Luis de la Barreda Solórzano
El Consejo de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) reprobó por amplia mayoría —ocho de diez consejeros— la decisión de la presidenta del organismo no sólo de abstenerse de interponer una acción de inconstitucionalidad, sino también de respaldar explícitamente la absorción de la Guardia Nacional por el Ejército. La condena de los consejeros a quien preside el organismo no tiene precedente.
Lo usual era que el defensor público de los derechos humanos y sus consejeros dialogaran, examinaran y trazaran conjuntamente el rumbo de la CNDH y sus líneas de acción, y analizaran, escuchándose a todos, los asuntos más delicados e importantes para llegar a una posición de consenso. Esta vez, la titular de la Comisión desoyó a sus consejeros, quienes le propusieron que interpusiera la acción de inconstitucionalidad. Desatendida la petición, ocho de los integrantes del Consejo han hecho público un documento en el que lamentan que Rosario Piedra desconsidere el marco constitucional y los acuerdos internacionales en materia de derechos humanos. Sigue leyendo→
El artículo 1º de la Constitución no deja lugar a dudas: las normas relativas a derechos humanos se deben interpretar de conformidad con la propia ley fundamental y los tratados internacionales de la materia favoreciendo la protección más amplia a los derechos de las personas. Es lo que en la doctrina jurídica se conoce como el principio pro persona.
No hay, pues, tratándose de normas que se refieren a derechos humanos, una jerarquía a priori entre la Constitución y los tratados internacionales suscritos por nuestro país: son aplicables, de acuerdo con el artículo 1º constitucional, las disposiciones que mejor protegen tales derechos. Si éstos quedan más protegidos en las normas de un tratado, se deben aplicar éstas, aplicación que no transgrede la Constitución, sino acata lo dispuesto en su primer artículo. Sigue leyendo→