Recuerdo del candidato

Acusados del homicidio del conductor de TV Azteca, Paco Stanley, Paola Durante y sus coacusados pudieron haber sido condenados a 40 años de prisión. Estuvieron presos año y medio.

Ningún juez escrupuloso e independiente hubiera dictado auto de sujeción a proceso contra los inculpados, porque la prueba en que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal —cuyo titular era el doctor Samuel del Villar— basaba su acusación no resistía el menor análisis. Esa prueba era el testimonio de un interno del reclusorio preventivo sur, Gabriel Valencia, cocinero en prisión, según dijo él mismo, de los hermanos Amezcua, presos por narcotráfico.

Valencia aseguró que semanas antes del asesinato una mujer rubia y un hombre moreno, bigotón y con la cabeza rasurada visitaron en su celda a los Amezcua, quienes les ordenaron ejecutar a Stanley, distribuidor de drogas en el medio de la farándula, porque les debía mucho dinero. La rubia visitó a los Amezcua, según el testimonio, dos veces. El autor material sería el moreno bigotón; la rubia convencería a Mario Bezares, patiño de Stanley en su programa de televisión, para que lo colocara en un lugar propicio para la ejecución. Habría otros dos cómplices. Todos serían generosamente recompensados.

Valencia dijo que daría su testimonio a cambio de ser trasladado a una cárcel de Puebla, lo que se le concedió. La descripción que hizo de Paola no concuerda con las características físicas de ésta. En violación a la ley, que ordena que cuando un testigo reconozca a una persona, ésta debe presentársele junto con otras que se le parezcan, cuando Valencia reconoció a Paola únicamente a ella se le puso enfrente. El testigo ya había mentido en otro proceso penal a cambio de dinero.

El reporte de atención telefónica de la Procuraduría indica que el testigo telefoneó del reclusorio para informar que tenía información sobre el homicidio a las 13 horas de un 2 de agosto. El documento señala que la llamada se canalizó a la policía judicial ese mismo día a las 12:59 horas, es decir ¡un minuto antes de que el telefonema se realizara!, y que se ordenó investigar los hechos el 1 de agosto a las 17:19 horas, o sea ¡19 horas 45 minutos antes de la llamada!

En los reclusorios toda visita queda registrada. No hay registro alguno de que ni Paola Durante ni el supuesto autor material, Erasmo Pérez Garnica, El Cholo, hubieran visitado el reclusorio. Cuatro testigos señalaron que en una de las fechas señaladas por el testigo como de las visitas de Paola a los Amezcua, ella —que era edecán— estuvo trabajando de las 10:30 a las 22:00 horas en el Auditorio Nacional, donde se montaba un espectáculo infantil, versión que se corrobora con el recibo de honorarios, la carpeta de trabajo y la agenda de la inculpada.

¿Cómo, con todas esas inconsistencias, pudo el juez dictar la sujeción a proceso? Porque era uno de los llamados jueces de consigna, que resolvían lo que la Procuraduría quería sin sustento probatorio.

La recomendación de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) puso en evidencia que se trataba de una falsa acusación y solicitó la libertad de los inculpados. El procurador se negó. Entonces pasó algo extraordinario. El testigo Luis Gabriel Valencia declaró que su imputación era falsa y que funcionarios de la Procuraduría lo tenían amenazado: si se retractaba matarían a su familia. Se comprobó que colaboradores del procurador lo visitaron en prisión unas 40 veces. Éstos declararon que lo hacían ¡por cortesía! La madre de Valencia fue sacada de su casa y llevada a declarar a medianoche.

Es de suponerse cuál hubiera sido la sentencia del juez de consigna. Pero ya todo el país sabía por la recomendación de la CDHDF de la falsedad de la acusación. Por eso el Consejo de la Judicatura Federal —convocado por su presidente, Juan Luis González Alcántara— reasignó a tal juzgador a otro juzgado. Así, la sentencia del caso Stanley fue dictada por un juez honorable, Rafael Santa Ana, quien absolvió a los acusados.

He recordado esta historia al enterarme de que aquel juez que sometió a proceso a los inculpados, el ahora magistrado Rafael Guerra Álvarez, es candidato a la presidencia de nuestro Tribunal Superior. Ω

La única justificación

El proyecto del ministro Arturo Zaldívar acerca de las actividades relacionadas con el consumo personal de mariguana lo dice con la mayor claridad: pertenece al estricto ámbito de la autonomía individual, protegido por el derecho al libre desarrollo de la personalidad, la posibilidad de que un individuo mayor de edad decida si desea experimentar los efectos de una sustancia a pesar de los daños que pueda generarle.

El bien más genérico que se requiere para garantizar la autonomía de las personas —advierte el ponente— es precisamente la libertad de realizar cualquier conducta que no perjudique a terceros.

El proyecto cita la obra Sistema de derechos fundamentales de Luis María Díez-Picazo: el derecho al libre desarrollo de la personalidad comporta “un rechazo radical de la siempre presente tentación del paternalismo del Estado, que cree saber mejor que las personas lo que conviene a éstas y lo que deben hacer con sus vidas”. Este derecho supone “la proclamación constitucional de que, siempre que se respeten los derechos humanos de los demás, cada ser humano es el mejor juez de sus propios intereses”.

El proyecto, de ser aprobado por la Primera Sala de la Suprema Corte, obligaría a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios a otorgar a los quejosos la autorización, que previamente les denegó, para el consumo personal y regular, con fines meramente lúdicos o recreativos del estupefaciente cannabis sativa y del sicotrópico THC, es decir de la mariguana, y para ejercer los derechos correlativos: siembra, cultivo, cosecha, preparación, acondicionamiento, posesión, transporte, uso y, en general, todo acto relacionado con el consumo.

Se declararían inconstitucionales los artículos de la Ley General de Salud que establecen la prohibición de que la Secretaría de Salud emita autorizaciones para la realización de los actos relacionados con el consumo personal con fines recreativos de la mariguana, y esos actos ya no serían delictivos, pues contarían con la autorización de la autoridad competente.

La propuesta de resolución excluye los actos de comercio, tales como distribución, enajenación y transferencia, por la sencilla razón de que no fueron materia de la solicitud denegada ni del amparo, pero los argumentos del ministro Zaldívar son perfectamente aplicables también a dichos actos de comercio.

La elección de alguna actividad recreativa o lúdica es una decisión que pertenece a la esfera de la autonomía personal que debe estar protegida por la Constitución. Esa elección puede incluir la ingesta o el consumo de sustancias que produzcan experiencias que en algún sentido afectan los pensamientos, las emociones y/o las sensaciones de la persona.

Se ha señalado que la decisión de fumar mariguana puede tener distintas finalidades, entre las que se incluyen el alivio de la tensión, la intensificación de las percepciones o el deseo de ciertas experiencias espirituales. Las experiencias mentales —se afirma en el documento— se encuentran entre las más personales e íntimas que alguien pueda experimentar, de tal manera que la decisión de un individuo mayor de edad de afectar su personalidad de esta manera se encuentra tutelada por el derecho al libre desarrollo de ésta.

Ahora bien, de ser aprobado el proyecto, se abre también la puerta a declarar inconstitucionales los artículos que prohíben los actos de comercio respecto de la mariguana. En efecto, si una persona mayor de edad puede cultivar y consumir mariguana en virtud de su derecho al libre desarrollo de su personalidad, en razón de ese mismo derecho sería razonable que se le permitiese adquirirla, y para que pueda hacerlo es necesario que se permita su venta.

Es de recordarse que el amparo sólo beneficia a quienes se concede, pero si se aprueba la resolución los preceptos administrativos y penales que prohíben el consumo y la venta de mariguana quedarían heridos de muerte.

Como dictaminó John Stuart Mill: “El único propósito en virtud del cual puede ejercerse legítimamente el poder sobre un miembro de una comunidad civilizada en contra de su voluntad es impedir que dañe a otros. Su propio bien, sea físico o moral, no es justificación suficiente”.

Pacientes siquiátricos

Puede llamarse viento o quemadura / porque es la más perfecta de las formas / y a lenta perfección mata despacio. / Ahuyenta la razón. / Conjura al corazón, / su vuelo en llamas, / sus pájaros a pique.., escribió el poeta mexicano Vicente Quirarte.

Desde muy temprano —dice la nota de Adriana Alatorre en Reforma del 11 de octubre— decenas de personas se forman en el acceso del Hospital Psiquiátrico Fray Bernardino Álvarez, de la Ciudad de México, en espera de que su familiar sea atendido.

El nosocomio, inaugurado el 9 de mayo de 1967, brinda atención a personas de uno y otro sexo con trastornos mentales agudos. Su capacidad operativa es de 300 camas, y a veces no tiene disponibilidad, pero si tuviera mil, como el Hospital General de México, también estaría lleno, dice el director Carlos Castañeda, pues la demanda es demasiada, incluidos pacientes procedentes de otras entidades donde no hay servicios suficientes, como Morelos, Guerrero y el Estado de México. En nuestro país sólo se dedica a la atención de las enfermedades mentales el 2% del total destinado al sector salud.

Arturo Rivera, presidente de la Sociedad de Familiares con Enfermedades Mentales, señala que los tratamientos siquiátricos farmacológicos son caros y largos, en ocasiones de por vida, y es frecuente que las familias no estén dispuestas a atender a los pacientes y lleguen a abandonarlos en las calles.

Sin duda en muchos casos los familiares ven al paciente —aguijoneados por el desamor y la insolidaridad— como una carga intolerable, pero en muchos otros en razón de sus ocupaciones o de su propio estado de salud mental no les es posible atenderlo.

A la intemperie, sin quien se haga cargo de él, un paciente psiquiátrico puede morir de sed, de hambre, de frío, de calor, por atropellamiento, por un malestar no atendido, por obra de la maldad, y asimismo en todo momento está en peligro de ser víctima de delitos sexuales, trata de personas y otras miserias de la conducta humana.

La antipsiquiatría, que floreció principalmente en Italia en la década de los setenta del siglo pasado, impulsada por Franco Basaglia, recomendó el cierre de las instituciones siquiátricas porque se abusaba del internamiento, que en muchas ocasiones no era necesario, y porque en ellas muchas veces los pacientes eran víctimas de abusos, condiciones indignas de residencia o descuido.

El 13 de mayo de 1978 el parlamento italiano aprobó la ley que prohíbe el encierro de pacientes siquiátricos contra su voluntad. Los manicomios serían reemplazados por pequeños departamentos dentro de hospitales generales y por centros de acogida. La experiencia fue replicada en varios países occidentales.

No le pidas a la realidad que te cumpla lo que te prometió el sueño, dice el magistral aforismo de Mariana Frenk. Se tiró el agua sucia de la tina con todo y niño.

En Italia la medida se convirtió en un negocio inmobiliario. Muchos siquiatras terminaron internando a pacientes en departamentos comprados a ese fin por los familiares. Era la alternativa para salvarlos del abismo, del desamparo absoluto de la calle.

En la década de los ochenta, el presidente Ronald Reagan alentó el cierre de hospitales públicos siquiátricos en Estados Unidos. Esto generó pingües ganancias al sector privado, que captó esa demanda, pero muchos de los más de 40 millones de enfermos mentales sin cobertura terminaron en la cárcel o en la calle. La película El solista, basada en la novela de Steve López, describe las penurias de un esquizofrénico sin cobertura en Los Ángeles.

El corolario es evidente: la internación de pacientes con discapacidad mental en muchos casos no es necesaria ni deseable, pero en otros es la opción menos desfavorable. Aclaro: de acuerdo con los Principios para la protección de los enfermos mentales y el mejoramiento de la atención a la salud mental, formulados por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el internamiento involuntario de un paciente siquiátrico requiere la comprobación de que es el único medio para impedir daño inminente al paciente o a terceros, y debe ser lo menos restrictivo posible y estimular la independencia personal.

Palabras impronunciables

La nota de AFP parece de las que en broma publican algunos diarios el Día de los Santos Inocentes.

El gobierno de Quebec desaparecerá la palabra negro del nombre de 11 lugares, entre ellos el Río Negro, el Lago Ti-Negro y los Rápidos de los Negros. Según la Comisión de Toponimia de esa provincia canadiense, el término francés nègre, de uso antiguo, podría atentar contra la dignidad de la comunidad negra.

El lenguaje políticamente correcto ha llegado a extremos inauditos. En el caso de Quebec, no sólo se considera inadecuado utilizar la palabra nègre para referirse a personas, sino también para la denominación de lugares que desde antaño así fueron llamados.

¿Por qué ha de ser ofensivo decir de uno que es negro, pero no decir de otro que es blanco? Una y otra condiciones son epidérmicas, superficiales, y nada tienen que ver con los valores y las virtudes del individuo. Si la palabra negro se ha usado con carga peyorativa, lo correcto no es suprimirla de los diccionarios y del habla coloquial sino revertir esa carga.

Es asombrosamente ridículo que en algunas escuelas de Estados Unidos deje de recomendarse la lectura de la gran novela Las aventuras de Huckleberry Finn, de Mark Twain, en razón de que en la obra el esclavo prófugo Jim —a quien el autor caracteriza como un hombre noble y valiente— es llamado negro.

En los años sesenta, estando el movimiento por los derechos civiles de la población afroamericana en efervescencia, uno de sus lemas fue black is beautiful (negro es hermoso). En vez de afrentarse por ser llamado con ese término, el movimiento lo reivindicaba revirtiendo su intención ofensiva.

¿Quién sería capaz de desautorizar la bellísima canción de Bobby Capó que dice: Que se quede el infinito sin estrellas / o que pierda el ancho mar su inmensidad / pero el negro de tus ojos que no muera / y el canela de tu piel se quede igual. El autor atribuye a unas pupilas oscuras y a una epidermis morena una belleza más conmovedora que la del océano y el firmamento.

En la bellísima Negrita cucurumbé, el inmenso Cri-Crí le dice a la niña que quería ser blanca como la bruma, como la espuma que tiene el mar: Pero válgame el Señor / pues qué no ve / que así negra está bonita / negrita cucurumbé.

Si a los negros se les ha despreciado es porque, secuestrados sus antepasados en tierras africanas, se les redujo a la esclavitud. Si los esclavos hubieran sido blancos, amarillos o sonrosados, los individuos con estos tonos de piel, y no los negros, hubiesen sido víctimas de ese desprecio

Pero negro no es el único vocablo que se ha vuelto impronunciable. Hoy a los viejos debe llamársenos adultos mayores como si esa expresión no fuera una redundancia pues todo adulto, por definición, aún los más jóvenes, es un adulto mayor: la mayoría de edad se adquiere, según la legislación de cada país, entre los 18 y los 21 años.

¿Se puede imaginar, lectora, lector, que una de las entrañables novelas de Ernest Hemingway en lugar de llamarse El viejo y el mar se titulase El adulto mayor y el mar o bien La persona de género masculino de la tercera edad y el mar? ¿A usted le gustaría que sus hijos y sus nietos, para ser políticamente correctos, en lugar de llamarlo cariñosamente viejo o vieja lo saludaran diciéndole: Hola, persona adulta mayor, o Buenos días, persona de la tercera edad?

Y a quienes sufren alguna discapacidad hay que llamarlos personas con capacidades diferentes, expresión que me hace pensar en Albert Einstein, Chaplin, Johnny Weissmuller (¡el inolvidable e irrepetible Tarzán!), Maria Callas, Pelé o Superman. ¡Ellos sí que fueron dotados de capacidades diferentes! Y, para ser congruentes, ¿a un enfermo habría que decirle persona con condiciones de salud diferentes?

En realidad, los que consideran que ciertos calificativos descriptivos son denigrantes es porque ellos mismos juzgan a ciertas personas en un nivel de inferioridad en relación con otras en razón de características que les parecen negativas. ¿Blanco es superior a negro, joven más apreciable que viejo? ¿Discapacidad es palabra impronunciable aunque la realidad no sea tan piadosa como el léxico aceptable por las buenas conciencias? Así lo ha establecido, sin atreverse a confesarlo, el lenguaje políticamente correcto.

La neta: verdad o prejuicio

Si, como asevera el perito José Torero, del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI), en el basurero de Cocula no hay evidencias de que se haya quemado ni un solo cuerpo, ¿cómo explicar que la Universidad de Innsbruck haya identificado los restos de dos de los estudiantes desaparecidos al analizar los huesos quemados que los buzos de la Procuraduría General de la República (PGR) encontraron, metidos en bolsas de plástico, en el río San Juan?

Ese hallazgo demuestra que, contra lo que sostiene Torero, allí se incineraron varios cuerpos. La cremación, entonces, no fue un invento para ocultar o distorsionar los hechos. ¿De dónde sacó la PGR que los cuerpos fueron cremados? No sólo de las confesiones de los sicarios de Guerreros Unidos sino de los mensajes de texto enviados por Gildardo López Astudillo a su jefe Sidronio Casarrubias. El Gil escribió: “Nos atacaron Los Rojos, nos estamos defendiendo”, y después: “Los hicimos polvo y los echamos al agua, nunca los van a encontrar”.

Dictámenes de la UNAM y del Instituto Mexicano de Petróleo señalan que en aquel lugar hubo un fuego de hasta mil 600 grados. El doctor John DeHaan, experto en fuegos del Departamento de Justicia de California, asevera que se pueden obtener casi en su totalidad las condiciones de un crematorio comercial en condiciones improvisadas, en basureros, barriles o vehículos, y conseguir que un cuerpo quede como hueso calcinado en tres o cuatro horas. “El cuerpo de un adulto con ropa —explica— tiene suficiente grasa subcutánea para un fuego de 60kW, donde la ropa actúa como la mecha y los tejidos son el combustible”. Sin embargo, “es un error común pensar que un fuego muy grande (un crematorio) es necesario para destruir un cuerpo”.

Sin duda, la investigación de la PGR presenta deficiencias, algunas de ellas señaladas en los respectivos informes del GIEI y de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH). No obstante, tiene el mérito de haber probado que fueron narcotraficantes, auxiliados por policías municipales, los autores del crimen colectivo, y que los cadáveres, o varios de ellos, fueron cremados. Esas certezas son negadas, como advierte Raúl Trejo Delarbre (La Crónica, 28 de septiembre), por segmentos de la sociedad activa que favorecen las agendas políticas de quienes lucran con la tragedia.

Esos segmentos han erigido, contradiciendo lo que las pruebas alcanzan a probar, una verdad ideológica que, por decirlo con las palabras de Pascal Beltrán del Río (Excélsior, 14 de septiembre), se ha cocinado al calor de la suspicacia tradicional de la sociedad y la falta de credibilidad en las autoridades, pero parte de un prejuicio, de una explicación que antecede a todas las investigaciones. La verdad ideológica es que el crimen fue del Estado, es decir de las más altas autoridades del país. Esa verdad, como todo acto de fe, no requiere pruebas ni razonamientos, y se complementa de otras verdades asombrosas, como la que sostiene que los jóvenes están vivos y los tiene el gobierno encuartelados (nota de Pablo de Llano, El País, 26 de septiembre).

Nadie tiene que hacer un esfuerzo mental para explicarse qué habría motivado al Estado a desaparecer a los normalistas y/o tenerlos encerrados en un cuartel durante más de un año, ni para buscar un indicio que respalde esa hipótesis. Basta con estar de parte de la verdad ideológica y tener claro quién es el enemigo.

Dicho lo anterior, diré también que no conocemos toda la verdad pues la PGR no ha parecido demasiado interesada en esclarecer dos puntos. Por una parte, no sabemos por qué razón alumnos preponderantemente de primer grado fueron enviados a Iguala. La explicación del GIEI de que en Chilpancingo no encontraron autobuses para venir a la marcha del 2 de octubre es insostenible: hay muchos más camiones en la capital del estado, menos lejana de Ayotzinapa, que en Iguala, y aún faltaban seis días para esa marcha. Por otra parte, es preciso dilucidar la responsabilidad en que pudieron incurrir los mandos del cuartel militar al no proteger a los estudiantes de una agresión de la que se les estaba informando al tiempo que ocurría.