Revista Universitaria de Derechos Humanos Año 1, Núm. 1, Enero-Junio 2026

Evaluar los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales de las personas adultas mayores en México: un enfoque para su medición

Maria Julia Arriaga Estrada

Consultora en el Programa Universitario de Derechos Humanos de la Universidad Nacional Autónoma de México

RESUMEN: El presente artículo se encuentra inspirado en la Investigación sobre los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales (DESCA) de las personas adultas mayores, de autoría propia, realizado por financiamiento del Programa Universitario de Derechos Humanos de la Universidad Nacional Autónoma de México (PUDH-UNAM). Este artículo presenta una síntesis de los principales estándares en materia de derechos económicos, sociales, culturales y ambientales (DESCA) de las personas adultas mayores, así como los criterios de política pública para su garantía. El propósito es identificar un conjunto de indicadores para su valoración y reflexión en el contexto mexicano. Los resultados muestran que, aunque en México se han logrado avances significativos en la garantía de los DESCA de las personas adultas mayores, persisten importantes desafíos para asegurar su pleno ejercicio en condiciones de igualdad y no discriminación. Estos desafíos son especialmente evidentes entre los agentes y funcionarios públicos encargados de atender a esta población. Entre los principales retos se encuentran la reducción de la pobreza extrema entre las personas adultas mayores, el acceso a la alimentación, la generación de oportunidades laborales inclusivas con salarios competitivos, y las mejoras en la vivienda y el acceso a servicios básicos como agua potable, drenaje y recolección de basura. Todo esto debe abordarse con un enfoque de género que promueva una distribución equitativa de las labores domésticas.

 

ABSTRACT: This article presents a synthesis of the main standards regarding the economic, social, cultural, and environmental rights (DESCA) of older adults, as well as the public policy criteria for their guarantee. The purpose is to identify a set of indicators for their assessment and reflection in the Mexican context. The results show that, although significant progress has been made in Mexico in guaranteeing the DESCA of older adults, important challenges remain to ensure their full exercise under conditions of equality and non-discrimination. These challenges are especially evident among the agents and public officials responsible for attending to this population. Among the main challenges are the reduction of extreme poverty among older adults, access to food, the generation of inclusive job opportunities with competitive salaries, and improvements in housing and access to basic services such as drinking water, drainage, and garbage collection. All of this must be addressed with a gender approach that promotes an equitable distribution of domestic tasks.

 

Palabras clave: Personas adultas mayores, discriminación, derechos económicos sociales y culturales, enfoque de derechos humanos, indicadores, corpus juris.

 

Keywords: Older adults, Discrimination, Economic, social, and cultural rights, Human rights approach, Indicators, corpus juris, soft law.

 

Sumario: Introducción. 1. Sustento normativo de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales de la población en general y de las personas adultas mayores. 2. Enfoque y metodología implementada para la evaluación del cumplimiento y seguimiento de los DESCA de las personas adultas mayores. 3. Estándares y criterios de política pública para la garantía de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales de las personas mayores. 4. Medición de los DESCA de las personas adultas mayores en México y sus principales hallazgos. 5. Del conocimiento actual a los desafíos por resolver. 6. Referencias bibliográficas.

 

“Los derechos humanos no se violan solo por el terrorismo, represión o asesinato, sino por estructuras económicas injustas que crean enormes desigualdades”.—Papa Francisco

1. Introducción

Si bien todos los derechos y libertades deben garantizarse para todas las personas, resulta fundamental considerar los desafíos asociados a la dinámica demográfica, en particular el envejecimiento poblacional y la necesidad de eliminar la discriminación por edad en la vejez. Se entiende por envejecimiento: “Proceso gradual que se desarrolla durante el curso de vida y que conlleva cambios biológicos, fisiológicos, psico-sociales y funcionales de variadas consecuencias, las cuales se asocian con interacciones dinámicas y permanentes entre el sujeto y su medio.” Por otra parte, se entiende por Discriminación por edad en la vejez: “Cualquier distinción, exclusión o restricción basada en la edad que tenga como objetivo o efecto anular o restringir el reconocimiento, goce o ejercicio en igualdad de condiciones de los derechos humanos y libertades fundamentales en la esfera política, económica, social, cultural o en cualquier otra esfera de la vida pública y privada.” (CIDH 2015, Art.2 Definiciones).

 

De acuerdo con las proyecciones del Consejo Nacional de Población (CONAPO) para 2025, en México la población de 60 años y más alcanzará los 17.1 millones de personas, lo que equivale a que 13 de cada 100 habitantes serán adultos mayores. Se estima que para 2050 esta cifra aumentará a cerca de 35.5 millones, representando así el 24.1% de la población total. A largo plazo, la situación se tornará aún más apremiante, ya que hacia 2070 se prevé que la población adulta mayor ascienda a aproximadamente 48.4 millones de personas, lo que implicará que 34 de cada 100 habitantes pertenecerán a este grupo etario. Poblaciones a mitad de año, 1950-2070. (CONAPO 2025).

 

Este artículo tiene como objetivo presentar de manera sintetizada una propuesta para la evaluación de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales (DESCA) de las personas adultas mayores, que ha sido desarrollada en el marco del estudio titulado "Investigación sobre los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales (DESCA) de las personas adultas mayores". Dicho estudio propone un modelo de medición basado en un enfoque de derechos humanos.

 

Esta investigación, finalizada en enero de 2025 y actualmente en proceso de revisión, busca establecer criterios para la formulación de políticas públicas orientadas a la protección y garantía de los derechos de la población adulta mayor. Asimismo, propone una medición preliminar del caso mexicano a partir de indicadores cuantitativos obtenidos exclusivamente de fuentes oficiales.

 

La estructura de este artículo se ha diseñado con el propósito de responder a la siguiente pregunta de investigación: ¿Por qué y cómo medir el nivel de cumplimiento de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales de las personas adultas mayores en México?

 

Para abordar la pregunta de investigación, primero se presenta un panorama general del marco normativo que garantiza los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales (DESCA), destacando sus particularidades en relación con la población adulta mayor. En cuanto al "cómo", la segunda sección describe el enfoque conceptual y la metodología empleada en la investigación. La tercera sección ofrece un resumen de los estándares y criterios fundamentales que los Estados deberían adoptar como referencia para la formulación, implementación y evaluación de políticas públicas desde un enfoque basado en derechos humanos. Al traducir estos estándares en indicadores, la cuarta sección sintetiza los principales hallazgos de la investigación que sustentan este estudio. Finalmente, se examinan los aspectos evaluados, aquellos susceptibles de seguimiento y las áreas aún pendientes de exploración, con el objetivo de fomentar nuevas investigaciones en la materia.

 

2. Sustento normativo de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales de la población en general y de las personas adultas mayores

El fundamento normativo para asegurar la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales de toda persona se encuentra en la Declaración Universal de Derechos Humanos, particularmente en su artículo 22, que destaca esta necesidad (ONU 1948).

 

El Artículo 2 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales establece que los Estados se comprometen a adoptar medidas, especialmente económicas y técnicas, utilizando al máximo los recursos disponibles y las medidas legislativas, para lograr la plena efectividad de estos derechos. Esto debe hacerse sin discriminación alguna, asegurando igualdad de condiciones para todas las personas (ONU 1966).

 

A nivel regional, la Convención Americana sobre Derechos Humanos reitera el compromiso de los Estados de adoptar las medidas legislativas necesarias, conforme a sus procedimientos constitucionales, para hacer efectivos los derechos económicos, sociales y culturales, así como sus libertades (CIDH 2025, Art. 26).

 

Por su parte, el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de derechos económicos, sociales y culturales, conocido comúnmente como “Protocolo de San Salvador”, es el instrumento vinculante que reitera el compromiso de los Estados de adoptar medidas, especialmente económicas y técnicas, utilizando al máximo los recursos disponibles, a fin de lograr progresivamente, de conformidad con su legislación interna, la plena efectividad de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales. Cabe mencionar que el Artículo 17 de este Protocolo ordena la protección de las personas adultas mayores (CIDH 1988).

 

Después de haber apuntado las normas y principios de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales (en adelelante: DESCA) que aplican a todas las personas, es preciso destacar el sustento normativo en el corpus juris del Derecho Internacional de los Derechos Humanos en relación con los DESCA de las personas adultas mayores.

 

En el sistema universal de derechos humanos, hasta la fecha, no existe un instrumento vinculante que garantice específicamente los derechos humanos de las personas adultas mayores. Sin embargo, en América Latina y el Caribe (en adelante: “la Región”), desde 2015 se promulgó la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, la cual es vinculante para México desde abril de 2023. Esta Convención establece normativamente las obligaciones respecto a los DESCA de las personas adultas mayores.

 

Cabe mencionar que el corpus juris, además de estar compuesto por instrumentos internacionales sustantivos, incluye diversos efectos jurídicos, tales como tratados, convenios, resoluciones y declaraciones. Estos forman parte del soft law, ya que carecen de fuerza legal obligatoria, pero tienen un impacto significativo en la formulación y aplicación de políticas públicas y leyes (Corte IDH 2022, 22). Entre estos instrumentos, destacan en el ámbito universal la Declaración Política y el Plan de Acción Internacional de Madrid sobre el Envejecimiento, promulgados en 2002. En el ámbito regional, sobresalen las Declaraciones de Brasilia, del Compromiso de Puerto España, de Asunción y, más recientemente, de Santiago.

 

Igualmente, importantes son los documentos precedentes desarrollados por la Organización de las Naciones Unidas, tales como el Plan de Acción Internacional de Viena sobre el Envejecimiento de 1982, los Principios de las Naciones Unidas en favor de las Personas de Edad de 1991 y la Proclamación sobre el Envejecimiento de 1992. Por su parte, la CEPAL ha desempeñado un papel central en el desarrollo de la Estrategia Regional de Implementación para América Latina y el Caribe del Plan de Acción Internacional de Madrid sobre el Envejecimiento, formulada en 2003, y la Carta de San José sobre los Derechos de las Personas Mayores de América Latina y el Caribe desde 2012.

 

Adicionalmente, es necesario considerar la información desarrollada por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Este órgano, facultado para supervisar la aplicación del Pacto que sustenta dichos derechos, interpreta la aplicación de los componentes y elementos esenciales de estos derechos, particularmente concentrados en su Observación General número 6 dedicada a la población adulta mayor.

 

Además, es fundamental revisar el desarrollo y las aportaciones en la materia que surgen de otros mecanismos tanto del sistema universal como del interamericano. Esto incluye las recomendaciones de los informes anuales de la Experta Independiente sobre los derechos humanos de las personas de edad de las Naciones Unidas, así como el informe emitido en 2023 por la Relatoría sobre los Derechos de las Personas Mayores del Sistema Interamericano.

 

Una contribución significativa proviene del Centro Latinoamericano y Caribeño de Demografía (CELADE), una división de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), cuyo trabajo se centra en el análisis de la dinámica demográfica y su vínculo con el desarrollo económico y social, con especial énfasis en el estudio del envejecimiento poblacional.

 

Lo anterior constituye la base para la identificación de estándares y directrices en materia de derechos humanos, que sirven como fuente de información para la sistematización de lo que se ha denominado “criterios de política pública” o simplemente “criterios” que se presentan en la investigación citada. Al hablar de criterios, se hace referencia a las conceptualizaciones que clarifican los componentes de los derechos humanos, desarrollados a partir de las justificaciones del corpus juris del derecho internacional de los derechos humanos, el cual incluye la normativa, la jurisprudencia y la doctrina de los sistemas universal e interamericano (Arriaga 2024, 3). Entendiendo por estándar “…al conjunto de pautas, principios y reglas orientadoras que constituyen la base sobre la cual se fija el contenido de los compromisos asumidos por los Estados en materia de derechos sociales y que fijan un corpus que permite no solo desarrollar con precisión el alcance de las obligaciones concernientes al derecho social en cuestión, sino que también aporta elementos comunes en los procesos de verificación de cumplimiento, fiscalización y evaluación de las políticas y acciones que se han adoptado para la satisfacción de tales derechos (Pautassi Laura, 2010)” (Pérez 2024, 5).

 

3. Enfoque y metodología implementada para la evaluación del cumplimiento y seguimiento de los DESCA de las personas adultas mayores.

La metodología de la investigación a la que se refiere este artículo emplea el enfoque basado en derechos humanos como marco conceptual. Se trata de un marco conceptual integral necesario para la garantía de los derechos humanos, que ha sido recomendado por la Experta Independiente sobre los derechos humanos de las personas mayores en 2021 (ONU-EI 2021, 77) y recientemente, por la Dra. Montes de Oca, consultora de la CEPAL (2024, 9), para diseñar e implementar políticas públicas que sitúen a las personas mayores en el centro de las acciones del Estado.

 

Desde 2017, la maestra Pérez ha destacado este enfoque como un eje fundamental en la formulación de políticas públicas, aportando elementos clave en cuanto a sus objetivos, contenidos, procesos de gestión, estructura institucional y la incorporación de la ciudadanía. Esta perspectiva tiene como propósito consolidar una cultura basada en los derechos, en la que las y los servidores públicos actúen con conciencia y coherencia respecto a su responsabilidad gubernamental, mientras que la población cuente con los conocimientos y herramientas necesarias para identificar, ejercer y exigir el cumplimiento de sus derechos de manera activa (Pérez 2017).

 

En esta investigación, se consideró pertinente complementar el enfoque previamente mencionado con una metodología basada en indicadores, utilizada de manera consistente en diversos instrumentos del Sistema Interamericano para evaluar el cumplimiento de los derechos humanos. Esta metodología se estructura en tres categorías conceptuales: (i) recepción del derecho, (ii) contexto financiero y compromiso presupuestario, y (iii) capacidades estatales. Asimismo, incorpora tres principios transversales: (iv) igualdad y no discriminación, (v) acceso a la justicia y
(vi) acceso a la información y participación. De este modo, los estándares y criterios en los que se fundamenta garantizan una integración coherente con el enfoque basado en derechos humanos.

 

Con el propósito de organizar la información contenida en el sustento normativo mencionado en el apartado anterior, la clasificación de los estándares y criterios se realiza a partir de los tres principios transversales ya señalados y las cuatro categorías que se describen a continuación:

 

Armonización legislativa y normativa

Esta categoría implica el compromiso explícito del Estado en la formulación y adaptación de regulaciones que no solo reconozcan, sino que también garanticen el cumplimiento equitativo de todos los derechos humanos, en conformidad con los tratados internacionales. La relevancia de este compromiso radica en la capacidad del marco legal para respaldar la exigibilidad de cada derecho reconocido.

 

Normas y principios rectores basados en derechos humanos

Esta categoría establece un conjunto de principios fundamentales orientados a la protección efectiva de los derechos humanos, asegurando que las disposiciones normativas se traduzcan en acciones concretas y aplicables que salvaguarden la dignidad humana. Dichos principios incluyen la disponibilidad, el acceso, la adaptabilidad y la calidad de los servicios y derechos garantizados.

 

Institucionalidad y capacidades estatales

El respeto y garantía de los derechos humanos requieren la consolidación de capacidades estatales concretas. En este sentido, el Estado debe diseñar e implementar políticas públicas efectivas, sustentadas en una infraestructura institucional robusta, con autoridad explícita, recursos financieros y humanos adecuados, así como mecanismos eficientes de supervisión y cumplimiento.

 

Programas y medidas

Esta última categoría se refiere a la implementación de programas y estrategias específicas por parte del Estado, orientadas a garantizar de manera integral el ejercicio efectivo de los derechos humanos para toda la población.

 

4. Estándares y criterios de política pública para la garantía de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales de las personas mayores

En esta sección se presenta un conjunto de estándares internacionales derivados del corpus juris de derechos humanos, los cuales establecen los componentes esenciales de diversos derechos aplicables a la población adulta mayor, tales como el derecho a la alimentación, la salud, el trabajo, los derechos sindicales, la seguridad social, la educación, la cultura, el medio ambiente, la vivienda y el cuidado.

 

La organización de estos estándares se complementa con los criterios mencionados en secciones anteriores, conformando un conjunto de directrices amplias para la planificación de políticas públicas nacionales. Dichas directrices sirven para construir un piso mínimo para garantizar los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (DESCA) de la población adulta mayor, estableciendo así una base para su medición en el contexto mexicano. Se recomienda la revisión del estudio completo de donde se desprende este artículo para un conocimiento integral de estos estándares y criterios (Arriaga 2025, Apartado III Secciones B, C y D).

 

Entre los estándares y criterios esenciales más relevantes en cuanto a los principios transversales para garantizar los DESCA de las personas adultas mayores, se destaca la importancia del principio de igualdad y no discriminación como un factor esencial para el ejercicio pleno de los derechos humanos de este grupo. Es fundamental que el Estado cumpla con los compromisos establecidos en la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, particularmente en los artículos 4º y 5º. Se subraya, además, la necesidad de combatir el edadismo y la discriminación por edad, prácticas que vulneran los derechos de las personas mayores y conducen a otras violaciones. Se entiende por edadismo: “El edadismo surge cuando se utiliza la edad para clasificar y dividir a las personas de una forma que comporta un daño, desventaja o injusticia, y que erosiona la solidaridad intergeneracional. (...) El edadismo es un fenómeno social polifacético que la Organización Mundial de la Salud (OMS) define como los estereotipos, los prejuicios y la discriminación contra otras personas o autoinfligido por razones de edad...”. (OPS 2021, 2). La Convención señala que la marginación y la exclusión afectan tanto las identidades sociales como personales, fomentando la discriminación por edad. Por tanto, el Estado debe asegurar que la legislación contemple una definición amplia de discriminación, que considere la discriminación múltiple e interseccional, evitando cualquier justificación que perpetúe prejuicios.

 

Es esencial garantizar la participación activa de las personas adultas mayores en la familia, la comunidad y la sociedad, promoviendo su involucramiento en la planificación, formulación y evaluación de políticas públicas, programas y presupuestos, así como en los procesos de consulta y rendición de cuentas. Especial atención debe prestarse a la inclusión de las mujeres adultas mayores en estos procesos, para evitar su exclusión en el ejercicio de sus derechos humanos. Asimismo, es necesario fomentar la participación de las personas mayores en actividades intergeneracionales, permitiéndoles compartir sus conocimientos, valores y habilidades. Se debe también promover su integración en mercados laborales inclusivos y en actividades educativas, culturales y recreativas, favoreciendo la adopción de sistemas de cuidado comunitarios en lugar de la institucionalización. Adicionalmente, se debe propiciar la inclusión digital y la participación de las personas mayores en la gestión de crisis climáticas y desastres. Finalmente, se debe valorar las contribuciones de las personas mayores al desarrollo de las familias y las comunidades, reconociendo su experiencia en la protección del medio ambiente y la recuperación de desastres, asegurando su participación en decisiones sobre la explotación de recursos públicos.

 

En cuanto al principio de acceso a la información, los hallazgos resaltan la obligación del Estado de garantizar el derecho de las personas mayores al consentimiento previo, libre e informado en intervenciones médicas y cuidados paliativos. También se enfatiza la importancia de la educación sobre patologías, así como el acceso a información relacionada con la salud y nutrición, y la necesidad de proporcionar acceso a las tecnologías de la información y la comunicación, abordando la difusión de información inexacta o pseudocientífica. Es crucial establecer un sistema de información que incluya indicadores específicos para monitorear la situación de las personas mayores, además de prepararlas para enfrentar emergencias mediante planes de evacuación adecuados.

 

El principio de acceso a la justicia exige que los Estados garanticen a las personas mayores un recurso efectivo frente a violaciones de sus derechos humanos, proporcionándoles protección y acceso rápido a servicios sociales y jurídicos. Esto implica un trato preferencial en la tramitación de casos, la promoción de mecanismos alternativos de resolución de conflictos y la capacitación del personal judicial y de seguridad en relación con los derechos de las personas mayores. Es fundamental contar con jueces competentes e imparciales que aseguren que las personas mayores sean escuchadas de manera justa y en plazos razonables, con ajustes procesales adecuados para evitar la discriminación por edad. Asimismo, se debe penalizar el abuso, maltrato, explotación y discriminación contra este grupo, promoviendo mecanismos de denuncia y ofreciendo acceso a recursos legales y reparación. Es igualmente crucial prevenir y sancionar el trato médico inadecuado y los abusos en instituciones de cuidado. En lo que respecta a las mujeres mayores, se deben tomar medidas para abordar las desigualdades de género que agravan su vulnerabilidad y aumentan los riesgos de violencia. Es necesario fortalecer la legislación, administración y formación del personal para garantizar el acceso equitativo a la justicia, crear espacios seguros y promover la visibilidad de los derechos de las personas mayores.

 

Los estándares y criterios identificados en relación con las normas y políticas públicas destacan la imperiosa necesidad de que el Estado implemente medidas en las cuatro áreas clave abordadas a continuación:

 

En cuanto a la armonización legislativa y normativa, se identifica la necesidad de revisar y modificar leyes y prácticas discriminatorias que afectan a las personas mayores, como la exclusión de servicios esenciales, la negación de nutrición o la segregación en el acceso a salud, educación, seguridad social y otros servicios. Es fundamental promover leyes que protejan a las personas mayores, especialmente a las mujeres, de la discriminación por edad, así como erradicar prácticas consuetudinarias perjudiciales. También se deben regular las prácticas de explotación comercial que afectan a este grupo, reconocer su trabajo no remunerado en el sistema de protección social y fomentar su inclusión laboral, incluso después de la jubilación, mediante marcos legales flexibles en cuanto a jornada laboral y edad de jubilación. Es esencial proteger a las personas mayores en instituciones de salud y servicios de cuidado a largo plazo, garantizando que los responsables respondan legalmente por maltratos. Además, se requiere una reforma de los sistemas de pensiones que aborden cuestiones de género y compensen el trabajo de cuidado no remunerado. También se deben reconocer los derechos de las personas mayores migrantes y mejorar los marcos jurídicos nacionales y subnacionales para garantizar sus derechos, incorporando enfoques de derechos humanos, género e interculturalidad, y protegiendo a los mayores en situaciones de desastre.

 

Los hallazgos sobre la disponibilidad de servicios y bienes esenciales subrayan la necesidad de garantizar el acceso de las personas adultas mayores a una alimentación adecuada, atención médica especializada, medicamentos esenciales y servicios de salud integrales, incluidos cuidados paliativos. Es crucial proporcionar servicios accesibles, tanto física como económicamente, y fomentar el acceso equitativo a agua potable, saneamiento y energía renovable. Asimismo, se debe crear un entorno urbano y rural que favorezca su participación activa en la sociedad, promoviendo su acceso a actividades educativas, culturales, recreativas y laborales. También es esencial garantizar el acceso a vivienda adecuada, recursos económicos y servicios de asistencia domiciliaria y cuidado a largo plazo, reconociendo y apoyando el trabajo de cuidado no remunerado, especialmente en mujeres mayores. Además, se requiere adaptar los espacios y servicios a sus necesidades cambiantes, asegurando que puedan vivir en entornos seguros y adecuados a sus capacidades.

 

En cuanto a la institucionalidad y capacidades estatales, los hallazgos enfatizan la necesidad de fortalecer los servicios médicos y sociales especializados, como la atención preventiva y curativa, los cuidados paliativos y la atención a enfermedades crónicas y degenerativas. Es fundamental implementar planes de salud enfocados en el envejecimiento, proporcionando diagnósticos y tratamientos tempranos. Además, se requiere un sistema integral de cuidados que incluya atención domiciliaria, cuidados a largo plazo y servicios de salud mental, con personal especializado y programas de capacitación. El fortalecimiento de la seguridad social y la inclusión de las personas mayores en los sistemas de protección social, pensiones y apoyos económicos son fundamentales, especialmente para quienes carecen de ingresos.

 

Es esencial desarrollar políticas públicas intersectoriales que aborden la salud, la prevención y atención de enfermedades en todas las etapas de la vida, así como los cuidados paliativos y la rehabilitación, promoviendo un envejecimiento activo y saludable. Estas políticas deben fomentar un estilo de vida productivo, el acceso a empleo digno e inclusión laboral de las personas mayores, con un enfoque especial en la igualdad de oportunidades y la protección social de las mujeres.

 

Finalmente, los programas deben abordar las necesidades alimentarias, nutricionales y de salud de las personas mayores, incluyendo prevención, atención, rehabilitación, cuidados físicos y mentales, así como acceso a medicamentos y ayudas técnicas. Es esencial promover la reintegración laboral de las personas mayores, con formación y prevención de accidentes. Además, deben desarrollarse programas educativos sobre envejecimiento e inclusión digital, y fomentar su participación en actividades recreativas y culturales. Se debe adaptar la vivienda para el envejecimiento, mejorar la protección social y asegurar recursos para el cuidado, especialmente en casos de deterioro cognitivo y cuidados paliativos. También es necesario ofrecer apoyo a las familias cuidadoras y programas de autoayuda entre mayores, investigar la brecha digital y combatir las violencias dirigidas a esta población.

 

 

5. Medición de los DESCA de las personas adultas mayores en México y sus principales hallazgos

Este apartado expone los hallazgos clave derivados de una revisión inicial relevante del Apartado IV de la Investigación sobre los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales (DESCA) de las personas adultas mayores, simplificando la presentación de los datos (Arriaga, 2025), aunque no exhaustiva, de indicadores que proporcionan información sólida y confiable sobre los esfuerzos del Estado mexicano para garantizar los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales de la población adulta mayor. Las fuentes consultadas refieren principalmente al Sistema Nacional de Evaluación de Derechos Humanos (SNEDH), que incluye 60 indicadores cuantitativos y 9 cualitativos —que forman parte del último informe que rinde cuentas al Grupo de Trabajo del Protocolo de San Salvador—, algunos de los cuales se han retomado en este análisis. También se han considerado indicadores basados en datos obtenidos por el INEGI a través de la Encuesta Nacional sobre Discriminación (ENADIS).

 

Es relevante destacar que la información presentada debe interpretarse de manera crítica, ya que las variaciones observadas o las aparentes "mejoras" pueden estar influenciadas por el alto índice de mortalidad registrado en la población adulta mayor hacia 2022. De acuerdo con el INEGI, el 65.2% de las muertes atribuidas al COVID-19 correspondieron a este grupo etario, lo que equivale a 25,109 fallecimientos. En el mismo año, la población de 65 años o más concentró el mayor número de defunciones, acumulando 497,488 muertes, lo que representa el 58.7% de los 847,716 decesos totales registrados, siendo este el grupo de edad con las tasas específicas de defunción más altas por cada 100 mil habitantes (5,995 y 4,714, respectivamente) entre 2021 y 2022.

 

El Cuadro 1 presenta la medición de 14 indicadores. Para facilitar su interpretación, se han incluido dos columnas que reflejan la variación de la información en términos relativos y absolutos, acompañadas de símbolos y una codificación de colores basada en un sistema de semaforización. El análisis del comportamiento de cada indicador se realizará con base en la clave correspondiente, ubicada en la primera columna.

 

Cuadro 1. Concentrado de indicadores sobre DESCA de la población adulta mayor en México

 

Notas:
a) La información corresponde a la población de 65 años y más, salvo en el caso del penúltimo indicador (clave SSdP02a), que se refiere a las personas de 60 años y más.
b) Con el fin de facilitar la consulta, se incluye la clave utilizada para clasificar los indicadores dentro del Sistema Nacional de Evaluación de Derechos Humanos.
c) La denominación del indicador ha sido abreviada en el cuadro; no obstante, los porcentajes, tasas y cobertura corresponden a la población de 65 años y más.
d) Para una correcta interpretación de los datos, en la columna “Unidad” se especifica si la información se presenta en miles o millones de personas, o bien, en el número de horas semanales promedio.
e) La brecha en el tiempo semanal dedicado a los quehaceres domésticos se calcula con base en la diferencia entre las horas promedio que los hombres y las mujeres destinan a estas actividades. En el apartado de población, se indica el tiempo promedio semanal que las mujeres de 60 años y más dedican a las tareas domésticas.
f) En 2020 se recopiló por primera vez la información correspondiente al indicador ZiP02. Una vez que se disponga de datos para otro año, será posible estimar su variación.
Fuente: Elaboración propia con información del Sistema Nacional de Evaluación de Derechos Humanos. (SEGOB, s.f).

 

Garantizar el acceso a la alimentación constituye una prioridad fundamental para el Estado mexicano, requiriendo una atención inmediata. En este sentido, el indicador AaR02n evidencia avances significativos en el periodo 2016-2022, reflejados en la disminución del porcentaje de personas adultas mayores en situación de carencia alimentaria del 20% al 15%. No obstante, esta problemática persiste, ya que, en 2022, cerca de 2 millones de personas de 65 años o más seguían enfrentando esta condición, lo que subraya la necesidad de fortalecer las políticas públicas para su erradicación.

 

La reducción de la pobreza extrema en la población adulta mayor representa un desafío crucial, dado que cualquier forma de privación — como ingresos insuficientes para cubrir la canasta básica y la presencia de al menos tres carencias sociales (rezago educativo, acceso limitado a servicios de salud, falta de seguridad social, condiciones inadecuadas de vivienda y deficiencias en la alimentación) — vulnera sus derechos económicos, sociales, culturales y ambientales. En este contexto, el indicador AaR05b muestra una disminución significativa de casi cuatro puntos porcentuales; sin embargo, para 2022, alrededor de 602 000 personas mayores seguían en situación de pobreza extrema, lo que resalta la urgencia de diseñar estrategias más eficaces para combatir esta condición.

 

Desde una perspectiva educativa, el acceso insuficiente o la falta de conclusión de los niveles educativos obligatorios constituye un rezago significativo que limita el ejercicio pleno de diversos derechos humanos. El indicador EaR06n muestra una disminución porcentual del rezago educativo; sin embargo, en términos absolutos, la problemática ha aumentado. Mientras que en 2016 se registraban 5.4 millones de personas en esta situación, en 2022 la cifra ascendió a 5.8 millones.

 

En cuanto a la población alfabetizada hablante de lengua indígena de 65 años y más, el indicador EdR04a evidencia un avance relevante en el transcurso de una década. La proporción de personas mayores que completaron la educación primaria pasó del 5.8% en 2010 al 10.5% en 2020, lo que equivale a un incremento de aproximadamente 55,500 personas. Este progreso puede interpretarse como un logro en términos de movilidad intergeneracional educativa o como una mejora en la preservación y el aprendizaje de lenguas indígenas entre las nuevas generaciones. No obstante, para determinar con precisión las causas subyacentes, se requiere un análisis más profundo que excede los alcances de este estudio.

 

En materia laboral, resulta esencial examinar la tasa de desocupación en este grupo etario. Según el indicador TaR02a, este porcentaje ha presentado variaciones constantes a lo largo del tiempo, manteniéndose en aproximadamente 33 000 personas. Este dato refleja el número de adultos mayores que, pese a no contar con empleo, se encontraban en búsqueda activa de trabajo.

 

Asimismo, el indicador TaR05a muestra un incremento de 8 puntos porcentuales en la proporción de personas adultas mayores que perciben ingresos inferiores a dos salarios mínimos entre 2017 y 2021. Como se muestra en el Cuadro 1, en 2021 más de dos millones de adultos mayores empleados se encontraban en esta situación, lo que evidencia una condición de precariedad laboral que debe ser considerada en el diseño de políticas públicas dirigidas a este sector.

 

Por otro lado, el indicador UaR01 muestra la evolución de la tasa de sindicalización entre trabajadores subordinados y remunerados de 65 años o más, la cual ha experimentado un incremento progresivo, al pasar del 9.6 % en 2017 al 12.6 % en 2021. Este aumento representa aproximadamente 27 millones de personas adicionales sindicalizadas dentro de este grupo etario, alcanzando un total de 838 millones de personas en 2021.

 

El acceso a los servicios de seguridad social constituye un aspecto fundamental para el bienestar de la población adulta mayor. Se considera una carencia en este ámbito cuando las personas no tienen acceso a las prestaciones establecidas en el artículo 2.° de la Ley de Seguridad Social o en normativas equivalentes, incluyendo servicios de salud, protección de los medios de subsistencia, asistencia médica, servicios sociales y derecho a una pensión.

 

Para la población económicamente activa, esta carencia se manifiesta en la falta de acceso a dichas prestaciones. En el caso de personas trabajadoras no asalariadas o independientes, la problemática radica en la dificultad para afiliarse voluntariamente al régimen obligatorio del IMSS y en la ausencia de un sistema de ahorro para el retiro (SAR) o una Afore. De manera más general, esta carencia afecta a quienes no cuentan con una jubilación o pensión y a aquellas personas que, aun siendo beneficiarias de programas de pensión, reciben un monto inferior al promedio del valor de la canasta alimentaria.

 

El indicador SScR01n evidencia una reducción significativa en la proporción de adultos mayores sin acceso a la seguridad social, al disminuir del 41.1 % en 2016 al 20.8 % en 2022, lo que representa aproximadamente 2.6 millones de personas en esta situación en 2022. Este avance podría estar relacionado con la ampliación de la cobertura del Programa de Pensión para Adultos Mayores, como lo indica el indicador SSaP05. En 2010, dicho programa beneficiaba al 31.7 % de las personas de 65 años o más, mientras que, para 2021, su cobertura se extendió al 96.4 % de esta población, alcanzando a 9.8 millones de beneficiarios en este último año.

 

El acceso a los servicios de salud también ha mostrado una tendencia preocupante, con un aumento progresivo en la población adulta mayor que carece de afiliación a instituciones públicas o privadas de salud. Según el indicador ScR01n, en 2016, el 9.5% de este grupo poblacional enfrentaba esta situación; sin embargo, para 2022, la cifra se incrementó en casi 20 puntos porcentuales, afectando a al menos 3.7 millones de personas en 2022.

 

En cuanto a las condiciones de vivienda, la falta de acceso a servicios básicos sigue siendo un problema significativo. Según el indicador VaP03a, en 2017, al menos 1.7 millones de adultos mayores carecían de servicios esenciales como agua potable, electricidad o drenaje adecuado. Para 2020, esta cifra aumentó a más de 2.1 millones de personas.

 

Dentro de estos servicios básicos, el acceso al agua potable es particularmente crucial. El indicador McR01 revela que, en 2020, el 96.8% de las personas de 65 años o más disponía de este recurso dentro de su vivienda o predio, lo que representa aproximadamente 10 millones de personas. No obstante, el 3.2% restante (328,563 personas) aún carecía de este servicio, evidenciando una necesidad urgente de atención.

 

Desde una perspectiva de género, el análisis del tiempo dedicado a las tareas domésticas por personas de 60 años o más constituye un aspecto fundamental. El indicador SSdP02a muestra que, aunque la brecha en el número promedio de horas destinadas por hombres y mujeres se ha reducido ligeramente durante una década (en solo una hora), en 2019 la diferencia seguía siendo considerable, con una disparidad de 20 horas semanales en perjuicio de las mujeres. En ambos años de estudio, las mujeres dedicaban en promedio 35.8 horas semanales a estas labores.

 

Finalmente, la participación de los adultos mayores en la toma de decisiones públicas se refleja en el indicador ZiP02, el cual revela que, en 2020, el 67.5% de la población encuestada percibía que el gobierno tomaba en cuenta sus opiniones para la formulación de políticas.

 

Estos indicadores reflejan la importancia de continuar fortaleciendo las estrategias gubernamentales para garantizar el bienestar de la población adulta mayor, en cumplimiento de los compromisos internacionales del Estado mexicano en materia de derechos humanos.

 

Continuando con el análisis, la Gráfica 1 revela que, en 2022, del total nacional de personas de 60 años y más (16,942,893), un 45.5% (7.7 millones de personas) identificó el ámbito de la salud como el espacio donde se produjo en gran medida la negación de sus derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, debido a la falta de atención médica y medicamentos en los últimos cinco años, siendo las mujeres el grupo más afectado (46.8%).

 

Un segundo ámbito donde se reportó la negación de derechos corresponde a la seguridad social, específicamente en términos de la recepción de apoyo de programas sociales (33.3%, es decir, 5.6 millones), siendo nuevamente las mujeres quienes reportaron esta negación en mayor proporción (38.7%).

 

En cuanto al derecho al trabajo, se negó a un 25.6% la posibilidad de conseguir un empleo u obtener un ascenso, afectando a 4.3 millones de personas, siendo en este caso los hombres los más afectados (33.8%).

 

Gráfica 1. Población de 60 años y más a la que le fue negado alguno de sus derechos injustificadamente en los últimos 5 años (2022)

 

Fuente: INEGI, Encuesta Nacional sobre Discriminación (ENADIS) 2022: Resultados generales (INEGI, 2022, 108).

 

En la misma Gráfica 1, se observa, aunque en menor proporción, la negación de atención o servicios que experimentaron el 24.5% de las personas adultas mayores (aproximadamente 4 millones) al acudir a alguna oficina gubernamental; siendo los hombres los más afectados (27.3%). De manera similar, el 16.9% de los hombres que solicitaron un crédito, préstamo o tarjeta, o aquellos a quienes se les negó la entrada o permanencia en algún establecimiento comercial, centro comercial o banco (9.1%), también enfrentaron esta situación. Asimismo, el 2.5% de los hombres experimentó la denegación al intentar rentar un lugar para vivir.

 

Por otro lado, la Gráfica 2 evidencia que, en México, la discriminación hacia las personas de 60 años o más, derivada de múltiples factores, constituye una problemática de gran relevancia que requiere una intervención inmediata. Resulta imperativo abordar este fenómeno con celeridad a fin de evitar la vulneración sistemática de los DESCA, así como de otras libertades fundamentales de esta población.

 

Gráfica 2. Porcentaje de la población de 60 años y más que declaró haber sido discriminada en los últimos 12 meses, por motivo

 

Notas: Para el caso de 2017, la información se refiere al periodo de agosto de 2016 a octubre de 2017; mientras que para 2022, se refiere al periodo de julio de 2021 a septiembre de 2022.

La suma de los porcentajes supera el 100% debido a la existencia de casos en los que se reportaron múltiples motivos de discriminación.
Fuente: (INEGI 2022, 110).

 

Según los datos de la Encuesta Nacional sobre Discriminación (ENADIS) de 2017 y 2022, la prevalencia de discriminación hacia las personas de 60 años y más ha disminuido ligeramente entre ambos periodos, pasando de 18.3% en 2017 a 17.9% en 2022. En términos absolutos, esta situación afectó a 303,277,785 personas en 2022. El principal motivo de discriminación identificado fue la edad. En 2017, el 55.2% de las personas adultas mayores que reportaron haber sido discriminadas atribuyeron esta situación a su edad, mientras que en 2022 este porcentaje disminuyó a 39.2%.

 

En 2022, otros factores de discriminación, aunque menos frecuentes, incluyeron motivos como opiniones políticas (24.8%, equivalentes a 75.2 millones de personas), manera de hablar (20.7%, 62.8 millones), forma de vestir o arreglo personal (17.3%, 52.5 millones), condición de discapacidad (13.3%, 40.3 millones) y estado de salud (12%, 36.4 millones). También se reportaron casos relacionados con el estado civil, situación de pareja o familiar (6.9%, 20.9 millones), así como con la pertenencia a comunidades indígenas o afrodescendientes (5.1%, 15.5 millones).

Por otro lado, algunos motivos de discriminación han mostrado una disminución en los últimos años, como las creencias religiosas (de 28.1% a 20.4%), estatura o peso (de 17% a 15.1%), lugar de residencia (de 14.5% a 13.8%), género (de 14.6% a 13.8%), clase social (de 14% a 10.9%), tono de piel (de 12.5% a 9.6%) y orientación sexual (de 4.1% a 1.2%).

 

Estas situaciones representan desafíos significativos que demandan una atención más focalizada y efectiva.

 

Con base en los datos derivados de los 16 indicadores seleccionados, es posible afirmar que México ha registrado avances relevantes en la garantía de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (DESCA) para las personas adultas mayores. No obstante, aún persisten desafíos sustanciales que dificultan el ejercicio pleno de estos derechos en este grupo poblacional.

 

En lo que respecta a los principios transversales, es indispensable continuar fortaleciendo la igualdad y la no discriminación, ya que constituyen condiciones fundamentales para el disfrute, garantía y exigibilidad de los DESCA. Un hito significativo alcanzado hasta el año 2022 fue la disminución del porcentaje de personas adultas mayores que reportaron haber sufrido discriminación, situándose en 17.9%. Sin embargo, esta mejora evidencia la necesidad de seguir combatiendo todas las formas de discriminación, especialmente aquellas basadas en la edad, que se sostienen en estereotipos profundamente arraigados en las dinámicas sociales, organizativas e institucionales.

 

En este marco, se vuelve prioritario capacitar adecuadamente a las y los funcionarios públicos responsables de la provisión de servicios médicos, medicamentos, programas sociales y servicios públicos, para garantizar una atención digna y oportuna a las personas adultas mayores. Dicha capacitación es crucial para evitar la negación de servicios, acto que constituye una grave vulneración de sus derechos.

 

En cuanto a la participación en asuntos públicos, si bien más del 50% de las personas adultas mayores se perciben incluidas, un 32.5% reporta no sentirse representado. El inicio de una nueva administración federal representa una oportunidad estratégica para promover la inclusión activa de este sector en la toma de decisiones, en el diseño y monitoreo de políticas públicas, así como en la fiscalización del uso de los recursos públicos.

 

Desde una perspectiva de política pública, se requiere el diseño e implementación de estrategias integrales que mejoren sustancialmente las condiciones de vida de las personas adultas mayores. Estas estrategias deben incluir medidas para garantizar el acceso a una alimentación suficiente y nutritiva, reducir los niveles de pobreza extrema y superar el rezago educativo que afecta aún a la mitad de esta población. Particular atención merece la garantía de continuidad educativa para personas adultas mayores indígenas. Igualmente, es fundamental promover la inclusión en mercados laborales formales que les permitan percibir ingresos dignos —por encima de dos salarios mínimos—, y fortalecer su derecho a la sindicalización.

 

Adicionalmente, las políticas dirigidas a este grupo deben atender las brechas existentes en materia de seguridad social, asegurando la continuidad del Programa de Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores y desarrollando mecanismos eficaces que garanticen su disfrute pleno, incluyendo medidas de reparación y acceso a la justicia en caso de violaciones. En el ámbito de la salud, se debe priorizar la adscripción y afiliación de las personas mayores a instituciones públicas. Respecto a la vivienda, es urgente ampliar la cobertura de servicios básicos en los hogares habitados por esta población, como el suministro de agua potable, drenaje, recolección de residuos, energía eléctrica e insumos seguros para la preparación de alimentos.

 

Finalmente, es imprescindible incorporar un enfoque de género que promueva una distribución equitativa de las tareas domésticas, aliviando la carga desproporcionada que enfrentan las mujeres adultas mayores. Este enfoque constituye un eje clave para avanzar hacia una mayor equidad y justicia social en todos los aspectos de la vida cotidiana de esta población.

 

6. Del conocimiento actual a los desafíos por resolver

La investigación sobre derechos económicos sociales, culturales y ambientales de las personas adultas mayores se configura como un documento detallado que sistematiza estándares e integra criterios que emergen de un proceso constante de reflexión y análisis tanto a nivel internacional como regional del Apartado V de la Investigación sobre los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales (DESCA) de las personas adultas mayores (Arriaga, 2025). Se incorpora la Tabla 2 para la exposición gráfica del avance en dicha investigación.. Dichos estándares y criterios tienen el potencial de funcionar como herramientas orientadoras para la elaboración de políticas públicas que garanticen el pleno ejercicio de los DESCA en este grupo etario.

 

Para la sistematización de los estándares y criterios relacionados con los ejes transversales y con cada uno de los derechos que conforman los DESCA, se adoptó un enfoque centrado en los derechos humanos. Este enfoque permite consultar los datos de manera independiente mediante las fuentes referenciadas, sin omitir las características esenciales de interdependencia e indivisibilidad que definen a los derechos humanos.

 

El documento se estructura a partir de la identificación de indicadores oficiales proporcionados por el Estado mexicano al Grupo de Trabajo del Protocolo de San Salvador, órgano de la Organización de los Estados Americanos encargado de monitorear el cumplimiento, garantía y promoción de los DESCA en la región. A este esfuerzo se suma la incorporación de desgloses específicos que permiten ofrecer una imagen más precisa sobre el grado de disfrute de estos derechos en el caso particular de las personas adultas mayores. Este análisis se complementa con los hallazgos de una encuesta nacional orientada a prevenir la discriminación.

 

A pesar de la existencia de un conjunto amplio de criterios contenidos en los marcos normativos y en el corpus juris que respalda los DESCA, así como sus interpretaciones por parte de los órganos competentes, es relevante destacar que, debido a limitaciones temporales, se optó por seleccionar aquellos indicadores sustentados en información cuantitativa disponible. No obstante, se reconoce que la incorporación futura de indicadores cualitativos enriquecería el análisis al ofrecer una comprensión más contextual y detallada. También se enfatiza la importancia de contar con información oficial actualizada, lo cual posibilitaría una evaluación más precisa del nivel de cumplimiento de estos derechos durante la totalidad del sexenio anterior.

 

La Tabla 2 presenta un listado sistematizado de los estándares y criterios de política pública en materia de derechos económicos, sociales, culturales y ambientales (DESCA) aplicables a la población adulta mayor. Asimismo, ofrece una representación gráfica de los temas abordados a partir de los indicadores seleccionados y analizados en el apartado anterior. Estos se han clasificado según su estatus: en color verde, los temas analizados con base en información sólida; en color amarillo, aquellos parcialmente revisados a partir de la información disponible; y sin color, los temas aún pendientes de revisión. En los casos pertinentes, se requiere la operacionalización de estos aspectos mediante un conjunto de indicadores que permitan evaluar su nivel de cumplimiento.

 

Tabla 2. Estándares y criterios de política pública sobre DESCA de las personas adultas mayores (PAM)

 

Fuente: Elaboración propia con base en la sección D correspondiente al Apartado III de la Investigación sobre los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales de las personas adultas mayores (Arriaga 2025).

 

El ejercicio pleno de los DESCA de las personas adultas mayores debe entenderse como un objetivo prioritario que involucra a toda la sociedad. Este trabajo constituye un compendio de los estándares mínimos que todo Estado debe considerar al asumir su responsabilidad en la garantía de los derechos humanos. No obstante, es imperativo generar conciencia colectiva sobre el compromiso compartido que debemos asumir como sociedades orientadas hacia el respeto y la promoción de los derechos humanos. Este compromiso conlleva asegurar tanto el respeto como la exigibilidad de los derechos de las personas adultas mayores.

 

Este proceso requiere la implementación de varios elementos esenciales: la conformación de un marco normativo y operativo robusto, la asignación adecuada de recursos, el fortalecimiento de capacidades institucionales, la formación de funcionariado y ciudadanía, así como la puesta en marcha de políticas y programas específicos orientados a la promoción de los derechos humanos. Además, es fundamental contar con mecanismos de protección y reparación. Este esfuerzo demanda decisiones presentes que aseguren que, en el futuro, todas las personas que formen parte en este grupo poblacional gocen de las condiciones necesarias para el ejercicio pleno de sus derechos fundamentales.

 

7. Referencias bibliográficas

ARRIAGA ESTRADA, Maria Julia. 2025. Investigación sobre los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales (DESCA) de las personas adultas mayores. Programa Universitario de Derechos Humanos de la Universidad Nacional Autónoma de México (PUDH-UNAM). Sin URL.

 

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CIDH. 2015. Convención Interamericana sobre la Protección de los derechos humanos de las Personas Mayores. Aprobada por la Asamblea General el 15 de junio de 2015.
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MONTES DE OCA ZAVALA, Verónica. 2024. Buenas prácticas en el ámbito de las políticas públicas para las personas mayores con un enfoque de derechos humanos, Documentos de Proyectos (LC/TS.2024/88), Santiago, Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), 2024. https://repositorio.cepal.org/server/api/core/bitstreams/1a777269-448a-477f-b5bb-8906459fee0c/content

 

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PÉREZ GÓMEZ, Laura Elisa. 2024. Hacia la consolidación del derecho al desarrollo. Universidad Nacional Autónoma de México, Coordinación de Humanidades, Programa Universitario de Derechos Humanos, México, 2024, ISBN: 978-607-30-9359-0. https://www.pudh.unam.mx/publicaciones/UNAM-COHUM-PUDH_hacia_la_consolidacion_del_derecho_al_desarrollo_agosto_2024.pdf

 

SEGOB (Secretaría de Gobernación). S.f. Sistema Nacional de Evaluación de Derechos Humanos (SNEDH). https://snedh.segob.gob.mx/acerca.php

 

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Última actualización: 6 de septiembre del 2026