El Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación es el único medio electrónico habilitado para interponer recursos en el juicio de amparo

Comunicado de Prensa No. 170/2023
Ciudad de México, a 17 de mayo de 2023

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que, para interponer recursos en el juicio de amparo por la vía electrónica, debe utilizarse el Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación y no el correo electrónico institucional de los órganos jurisdiccionales.

En la Ley de Amparo, el único medio habilitado para interponer recursos por vía electrónica es el Portal, justamente, porque dota de certeza jurídica a la actuación procesal, al permitir que el juzgador y las partes identifiquen al autor de la promoción y constaten que el certificado de la firma electrónica está vigente y es válido, información que se captura en la evidencia criptográfica, elementos que no pueden ser verificados en el correo electrónico.

Se detalló que, en el contexto de la contingencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV-2, sólo se habilitó el uso del correo electrónico institucional para que los órganos jurisdiccionales realizaran notificaciones; sin embargo, no se habilitó su uso para la interposición de recursos en el juicio de amparo.

Contradicción de criterios 11/2023. Ponente: Ministra Loretta Ortiz Ahlf. Resuelta en sesión de 17 de mayo de 2023 por unanimidad de cinco votos.

Documento con fines de divulgación. La sentencia es la única versión oficial.

Fuente:
https://www.internet2.scjn.gob.mx/red2/comunicados/noticia.asp?id=7357
(31/5/23)