El Salvador debe adoptar medidas para garantizar la vida, integridad y salud
de la señora B.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos notificó hoy la resolución de medidas provisionales adoptada el 29 de mayo de 2013 sobre el asunto de la señora B respecto de El Salvador :
La Corte Interamericana le ordenó al Estado de El Salvador que adopte y garantice, de manera urgente, todas las medidas que sean necesarias y efectivas para que el personal médico tratante de la señora B. pueda adoptar, sin interferencia, las medidas médicas que consideren oportunas y convenientes para asegurar la debida protección de los derechos consagrados en los artículos 4 y 5 de la Convención Americana, y, de este modo, evitar daños que pudiesen a llegar a ser irreparables a los derechos de la vida y la integridad personal y a la salud de la señora B.
Al respecto, el Estado deberá adoptar las providencias necesarias para que la señora B. sea atendida por médicos de su elección.
La Comisión Interamericana presentó una solicitud de medidas provisionales el 27 de mayo de 2013. En ellas indicó que la señora B. es una mujer de 22 años de edad que está embarazada por segunda vez, y que sufre de lupus eritematoso discorde agravado con nefritis lúpica. De acuerdo a las tres ultrasonografías que se le han realizado el feto es anencefálico (sin cerebro), y que está anomalía es incompatible con la vida extrauterina.
Debido a las condiciones de salud de la madre, este embarazo atenta contra su vida, hecho que amerita que se tomen medidas extremas y urgentes para salvaguardar su salud.
Por último, la Corte destacó que el Estado está obligado a garantizar que el equipo médico tratante tenga la protección que corresponda para ejercer plenamente su función de acuerdo a las decisiones que, basadas en la ciencia médica, dicho equipo médico adopte.
El texto íntegro de la resolución está en: