presuntas violaciones a derechos humanos que se denunciaron con mayor frecuencia durante el 2015, fueron prestación indebida del servicio público, en 3152 casos; faltar a la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficacia en el desempeño de las funciones, 1871; omitir proporcionar atención médica 1697; detención arbitraria 879; trato cruel, inhumano o degradante 663; acciones u omisiones que trasgreden los derechos de los migrantes 602; negligencia médica 490; omitir fundar el acto de autoridad 481; omitir motivar el acto de autoridad 452; y prestar indebidamente el servicio de educación 431.

      González Pérez señaló que los derechos humanos violentados, así como las materias sobre las cuales versaron las recomendaciones fueron diversas, desde casos de ejecución extrajudicial, desaparición forzada, tortura, uso excesivo de la fuerza, violencia obstétrica, indebida prestación de servicios médicos, detenciones ilegales, ataques a la libertad de expresión y afectaciones a los derechos de las personas en contexto de migración, hasta el derecho a la consulta libre e informada de los pueblos indígenas, el daño o menoscabo al patrimonio cultural de la Nación, cuestiones vinculadas al medio ambiente, así como al nivel de vida y desarrollo de las personas.

      Puntualizó que hay temas que demandan acciones urgentes y respecto de los cuales aún no hemos dado la respuesta que los hechos nos reclaman, tales como la desaparición forzada y la tortura. Destacó que, que en el ámbito de la CNDH, durante 2015 se registraron 327 expedientes en los que se reportó la desaparición de 423 personas. De este conjunto, en 11 casos se advirtieron elementos suficientes para tramitarse como expedientes en los que existiría una presunta desaparición forzada de personas. En cuanto a los lugares en que se señaló la desaparición de personas, Guerrero fue el estado del cual se recibió el mayor número de reportes, seguido de Coahuila, Tamaulipas y Veracruz.

      En cuanto al propio informe de actividades, señaló que con el ánimo de abonar a la sustentabilidad, la economía de recursos y la transparencia, por vez primera se privilegió el formato electrónico, habiéndose impreso únicamente un resumen ejecutivo, al cual se acompaña una memoria USB con la información relativa la actividad institucional, en una plataforma que, con el auxilio de herramientas interactivas, permitirá una consulta más ágil, integral y personalizada del trabajo de la CNDH en el periodo que se reporta.

Fuente: http://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/Comunicados/2016/Com_2016_026.pdf
(27/01/2016)

Diagnóstico Nacional
de Supervisión Penitenciaria
2014

México, D. F., a 9 de septiembre de 2015
Comunicado CGCP/267/15

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos supervisa el respeto a los derechos humanos de las personas privadas de su libertad, a través del Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria (DNSP), el cual es ya un indicador importante de referencia obligada como consulta, tanto para autoridades como para académicos e interesados en el tema.

A continuación se presentan algunos de sus indicadores:

El DNSP 2014 se hizo sobre una muestra de los 130 centros estatales penitenciarios más poblados del país, incluyendo varoniles, mixtos y femeniles, en las 32 entidades federativas, cuya población al momento de aplicarse era de 195,329 internos; también, se visitaron 20 centros federales, entre los cuales se encuentran los 5 que conforman el Complejo Penitenciario Islas Marías y el Centro Federal de Rehabilitación Psicosocial.

El estudio abarcó el 90.06% del total de la población penitenciaria nacional, lo que significó un incremento de 2.44% respecto del porcentaje considerado en el DNSP 2013; que fue de 87.62%; de 79.93% en el de 2012, y de 75.10% en 2011.

Para la aplicación del DNSP 2014 se llevaron a cabo mejoras en relación a las cédulas utilizadas para la obtención de información, planteándose para el próximo año realizar cambios para agilizar los direccionamientos de manera cualitativa, permitiendo identificar, tanto logros, como deficiencias.

Los resultados del DNSP 2014, integrado tanto por la información obtenida en las visitas realizadas en ese año, como por el análisis que llevó a cabo el personal en funciones del 1 de enero al 31 de diciembre de 2014, así como con las entrevistas a los funcionarios de los centros penitenciarios, arrojaron diversas situaciones, entre las que destacan:

En la mayoría de los centros visitados se detectó una gran insuficiencia de actividades laborales, de capacitación para el trabajo, educativas, deportivas, sobrepoblación y hacinamiento; deficiencias en la clasificación entre procesados y sentenciados e insuficiencia de programas para la prevención de adicciones y de desintoxicación voluntaria.

En la imposición de sanciones se observó que en 85 de los centros visitados no se respeta el derecho de audiencia, no siempre se realiza certificación de integridad física y durante el cumplimiento de la sanción, ésta no se apega a condiciones de vida digna.

En 100 centros visitados, se detectaron carencias respecto a las áreas que deben conformar las instalaciones, a fin de que reúnan las condiciones necesarias para cumplir con sus objetivos, así como dormitorios con deficientes condiciones materiales y de higiene, falta de mantenimiento, de agua y de mobiliario.

En 81 centros, existen áreas de privilegios así como objetos y sustancias prohibidas e internos que ejercen violencia y control sobre el resto de la población. En 78 centros faltan manuales de procedimientos para el ingreso, traslado de internos, uso de la fuerza, solicitud de audiencias con autoridades, presentación de quejas, ingreso de visitantes, revisión de estancias y funcionamiento del Consejo Técnico Interdisciplinario; regulación de las actividades diarias de los centros, así como también la deficiente o nula difusión de la normatividad que los rige.

Otra problemática detectada es la deficiencia en el control de los centros por parte de la autoridad, permitiendo que los internos intervengan con poder de decisión en la seguridad, los servicios y las actividades, productivas, educativas y deportivas, de alimentación, mantenimiento y limpieza, así como el control de ingreso de visitas tanto familiar como íntima, uso de teléfonos y otros, situación que se observó en 73 de los centros estatales visitados. De igual manera, en 72 centros de estos centros se observaron deficiencias en la alimentación, tanto en su elaboración, distribución y calidad, como en la falta de utensilios para su consumo.

El derecho a la salud de los internos se ve vulnerado, ya que se observan deficiencias en los servicios médicos de 54 de los centros visitados, particularmente insuficiencia de medicamentos, de material de curación e instrumental, así como de personal para atender a los internos, situación particularmente significativa tratándose de mujeres, dado que en varios establecimientos no hay un área médica específica para ellas y en los casos de centros mixtos tienen que acudir al consultorio en el área varonil.

En los Centros Federales visitados, se observó la situación de personal insuficiente que garantice la seguridad de las instituciones por lo que en 19 de los 20 centros visitados se detectó esta situación con carácter grave.

Otro tema de relevancia e incidencia frecuente, detectado en la mayoría de los centros federales, es el relativo a la falta de actividades laborales y de capacitación para el trabajo, así como educativas y deportivas, detectada en el 75% de estos centros.

De igual forma, se detectan en los centros federales situaciones de riesgo para garantizar el trato digno a los internos durante su ingreso y estancia, ya que en 13 centros hay internos que permanecen por casi 20 horas en su celda de manera cotidiana.

Por otra parte, se observó que en un gran número de casos la población penitenciaria se encuentra interna en lugares muy lejanos a su domicilio, lo que provoca deficiencias en la vinculación con el exterior, dadas las escasas oportunidades para recibir a sus visitas, lo cual se observó en 15 centros visitados.

En cuanto a las prisiones militares, la situación más recurrente que se detectó es la relativa a la falta de actividades laborales y de capacitación para el trabajo, que dificulta la adecuada reinserción social.

Finalmente, la violencia al interior de los centros de reclusión está relacionada con diversos factores derivados de las condiciones de sobrepoblación y hacinamiento; de las deficiencias en las acciones para prevenir incidentes violentos, en base a lo anterior es importante mencionar que el total de incidentes reportados durante el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2014 fue de 1,737 incidentes, siendo éstos 993 en los centros estatales, 740 en los federales y 4 en las prisiones militares.

El documento se hizo llegar a las distintas autoridades relacionadas con el tema de supervisión penitenciaria, para que en el ámbito de sus respectivas competencias lo conozcan y adopten las medidas necesarias.

El DNSP 2014 puede ser consultado en el portal de internet www.cndh.org.mx, donde se señalan de manera específica las condiciones de los centros evaluados en ese periodo.

Fuente:

http://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/Comunicados/2015/Com_2015_267.pdf

(28/09/2015)

Recomendación a la SEP por indebida revisión corporal de alumnos

Para encontrar un teléfono celular extraviado o sustraído, autoridades escolares consintieron la revisión corporal de alumnas y alumnos, entre ellos cuatro menores de edad. Obligaron a los varones a quedar en ropa interior.

    La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 21/2015 dirigida al Secretario de Educación Pública, Emilio Chuayffet Chemor, por la violación a los derechos a la intimidad, seguridad jurídica e interés superior del menor en agravio de diez alumnas y alumnos, entre ellos cuatro menores de edad, del sexto año de un Centro de Estudios de Educación Media Superior en el Distrito Federal.

    Dos servidores públicos de la escuela consintieron que se llevara a cabo, de manera indebida y arbitraria, una revisión corporal de alumnas y alumnos, con el fin de localizar un teléfono celular que fue extraviado o le fue sustraído a otra estudiante. Asimismo, en otro salón, se obligó a los varones a desvestirse hasta quedar en ropa interior, para verificar que nadie trajera el aparato entre sus vestimentas.

    Por ello, la CNDH pide al titular de la SEP otorgar atención psicológica a todas las víctimas que fueron agraviadas mediante contacto físico y personal, e incluso tocamientos de partes privadas del cuerpo, lo que implica una violación a su intimidad corporal.

    También deberá ordenar que el sistema educativo emita disposiciones normativas para prever situaciones como el robo o extravío de objetos, inspecciones corporales y revisiones de pertenencias.

    Además, girar instrucciones para que todo el personal docente de ese Centro de Estudios de Educación Media Superior reciba capacitación en materia de los derechos humanos violentados que se mencionan en la Recomendación 21/2015, así como que dicha información sea difundida a través de medios electrónicos.

    También se le solicita colaborar en el trámite de la investigación administrativa que la Comisión Nacional interponga ante el Órgano Interno de Control de la Secretaría de Educación Pública, contra los servidores que intervinieron en los hechos, así como colaborar con la CNDH en la inscripción y seguimiento de los afectados en el Registro Nacional de Víctimas.

    En el escrito de queja de una de las víctimas, un alumno de 17 años de edad, refiere que el pasado 14 de marzo de 2014, mientras un profesor impartía clases en el aula 5, una alumna reportó el robo de su teléfono celular. Acto seguido y con la autorización del profesor, la estudiante inició la revisión de mochilas y objetos personales de los alumnos y luego revisó corporalmente a sus compañeras, mientras otro alumno lo hizo con los varones. Otro profesor del plantel separó a los varones y los llevó al aula 6, donde les ordenaron quitarse los zapatos y desvestirse.

    Puede verse el texto completo de la recomendación en el vínculo siguiente:

http://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/Recomendaciones/2015/Rec_2015_021.pdf

Recomendación al gobernador de Morelos por violencia obstétrica en el Hospital General de Tetecala

Comunicado CGCP/210/15
México, D.F., a 21 de julio de 2015

  • La inadecuada atención de tres médicos ocasiona el fallecimiento de un recién nacido

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 20/2015, dirigida al Gobernador de Morelos, Graco Ramírez Garrido Abreu, por el caso de violencia obstétrica e inadecuada atención médica en agravio de una mujer con 39.4 semanas de gestación y la pérdida de la vida de su hijo, en el Hospital General de Tetecala “Dr. Rodolfo Becerril de la Paz”, dependiente de los servicios de salud de la entidad.

            Tras la investigación realizada y el análisis al conjunto de evidencias, esta Comisión Nacional encontró elementos que prueban violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, trato digno y derecho a una vida libre de violencia (obstétrica) en agravio de la madre, así como al derecho a la protección de la salud, trato digno y a la vida, en agravio de su menor hijo.

            Por ello, la CNDH recomienda al Gobernador reparar el daño ocasionado a la madre, que incluya el pago de indemnización o compensación por la pérdida de la vida de su hijo, así como atención médica y psicológica, además de participar en el seguimiento e inscripción de la mujer en el Registro Único de Víctimas del Estado de Morelos a efecto que, en lo conducente, tenga acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación.

            En protección de la garantía de no repetición, debe instruir la emisión de una circular dirigida al personal médico de dicho hospital, en que se ordene copia de la certificación o recertificación tramitadas ante los Consejos de Especialidades Médicas, que acredite la actualización, experiencia y conocimientos suficientes, y permita brindar un servicio médico adecuado y profesional.

            También debe instruir que los servidores públicos de ese hospital adopten medidas preventivas, que los expedientes clínicos estén debidamente integrados y se diseñen e impartan cursos de capacitación y formación en materia de derechos humanos, además de colaborar en las investigaciones por la denuncia ante la Fiscalía General del Estado de Morelos en contra de las autoridades señaladas como responsables.

            Este Organismo autónomo conoció de los hechos el 30 de mayo de 2014, en un sitio electrónico; lo radicó de oficio y abrió, el 5 de junio del mismo año, el expediente CNDH/4/2014/3532/Q.

            De acuerdo con el expediente clínico, el 27 de febrero de 2014 la madre acudió al nosocomio por presentar actividad uterina; fue revisada por un médico, quien diagnostico en la “Nota Médica” una amenaza de parto pretérmino, no obstante omitió establecer hora y signos vitales del binomio materno-infantil.

            Tres meses después, la mujer fue valorada por un segundo médico, quien en la “Hoja de Seguimiento de Riesgo de Prueba sin Estrés” suscribió que la paciente no presentaba contracciones, sin pérdidas vaginales y con signos estables, dejando la cita abierta, sin embargo omitió la hora, cargo, indicaciones, datos de alarma y no reportó el fondo uterino.

            Finalmente, el 27 de mayo de 2014, la paciente acudió nuevamente al hospital con dolores de labor de parto al cursar embarazo de 39.4 semanas de gestación; fue atendida por un tercer médico, quien sin tomar en cuenta los antecedentes gineco-obstétricos ni los síntomas que presentó en la valoración de este día –mareo, zumbido auditivo anormal y náuseas—, determinó un posible embarazo de alto riesgo, cuando debió diagnosticarla con un cuadro de preeclamsia severa que requería la interrupción del mismo mediante cesárea urgente.

            La paciente ingresó al quirófano para extraer a su hijo mediante cesárea, quien al nacer no presentó esfuerzo respiratorio y registró frecuencia cardiaca muy débil; cuarenta minutos más tarde se determinó su defunción por “asfixia por bronco aspiración de líquido amniótico”, lo que consta en el certificado de muerte fetal del recién nacido; sin embargo, en el Resumen Clínico de la paciente, el médico, luego de realizar diferentes maniobras de reanimación, reporta “probable cardiopatía congénita compleja no compatible con la vida”; representando esto, una contradicción.

            Esta recomendación, que ya fue debidamente notificada al Gobierno del Estado de Morelos, puede ser consultada en la página www.cndh.org.mx.

Fuente

http://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/Comunicados/2015/Com_2015_210.pdf

(27/07/2015)