Comunicado de Prensa No. 322/2023
Ciudad de México, a 11 de septiembre de 2023
Con el fin de preservar el derecho a la seguridad jurídica de quienes han interpuesto diversos amparos en contra del decreto por el que se expide la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación, y se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y de la Ley de Planeación, publicado el pasado 8 de mayo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (La Corte) determinó el aplazamiento en su resolución hasta en tanto no se resuelva la acción de inconstitucionalidad 126/2023 y su acumulada 128/2023.
En el Acuerdo General Plenario 6/2023, publicado hoy, se determina que en los amparos en revisión del conocimiento de los Tribunales Colegiados de Circuito en los que subsista el problema de constitucionalidad del decreto señalado, se deberá continuar el trámite hasta el estado de resolución y aplazar el dictado de ésta hasta que el Pleno de este Tribunal Constitucional establezca el o los criterios respectivos, y se emita el acuerdo correspondiente.
En términos de lo previsto en el artículo 37 de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Pleno de La Corte puede aplazar la resolución de juicios de amparo pendientes de resolver en los que se plantean cuestiones que serán definidas posteriormente por ésta.
Documento con fines de divulgación.
Fuente:
https://www.internet2.scjn.gob.mx/red2/comunicados/noticia.asp?id=7512
(2/10/23)