Colombia debe corregir graves defectos
de la ley de justicia transicional
para la paz

(Washington D.C.) – La Corte Constitucional de Colombia debería abordar graves deficiencias en el componente de justicia del acuerdo de paz con las FARC, señaló hoy Human Rights Watch en un memorial presentado en calidad de amicus curiae ante la corte. Está previsto que la corte analice el proyecto de ley Estatutaria de la Administración de Justicia en la Jurisdicción Especial para la Paz, aprobado el 30 de noviembre de 2017, en el cual se detalla cómo funcionará el sistema judicial que se acordó con las FARC como parte de las conversaciones de paz.

            En el memorial se describen aspectos problemáticos del proyecto de ley que podrían permitir que criminales de guerra eludan un castigo serio por sus crímenes. Uno de los problemas es la definición de “responsabilidad de mando”, es decir, el criterio que determina cuándo los comandantes pueden tener responsabilidad penal por los delitos cometidos por sus subordinados. Human Rights Watch también pidió a la corte que asegure una participación genuina de las víctimas en los procedimientos ante la Jurisdicción Especial para la Paz.

            “Si bien el proceso de paz es una oportunidad histórica para mejorar la situación de derechos humanos en Colombia, su componente de justicia apenas garantiza unos mínimos de justicia a las víctimas de graves atrocidades cometidas durante el conflicto armado”, señaló José Miguel Vivanco, director para las Américas de Human Rights Watch. “La corte tiene la oportunidad de garantizar una rendición de cuentas genuina, tanto para los altos mandos del Ejército como para comandantes de las FARC que hayan cometido crímenes de guerra”.

            Human Rights Watch también considera preocupantes dos disposiciones del proyecto de ley que podrían impedir que defensores de derechos humanos se desempeñen como jueces en la Jurisdicción Especial para la Paz. Las disposiciones excluyen, entre otros, a quienes en los últimos cinco años “hayan tramitado acciones ante Sistemas o Tribunales Internacionales de Derechos Humanos” o “pertenezcan o hayan pertenecido a organizaciones” que hayan intervenido en casos judiciales “relacionad[os] con hechos del conflicto armado”. El senador Germán Varón, que propuso esas disposiciones, indicó ante los medios que estaban orientadas a asegurar que los jueces no tuvieran “sesgo ideológico”.

            “Impedir que abogados de derechos humanos sean jueces es una política absurda”, sostuvo Vivanco. “Lejos de asegurar la imparcialidad judicial, estas disposiciones eliminan a candidatos que podrían tener justamente el tipo de conocimiento y experiencia necesarios para juzgar crímenes de guerra y violaciones a los derechos humanos”.

Fuente: https://www.hrw.org/es/news/2018/06/05/colombia-debe-corregir-graves-defectos-de-ley-de-justicia-transicional
(25/06/2018)