La desigualdad, el factor más determinante

Roxana Kreimer

Más de cincuenta estudiosvii señalan que la violencia es más común en sociedades en las que hay mayor inequidad, es decir, allí donde hay mayor desigualdad de ingresos y, por tanto, de posibilidades de desarrollo social. Desigualdad y desventajas comparativas resultan clave para entender el concepto de inequidad. En los estudios señalados la llamada “inseguridad” correlaciona mucho más con la inequidad que con la pobreza, el desempleo, el PBI per cápita, el consumo de energía per cápita y la participación en los niveles medios de la educación. También en la Argentina los estudios de Pompei (1999)viii  y Cerro y Meloni (1999)ix atribuyen un peso explicativo mayor al aumento de la desigualdad en la distribución del ingreso. Los dos últimos sostienen que un incremento del 10 por ciento en la desigualdad estaría asociado a un aumento del 3 por ciento en la tasa de criminalidad.

El primer estudio fue realizado por tres economistas para el Banco Mundial en base a las tasas mundiales de delito suministradas por las Naciones Unidas. Abarca el seguimiento de 39 países entre 1965 y 1995 y otros 37 países entre 1970 y 1994, entre otros, Estados Unidos, países de Europa del este, de África, Latinoamérica y el Caribe. El estudio está disponible en internet (en inglés).x

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Esperanza de vida en México:
De cómo los indicadores pueden señalar catástrofes

M. en C. Laura Elisa Pérez Gómez

Indicadores para el derecho a la salud

El desarrollo de indicadores de medición para los derechos humanos tiene en su base conceptual la premisa de que éstos deben reflejar las obligaciones del Estado en la materia[1]. La precisión normativa que establece el sistema internacional para el derecho a la salud parte de una caracterización amplia: “el derecho a la salud debe entenderse como un derecho al disfrute de toda una gama de facilidades, bienes, servicios y condiciones necesarios para alcanzar el más alto nivel posible de salud”[2]. Esta caracterización implica que los indicadores identificados para medir el cumplimiento de este derecho cubren una amplia gama de aspectos.

En la Observación general número 14 que proporciona las pautas para desglosar los componentes de este derecho, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas interpreta el derecho a la salud como: “un derecho inclusivo que no sólo abarca la atención de salud oportuna y apropiada sino también los principales factores determinantes de la salud, como el acceso al agua limpia potable y a condiciones sanitarias adecuadas, el suministro adecuado de alimentos sanos, una nutrición adecuada, una vivienda adecuada, condiciones sanas en el trabajo y el medio ambiente, y acceso a la educación e información sobre cuestiones relacionadas con la salud, incluida la salud sexual y reproductiva.”[3]

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