El Comité de los Derechos del Niño, en su Observación General número 20 emitida en 2016, señala que la adolescencia es una etapa en la vida de las personas caracterizada por crecientes oportunidades, capacidades, aspiraciones, energía y creatividad, pero también por un alto grado de vulnerabilidad. Las y los adolescentes son agentes de cambio, un activo y un recurso fundamental con potencial para contribuir positivamente a sus familias, comunidades y países.[1]
No obstante, en la realidad las políticas públicas encaminadas a mejorar sus condiciones de vida con frecuencia excluyen a grupos poblacionales que enfrentan condiciones especiales de vulnerabilidad. Las omisiones y falta de efectividad de la actuación estatal en ese rubro, pueden generar un impacto negativo sobre las personas menores de edad en términos de seguridad emocional, salud, sexualidad, educación, aptitudes, resiliencia, y comprensión de los derechos, cuyas consecuencias no solo obstaculizan el desarrollo óptimo de la persona, sino también el desarrollo social y económico presente y futuro.[2]
El modelo garantista de protección a los derechos que estableció la expedición de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, tiene como objetivo principal lograr que todas las personas menores de edad, sin distinción, tengan un desarrollo integral. Realizar esa meta exige que el Estado cumpla a cabalidad sus obligaciones constitucionales de observancia, protección, defensa y restitución de los derechos de la niñez y adolescencia, desde un enfoque diferenciado que valore sus condiciones personales y contexto de vida, tanto en lo individual como en lo colectivo.
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