Constitucional que Ley Agraria obligue a integrar mujeres en las candidaturas a los órganos representativos de los ejidos

Comunicado de Prensa No. 143/2024
Ciudad de México, a 24 de abril de 2024

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la Ley Agraria no vulnera el derecho a la libre asociación al prever que las planillas de las candidaturas a los puestos de elección del comisariado ejidal y del consejo de vigilancia no pueden integrarse por más del 60% de personas de un mismo género.

Se explicó que la norma constituye una acción afirmativa de participación en favor de las mujeres que busca darles mayor participación en el ejido, por lo que lejos de ser una medida restrictiva, se trata de una disposición dirigida a alcanzar la igualdad entre hombres y mujeres tutelada en el artículo 4° constitucional, que resulta especialmente necesaria ante el historial de segregación cultural que el género femenino ha sufrido en el campo.

Amparo directo en revisión 7737/2023. Ponente: Ministra Yasmín Esquivel Mossa. Resuelto en sesión de 24 de abril de 2024 por unanimidad de cinco votos. El Ministro Javier Laynez Potisek anunció voto concurrente.

Documento con fines de divulgación. La sentencia es la única versión oficial.

Fuente:
https://www.internet2.scjn.gob.mx/red2/comunicados/noticia.asp?id=7817
(29/4/24)