Violencia de género
y derechos humanos en la Universidad

Mtra. Anvy Guzmán Romero
Luisa Nallely García Ventura

No podemos cerrar los ojos al terror
su laberinto podría devorarnos.
Para contener esta sombra que se cierne
sumemos nuestra voz a la palabra,
hagamos pactos de amor,
treguas de dudas,
que no falten rosas
ni versos,
ni canciones.
Seamos intolerantes al silencio,
para que ni una más sea despojada de abril,
del viento y de la lluvia.

Guisela López1

Desde hace más de cinco años en la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) se han llevado a cabo diversas acciones que promueven el diseño y la puesta en marcha de políticas institucionales para prevenir, atender, sancionar y erradicar casos de violencia de género[2].

            En una investigación reciente enfocada en la población estudiantil de Ciudad Universitaria (CU), publicada por el Programa Universitario de Derechos Humanos (PUDH)[3], y consistente en un diagnóstico acerca de cómo ha impactado en esa población el Protocolo para la atención de casos de violencia de género en la UNAM[4], se detectó, entre otros, que existe un desinterés generalizado en dicha comunidad respecto a la violencia de género, lo que implica el desconocimiento tanto de las políticas institucionales mencionadas como de la problemática dentro de la Universidad.

            En contraste con lo anterior, en las líneas siguientes retomamos las actividades registradas en el contexto de la escritura de este artículo —otoño de 2019—, momento en que resurgieron diversas expresiones de protesta iniciadas por mujeres estudiantes, quienes volvieron a poner sobre la mesa de debate público la problemática de violencia de género en distintos espacios universitarios. A partir de ello, buscamos vincular la coyuntura actual con los resultados de la investigación mencionada, de esa manera pretendemos dar cuenta de cómo la violencia de género atenta contra los derechos humanos de las mujeres, y por qué es necesario fortalecer las políticas institucionales así como retomar las voces y necesidades de la población estudiantil, tal como se propone en la investigación referida.

            Partimos de la definición de violencia de género que señala la UNAM en el Protocolo en donde se indica que este tipo de violencia se distingue de otros tipos de violencia, en tanto afecta a las personas o a los grupos de personas con base en su sexo o género, y puede incluir daños físicos, sexuales, psicológicos, patrimoniales, económicos o de cualquier otra índole. La UNAM reconoce que la violencia de género implica una violación a los derechos humanos, que perpetúa los estereotipos de género y que niega la dignidad, la autodeterminación y el derecho al desarrollo de las personas. Asimismo que son las niñas, las jóvenes y las mujeres las principales víctimas de ésta[5]. De igual manera partimos de identificar que la violencia de género responde a los órdenes de género: subjetivo, cultural e institucional que trastocan a los integrantes de una comunidad. En función de lo anterior, destacamos que la violencia de género afecta el derecho a una vida libre de violencia, el derecho a la educación, el derecho al libre tránsito, el derecho a la información, entre otros.

            La investigación El protocolo para la atención de casos de violencia de género en la UNAM. Una revisión de su impacto entre las y los estudiantes de Ciudad Universitaria a tres años de su puesta en marcha, puso de manifiesto que la comunidad estudiantil encuestada que conocía los instrumentos institucionales para atender los casos de violencia de género, señaló una serie de problemáticas en el contenido de los mismos e identificó que la atención de los casos se veía afectada por el conflicto de intereses en función de la relación entre la persona denunciada y las autoridades; la revictimización; la falta de atención de las Oficinas Jurídicas; la falta de perspectiva de género de dichas oficinas; así como la persuasión a no denunciar por parte de las personas responsables de atender las denuncias[6].

            Algunas de estas problemáticas también forman parte de las demandas de los movimientos feministas estudiantiles que resurgieron en el último trimestre de 2019, en medio de un proceso de reelección de Rector, para denunciar la violencia de género y la violencia en contra de las mujeres al interior de la institución. Dichos movimientos no se circunscriben únicamente a CU, en distintas entidades de la Universidad[7] se han registrado protestas, las cuales han emergido con sus propias especificidades y se inscriben en una demanda amplia por el cese a la violencia de género y la violencia contra las mujeres al interior de la institución.

            Aun cuando algunas de sus vías de acción han sido disruptivas del orden, así como criticadas y desestimadas desde diversos sectores, dentro de sus principales demandas se destaca en primer lugar que las autoridades reconozcan la existencia de la violencia estructural e institucional contra las mujeres en todos los espacios de la UNAM. De ahí se desprende el resto de sus exigencias:

  • Dialogar y negociar con las autoridades. Lo que da cuenta de que existe un compromiso por participar en conjunto con la institución así como del interés por vincularse activamente en la toma de decisiones más allá de esta coyuntura, es decir desde la coparticipación.
  • -Que no se reprima ni criminalice a las mujeres participantes en las movilizaciones.
  • Que las autoridades reconozcan que con la mala actuación del personal de las instancias responsables de atender las denuncias, ya sea por omisión o descartar los hechos que se pretendía denunciar, han violentado y con ello revictimizado a las personas denunciantes, por lo que solicitan disculpas públicas y, en su caso, su destitución.
  • Que se dé resolución de manera digna y de acuerdo con el procedimiento formal a las denuncias presentadas por alumnas, trabajadoras y académicas y se aplique sanciones a profesores, trabajadores administrativos y estudiantes que realicen actos de violencia de género.
  • Que se mantenga las manifestaciones gráficas realizadas en las instalaciones de distintas entidades –lo que habla de su importancia simbólica en tanto recursos expresivos[8]–.
  • Que se incorpore materias que aborden la violencia de género con el fin de sensibilizar a la comunidad estudiantil así como la impartición obligatoria de talleres a profesores, trabajadores administrativos y personal del Subsistema Jurídico.
  • Que se reconozca y reestructure las Unidades Internas de Equidad de Género y que cada entidad cuente con la propia.
  • Que sus demandas sean escuchadas y se retome la participación de la comunidad estudiantil en la política universitaria para atender, sancionar y erradicar la violencia de género.

            Lo anterior resume las exigencias que han realizado las estudiantes en el periodo comprendido del 21 de octubre al 26 de noviembre de 2019, en un mes en el que la participación estudiantil fue creciendo en términos de la reflexión crítica que debe acompañar a todo movimiento social. Esto nos lleva a identificar que la Universidad posibilita el crecimiento y la madurez en tanto espacio formativo por lo que debe asumir el compromiso de escuchar las inquietudes de las y los estudiantes, tal como lo manifestó el Doctor Enrique Graue en la toma de posesión para su segundo rectorado el día 19 de noviembre[9]. La participación activa de la comunidad estudiantil, como mencionamos, se ha nutrido de procesos reflexivos que se ponen de manifiesto en sus demandas. De éstas resaltamos el primer punto del pliego petitorio de las Mujeres Organizadas de la Facultad de Filosofía y Letras[10] en el que se exige la modificación de los artículos 95, 98 y 99 del Estatuto General[11], añadiendo la violencia de género como falta grave y merecedora de expulsión inmediata. Con esta exigencia se pone de manifiesto que dichas estudiantes revisaron la normativa universitaria, lo que habla de un involucramiento informado y activo, en contraste con cómo han sido conceptualizadas las manifestaciones feministas en la Universidad desde posturas que no reconocen la importancia de escuchar las voces estudiantiles.

            De igual manera llama la atención la analogía de la demanda estudiantil con las reflexiones hechas por académicas y funcionarias de la Universidad. Tomamos de ejemplo el texto de Ana Buquet y Rubén Hernández así como el de Jimena Ochoa-Saade, Annel Tagle Varela y Marycarmen Color Vargas, ambos presentes en la publicación de la Oficina de la Abogacía General (OAG) El Protocolo para la atención de casos de violencia de género en la UNAM. Hacia una política integral con un enfoque de género[12] en donde se menciona la necesidad de contar con Oficinas Jurídicas profesionalizadas y especializadas en la atención de casos de violencia de género, así como de incorporar Unidades de Atención de Denuncia (UNAD) en las distintas sedes universitarias. También, y en correspondencia con la investigación que da pie a este artículo, las autoras y el autor sugieren tomar en cuenta las necesidades y propuestas de los distintos sectores de la comunidad, así como reconocer las responsabilidades que tienen las autoridades de las distintas entidades y dependencias, de acuerdo con la normativa universitaria que refiere a la violencia de género. Del mismo modo, la capacitación permanente de las autoridades y del personal del Subsistema Jurídico en temas referentes a la violencia de género y los derechos humanos, la incorporación de la violencia de género como causa grave de responsabilidad en el Estatuto General, la revisión de los planes de estudio y la incorporación de la categoría género en los mismos, así como la reestructuración y el fortalecimiento de la política de prevención, atención y erradicación de la violencia de género, entre otros. Con lo expuesto hasta aquí se puede advertir que tanto algunas de las demandas de las organizaciones estudiantiles, como las recomendaciones realizadas por las académicas y trabajadoras administrativas citadas, se encuentran sustentadas dentro de la normativa universitaria[13].

Imagen 1[14]

            Para argumentar cómo la violencia de género atenta contra los derechos humanos retomamos algunos testimonios de los procesos de denuncia compartidos por mujeres que utilizaron el Protocolo en la investigación referida. A partir de ello podemos identificar elementos presentes en varias de las demandas formuladas por los movimientos de mujeres.

Cuando intenté denunciar, el nuevo abogado me dijo que el problema era yo porque no era posible que hubiera antecedentes en los que yo misma intentaba denunciar a otro hombre.

Varios de mis profes se enteraron de la denuncia que interpuse y me trataban diferente. Hacían comentarios en clases sobre la mala interpretación que muchas estudiantes daban a las acciones de algunos profesores y no querían quedarse a solas conmigo cuando me daban calificaciones.

Las Oficinas Jurídicas no brindan la atención como deberían porque están muy saturadas y hay muy poco personal para atender tantos casos… Me revictimizaron preguntándome si no soy capaz de defenderme.

Tengo miedo de recorrer las instalaciones y tengo delirio de persecución.

Tengo mucho miedo de que mi caso se haga público porque no tengo la fortaleza para enfrentar las violencias que una denuncia, sea pública o no, implica para la denunciante.

Hacer activismo feminista dentro de la Universidad es muy peligroso por eso son muy pocas las mujeres que participan en él… Es muy fuerte escuchar tantos casos de violencia.

Abandoné el proceso de denuncia al mes de iniciarlo porque me sentí revictimizada por las autoridades. La abogada de la Facultad me dijo que la denuncia nunca iba a proceder porque los trabajadores sindicalizados no podían ser tocados… Denunciar a través del Protocolo implica un proceso muy lento y complicado.

En la oficina jurídica me dijeron que no denunciara porque era mucha vuelta ir al MP (Ministerio Público) y luego regresar a la UNAM e ir otra vez.

Me sentí abandonada por la Universidad y he recibido hostigamiento en línea por parte de la comunidad estudiantil.

El profesor me siguió hostigando y me dijo que si continuaba con la denuncia no permitiría que terminara la carrera.

            A partir de lo anterior se puede observar cómo los procesos jurídicos están cargados de vicios a través de la revictimización, las amenazas veladas y evidentes, así como la desestimación de la problemática que se pretendía denunciar, el filtrado de información que debe ser tratada de manera confidencial, el hecho de ser invitadas a no denunciar, la amenaza de no titulación, entre otros. Las consecuencias de esos procesos jurídicos atentan contra el derecho a una vida libre de violencia, el derecho a la educación, el derecho al libre tránsito, por mencionar algunos.

            En la investigación ya referida, de las causales que motivaron la presentación de quejas a partir de la utilización del Protocolo, se destaca el hostigamiento y el acoso sexual. La Legislación Universitaria no contempla la violencia de género como causa grave de responsabilidad. De acuerdo con Annel Tagle et al (2019) esta ausencia representa un reto en términos de la instrumentación y registro de los procedimientos, así como de la determinación de la responsabilidad ya que el desarrollo de estas etapas, sin la mención explícita de las conductas de violencia, supone su invisibilización formal lo que ocasiona un margen de actuación reducido e incluso discrecional[15].

En su toma de posesión para un segundo rectorado, el Doctor Graue indicó que entre los cambios que no pueden esperar está garantizar el respeto a las mujeres, y agregó:

Si hay algún tipo de violencia que no podemos aceptar es el que las universitarias sean acosadas o violentadas en su integridad. Con las medidas implementadas, la realidad se ha hecho visible; hemos avanzado con el Protocolo para la Atención de Casos de Violencia de Género y se han impuesto sanciones, expulsado o rescindido a agresores. Las recientes manifestaciones son el resultado de la justificada indignación ante la vejación histórica de la que han sido víctimas y que ya no están dispuestas a tolerar[16].

            Al cierre de la escritura de estas líneas, el 25 de noviembre —día internacional de la eliminación de la violencia contra la mujer— el rector Graue acordó incrementar el número de Unidades para la Atención a Denuncias (UNAD) e instalar sedes en las cinco facultades de Estudios Superiores (FES Acatlán, Aragón, Iztacala, Zaragoza y Cuautitlán); así como en las direcciones generales de la Escuela Nacional Preparatoria y del Colegio de Ciencias y Humanidades, de igual manera una sede más dará atención de forma itinerante en las Escuelas Nacionales de Estudios Superiores (ENES). Estas nuevas unidades de denuncia comenzarán a operar en su totalidad durante el mes de enero de 2020[17].

            En este sentido, celebramos que las demandas realizadas por las autodenominadas colectivas de mujeres estudiantes hayan sido atendidas en la búsqueda de descentralizar la UNAD, lo que habla del interés institucional por actuar, así como de una postura sensible a escuchar las voces de las estudiantes, ingrediente necesario para comenzar a generar cambios en las conductas institucionales. Confiamos en que esa sensibilidad se traduzca en un cumplimiento real a las promesas.

            A modo de corolario, recordemos que en la historia de las movilizaciones sociales, el feminismo fue el primer espacio en donde se conceptualizó la violencia contra las mujeres como un atentado a los derechos humanos. Como pudimos observar, las protestas estudiantiles de mujeres organizadas mostraron, en primera persona, la problemática de violencia contras las mujeres en la Universidad. Sus acciones, además, hicieron que tanto sus compañeras y compañeros, como las autoridades, voltearan a ver la situación de violencia que se vive. En tal sentido coincidimos con Magali Barreto y Natalia Flores (2016) cuando indican que las estudiantes han sido receptoras de mensajes en las campañas de equidad de género, así como de los programas de estudios, cursos y talleres, pero el lugar como interlocutoras legítimas en esta discusión no les ha llegado por invitación, sino como una conquista[18].

            De esa manera vivimos tiempos de movilizaciones que se traducirán en conquistas a favor de los derechos humanos de las mujeres en la Universidad, sin embargo sigue siendo ineludible incorporar espacios en donde las voces de las y los estudiantes sean escuchadas. Se necesita promover la coparticipación entre las autoridades y la comunidad estudiantil, así como concientizar a esa población acerca del problema de violencia de género en la Universidad porque, como mencionamos en las primeras líneas de este artículo, existe un desinterés generalizado respecto al tema, lo que da cuenta de diversas cuestiones que deben ser atendidas a la brevedad y no esperar a situaciones de conflicto para actuar.

            El rector Graue mencionó que la política institucional para prevenir, atender, sancionar y erradicar casos de violencia de género se creó en favor del acceso real de las mujeres a sus derechos[19], en función de lo anterior compartimos con él el deseo de que este tiempo traiga aires renovados y consciencia para la búsqueda de mejoras en los vínculos universitarios, lo que seguramente se traducirá en su cumplimiento.

Referencias bibliográficas

Acuerdo por el que se establecen políticas institucionales para la prevención, atención, sanción y erradicación de casos de violencia de género en la UNAM, disponible en:

         https://igualdaddegenero.UNAM.mx/wp-content/uploads/2016/08/acuerdo-contra-laviolencia-de-genero.pdf

Barreto, Magali y Flores, Natalia (2016). “Institucionalización, violencia de género y demandas desde la base” en Revista Nómadas, Núm. 44, Universidad Central, Colombia, pp. 201-218.

Cervio, Ana Lucía y Guzmán Romero, Anvy (2017). “Los recursos expresivos en la protesta social. El caso del acampe villero en Buenos Aires”, en Iberofórum. Revista de Ciencias Sociales de la Universidad Iberoamericana, año XII, núm. 23, enero-junio de 2017, Universidad Iberoamericana, México, pp. 36-64. Disponible en: https://ibero.mx/iberoforum/23/pdf/ESPANOL/2_NOTAS_PARA_EL_DEBATE_IBEROFORUM_NO_23.pdf

Estatuto General de la UNAM, disponible en:

http://abogadogeneral.unam.mx/legislacion/abogen/documento.html?doc_id=1

Guzmán Romero, Anvy (2019). El Protocolo para la atención de casos de violencia de género en la UNAM. Una revisión de su impacto entre las y los estudiantes de Ciudad Universitaria a tres años de su puesta en marcha, investigación del Programa Universitario de Derechos Humanos PUDH-UNAM, disponible en:

         http://www.pudh.unam.mx/investigacion_pudh_protocolo_atencion_violencia_genero_unam.html

Lineamientos generales para la igualdad de género en la UNAM, disponible en: http://abogadogeneral.unam.mx/igualdad.pdf

Oficina de la Abogacía General (2019). El Protocolo para la atención de casos de violencia de género en la UNAM. Hacia una política integral con un enfoque de género, México, Universidad Nacional Autónoma de México. Disponible en: https://igualdaddegenero.unam.mx/el-protocolo-para-la-atencion-de-casos-de-violencia-de-genero-en-la-unam/

Protocolo para la atención de casos de violencia de género en la UNAM, disponible en:

            http://www.abogadogeneral.UNAM.mx/sites/default/files/archivos/Protocoloviolencia-genero.pdf

[1] Fragmento del poema “Ni una más”.

[2] Destacamos los Lineamientos generales para la igualdad de género en la UNAM, que fueron el punto de partida para dichas políticas institucionales, disponible en: http://abogadogeneral.unam.mx/igualdad.pdf. De igual manera el Acuerdo por el que se establecen políticas institucionales para la prevención, atención, sanción y erradicación de casos de violencia de género en la UNAM, disponible en:

https://igualdaddegenero.UNAM.mx/wp-content/uploads/2016/08/acuerdo-contra-laviolencia-de-genero.pdf. Y por último, el Protocolo para la atención de casos de violencia de género en la UNAM, disponible en: http://www.abogadogeneral.UNAM.mx/sites/default/files/archivos/Protocoloviolencia-genero.pdf

[3] Véase: http://www.pudh.unam.mx/investigacion_pudh_protocolo_atencion_violencia_genero_unam.html

[4] En adelante el Protocolo.

[5] Véase el Protocolo para la atención de casos de violencia de género en la UNAM, pp. 3 disponible en: http://www.abogadogeneral.unam.mx/sites/default/files/archivos/protocolo-violencia-genero.pdf

[6] Véase la tabla 3, p. 19, disponible en: http://www.pudh.unam.mx/investigacion_pudh_protocolo_atencion_violencia_genero_unam.html

[7] Otros espacios universitarios que registraron tomas de planteles, paros, asambleas o tendederos de denuncia fueron: las Facultades de Estudios Superiores (FES) de Cuautitlán, Iztacala y Aragón; las Escuelas Nacionales Preparatorias (ENP) 3, 6, 7, 8, 9; el Colegio de Ciencias y Humanidades (CCH) Azcapotzalco; la Escuela Nacional de Estudios Superiores (ENES) Morelia.

[8] Son recursos expresivos los cantos, las consignas, las pancartas, los murales, las pintas, que acompañan y configuran la manifestación conflictual. Junto con las demandas, las redes de conflicto y las valoraciones simbólicas que se ponen en juego en todo episodio de protesta, los recursos expresivos son potentes analizadores estratégicos de la acción colectiva. Se les conceptualiza como vehículos de sentido y mensajes con sentido, pues anudan las demandas de identidad colectiva con las demandas de visibilidad conflictual. Estos recursos no sólo colaboran en la configuración de procesos identitarios vinculados con un “nosotros compartido”, sino que también construyen audiencias delimitando, elaborando y distribuyendo socialmente el sentido de la acción. Véase Ana Lucía Cervio y Anvy Guzmán (2017). “Los recursos expresivos en la protesta social. El caso del acampe villero en Buenos Aires”, disponible en: https://ibero.mx/iberoforum/23/pdf/ESPANOL/2_NOTAS_PARA_EL_DEBATE_IBEROFORUM_NO_23.pdf

[9] Véase el Boletín UNAM-DGCS-814, Ciudad Universitaria, del 19 de noviembre de 2019, 10:00 horas, disponible en: https://www.dgcs.unam.mx/boletin/bdboletin/2019_814.html

[10] Véase: https://m.facebook.com/story.php?story_fbid=454893958352635&id=116618935513474

[11] El artículo 95 indica las causas graves de responsabilidad, el 98 las sanciones que podrán imponerse en los casos que no tengan expresamente señalada una pena, y el 99 refiere a la conformación del Tribunal Universitario. Véase: http://abogadogeneral.unam.mx/legislacion/abogen/documento.html?doc_id=1

[12] Disponible en: https://igualdaddegenero.unam.mx/el-protocolo-para-la-atencion-de-casos-de-violencia-de-genero-en-la-unam/

[13] Destacamos los artículos quinto y décimo de los Lineamientos Generales para la Igualdad de Género. Para mayores referencias véase: http://abogadogeneral.unam.mx/igualdad.pdf

[14] Facultad de Ingeniería. Imagen retomada de Colectiva Aysel Denuncias Facmed el día 12 de noviembre, disponible en: https://www.facebook.com/colectivaaysel/photos/a.105494994148944/164169051614871/?type=3&theater

[15] Véase Oficina de la Abogacía General (2019). El Protocolo para la atención de casos de violencia de género en la UNAM. Hacia una política integral con un enfoque de género, México, Universidad Nacional Autónoma de México, p. 47. Disponible en: https://igualdaddegenero.unam.mx/el-protocolo-para-la-atencion-de-casos-de-violencia-de-genero-en-la-unam/

[16] Véase el video de la toma de posesión del día 19 de noviembre, disponible en:  https://www.youtube.com/watch?v=5NSst5VKI04

[17] Véase el Boletín UNAM-DGCS-833, Ciudad Universitaria, del 26 de noviembre de 2019, 06:00 horas, disponible en: https://www.dgcs.unam.mx/boletin/bdboletin/2019_833.html

[18] Véase: Magali Barreto y Natalia Flores (2016). “Institucionalización, violencia de género y demandas desde la base” en Revista Nómadas, Núm. 44, Universidad Central, Colombia, pp. 201-218.

[19] Graue, Enrique (2019). “Presentación” en Oficina de la Abogacía General, El Protocolo para la atención de casos de violencia de género en la UNAM. Hacia una política integral con un enfoque de género, Universidad Nacional Autónoma de México, p. 9, disponible en: https://igualdaddegenero.unam.mx/el-protocolo-para-la-atencion-de-casos-de-violencia-de-genero-en-la-unam/