RESUMEN: Los indicadores de derechos humanos constituyen un instrumento construido ex profeso, para dar seguimiento al cumplimiento de las obligaciones internacionales de los países en esta materia; también son una herramienta estratégica que apoya la valoración y el diseño de políticas públicas con enfoque de derechos. Esta investigación examina los indicadores propuestos por la oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) cuya formulación es armónica o puede vincularse con los indicadores de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030, con el propósito de impulsar su aprovechamiento sistemático para valorar oportunamente diversos aspectos del cumplimiento progresivo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, así como para proporcionar más elementos para las recomendaciones específicas del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Comité DESC).
ABSTRACT: Human rights indicators are an instrument to monitor compliance with countries’ international obligations in this area; they are also a strategic tool that supports the assessment and design of public policies with a rights-based approach. This research examines the indicators proposed by the Office of the United Nations High Commissioner for Human Rights, whose formulation can be linked to the 2030 Agenda Sustainable Development Goals indicators, with the purpose of promoting their systematic use to timely assess various aspects of the progressive compliance with the International Covenant on Economic, Social and Cultural Rights, as well as to provide further elements for specific recommendations of the ESCR Committee.
Palabras claves: Indicadores de derechos humanos; Objetivos de Desarrollo Sostenible; Políticas públicas; Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
Keywords: Human rights indicators; Sustainable Development Goals; Public policies; Committee on Economic, Social and Cultural Rights.
1. Introducción
La metodología de indicadores de derechos humanos ha sido insuficientemente aprovechada en la evaluación del cumplimiento de las obligaciones internacionales de los países, a pesar de constituir un instrumento legitimado y consolidado. Se plantea como hipótesis que la utilización de este instrumento puede mejorarse, en una primera etapa, mediante la demostración de la vinculación directa de un subconjunto significativo de estos indicadores con los correspondientes desarrollados para la Agenda 2030 (ONU 2015). Consecuentemente, el objetivo general de la investigación llevada a cabo consiste en fortalecer la utilización del instrumento de indicadores de derechos humanos y las opciones de información disponibles con objeto de apoyar, mediante evidencia objetiva, las evaluaciones y recomendaciones que emite a los países el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas.
Para ello, los objetivos específicos fueron:
- Examinar los indicadores propuestos por la oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) cuya formulación es armónica o puede vincularse con los indicadores de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030;
- Verificar la versión más actualizada de los metadatos de los indicadores ODS identificados previamente, así como la disponibilidad de datos, con el propósito de impulsar su aprovechamiento sistemático, bajo un enfoque basado en derechos humanos, en las evaluaciones que el Comité DESC realiza de los informes de países;
- Realizar una primera identificación de los procesos en los que el Comité DESC podría utilizar los indicadores vinculados y la información disponible.
La investigación se sustentó en primera instancia en análisis documentales para sintetizar la evolución de los métodos de evaluación de derechos humanos desarrollados por las Naciones Unidas en las últimas décadas incluyendo: (a) una recapitulación general de la metodología utilizada por la oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos para la elaboración de los indicadores de derechos humanos, así como los resultados de su utilización regional; (b) la identificación de los documentos de las Naciones Unidas que han promovido enfoques para avanzar en procesos de medición que reflejen una visión integral para el desarrollo en conjunción con las necesidades y derechos de todas las personas; (c) el análisis de los alcances logrados por los indicadores de la Agenda 2030.
Para el logro del objetivo planteado, se elaboró un método sistemático para la comparación de indicadores, utilizando el enfoque basado en derechos humanos, que permitió asignar un grado de vinculación para cada uno de los indicadores identificados (armónicos, proxys o complementarios por actualización), identificándose que un 25% de los indicadores cuantitativos definidos para derechos sociales por la oficina del Alto Comisionado, pueden vincularse con indicadores de la Agenda 2030.
2. Antecedentes y relevancia de la construcción y aplicación de los indicadores de derechos humanos y su relación con los indicadores para los Objetivos de Desarrollo Sostenible
El proceso que lleva a los derechos humanos desde el establecimiento de normas hasta la realización efectiva depende, en gran medida, de la disponibilidad de instrumentos apropiados para la formulación y la evaluación de las políticas en la materia. Los indicadores, tanto cuantitativos como cualitativos, son uno de esos instrumentos indispensables.
Navi Pillay (ACNUDH 2012, III)
Desde la Declaración y Programa de Acción de la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Viena en 1993, 171 Estados aprobaron por consenso un documento para el fortalecimiento de la labor en materia de derechos humanos en todo el mundo. Particularmente, se sientan bases para el posterior desarrollo de un instrumento para la evaluación del cumplimiento de los derechos humanos, señalando que: “Para fortalecer el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales, deberían examinarse otros métodos, como un sistema de indicadores para medir los avances hacia la realización de los derechos enunciados en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales” (ONU 1993, 21).
La elaboración de los indicadores propuestos por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, se realizó mediante un proceso amplio y participativo que se desarrolló entre 2005 y 2012, el cual dio como resultado inicial la emisión de un Reporte sobre los indicadores para promover y vigilar el ejercicio de los derechos humanos y, posteriormente, la publicación de la Guía para la medición y la aplicación de los indicadores de derechos humanos (ACNUDH 2012), que contiene un total de 602 indicadores ilustrativos propuestos para 14 derechos.
La Guía señala que la finalidad de los indicadores de derechos humanos consiste en “medir el disfrute de los derechos por los titulares de éstos; en otras palabras, captar un número reducido de resultados que puedan relacionarse con la situación de la realización efectiva de los derechos humanos. Al mismo tiempo, …evaluar los progresos realizados por el garante de los derechos en el cumplimiento de sus obligaciones” (ACNUDH 2012, 32).
El marco conceptual y metodológico que sustenta a los indicadores posee las siguientes características (ACNUDH, 2012):
- Vincula los indicadores con el contenido normativo de cada derecho;
- Enfoca la evaluación en los compromisos establecidos para los entes obligados, particularmente Estados parte;
- Mide los esfuerzos que se realizan en los distintos niveles de obligación así como sus impactos en el disfrute de los derechos, mediante indicadores estructurales, de proceso y de resultados;
- Hace explícita la valoración del cumplimiento de los principios transversales de derechos humanos incluyendo igualdad y no discriminación, participación social, acceso a la información y acceso a la justicia;
- Utiliza una metodología uniforme para todos los derechos, tanto civiles y políticos, como económicos, sociales y culturales, en congruencia con su interdependencia e indivisibilidad;
- Los indicadores no se usan para construir índices, ni se utilizan para comparar países.
Este enfoque conceptual y metodológico hizo posible la construcción de ecosistemas robustos de indicadores, alejados de una idea de generación de calificaciones comparativas entre países o regiones, sino concentrados en la identificación de elementos centrales requeridos para cumplir integralmente con los derechos, caracterizándolos de manera que, valorados en conjunto, reflejen los requerimientos relevantes de la normativa aplicable. Además, la metodología permite llevar a cabo revisiones detalladas de los componentes necesarios para que las políticas públicas cumplan con un enfoque integral de derechos humanos, partiendo del análisis sistemático de los principios y estándares que deben incorporarse a dichas políticas para cumplir plenamente con una perspectiva integral de derechos humanos (Pérez 2017).
Los indicadores para la evaluación del progreso en el cumplimiento de derechos sociales han sido aplicados de manera muy exitosa en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, específicamente para el monitoreo del “Protocolo de San Salvador” que es el protocolo Adicional a la Convención Americana de Derechos Humanos en materia de derechos económicos, sociales y culturales. A diferencia del Pacto Internacional del Sistema Universal en materia de derechos sociales (PIDESC), la normativa para la aplicación de este Protocolo estableció como obligatorio el monitoreo mediante indicadores. El mandato establecido en el artículo 19 obliga a los Estados parte a presentar informes periódicos sobre las medidas progresivas adoptadas para asegurar el debido respeto de los derechos consagrados en el Protocolo (OEA GTPSS 2015).
En el período 2014-2023, el Grupo de Trabajo del Protocolo de San Salvador (GTPSS) llevó a cabo tres ciclos de monitoreo en los que se recibieron y evaluaron 31 informes de trece países diferentes (76% del total de países que han ratificado el Protocolo) (OEA GTPSS 2015), con datos para más de 700 indicadores (OEA GTPSS 2015 y 2018); este importante cúmulo de información ha hecho posible valorar desde aspectos estructurales y de procesos que han permitido al GTPSS elaborar recomendaciones sustentadas para reforzar las políticas nacionales, además de contar con resultados sobre los impactos en el cumplimiento de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales para la población. La Unidad de Indicadores del Programa Universitario de Derechos Humanos de la Universidad Nacional Autónoma de México (PUDH-UNAM) sistematizó la información presentada por cada país y elaboró tres estudios regionales sobre el cumplimiento de derechos culturales, ambientales y laborales en América Latina, los cuales pueden consultarse en el sitio web oficial del Programa (PUDH 2025).
Por otra parte, en diversos acuerdos y foros mundiales de las Naciones Unidas se ha insistido sobre la conveniencia de contar con métodos y herramientas de medición que vayan más allá de procesos concentrados en medidas de crecimiento económico, buscando el establecimiento y utilización de instrumentos que reflejen una visión integral para el desarrollo así como de las necesidades y derechos de todas las personas.
Estos argumentos se han vertido explícitamente desde la aprobación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, así como en el informe del Secretario General de 2021 sobre Nuestra Agenda Común y en el Pacto para el Futuro de 2024; en particular:
- El establecimiento de una meta específica en la Agenda 2030 (17.19) para formular métodos amplios orientados a medir avances que complementen el producto interno bruto (ONU 2015, 31);
- La necesidad de corregir la falla en la manera en que se mide el progreso señalada en Nuestra Agenda Común, como un pilar de trabajo para un contrato social renovado sobre “medición y valoración de las cosas de importancia para las personas y el planeta” (ONU 2021, 23);
- El compromiso explícito establecido en el Pacto para el Futuro (Acción 53) de elaborar un marco sobre sistemas para medir el progreso hacia el desarrollo sostenible (ONU 2024c).
En este contexto se reafirma la importancia de utilizar los indicadores de derechos humanos que, de acuerdo con la oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, permiten: “concretar el análisis de la situación; identificar y definir las cuestiones que hay que resolver y las dificultades que hay que salvar; articular o revisar estrategias y establecer objetivos y metas; seguir los progresos realizados, y efectuar evaluaciones, evaluar el impacto y articular la información sobre los resultados. En última instancia, al añadir valor a todos estos pasos, el uso de indicadores apropiados ayuda a mejorar las medidas de política pública encaminadas a promover y proteger los derechos humanos.” (ACNUDH 2012, 112).
2.1 La Agenda 2030 y sus indicadores globales
La Agenda 2030 para el desarrollo sostenible fue aprobada en septiembre de 2015 con el propósito de “transformar nuestro mundo”. Entre los documentos que fundamentan la Agenda se destacan la Declaración Universal de Derechos Humanos, los tratados internacionales de derechos humanos, así como la Declaración sobre el Derecho al Desarrollo. El compromiso en favor de los derechos humanos se expresa claramente en la Agenda: “Reafirmamos la importancia de la Declaración Universal de Derechos Humanos, así como de otros instrumentos internacionales relativos a los derechos humanos y el derecho internacional. Ponemos de relieve que, de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, todos los Estados tienen la responsabilidad de respetar, proteger y promover los derechos humanos y las libertades fundamentales de todas las personas, sin hacer distinción alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento, discapacidad o cualquier otra condición” (ONU 2015).
En la Agenda 2030 se estableció el compromiso de las Naciones Unidas para medir los avances de cada uno de los objetivos definidos, buscando reforzar una interfaz entre la ciencia y las políticas, dando seguimiento y examinando su implementación. Para ello, se creó el “Grupo Interinstitucional y de Expertos sobre los Indicadores de los Objetivos de Desarrollo Sostenible” (IAEG-SDGs) con la encomienda de elaborar un marco de indicadores para el monitoreo global de las 169 metas de los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible.
La definición de los indicadores está basada en un proceso continuo y participativo, iniciado desde 2016 que, después de una aprobación inicial en julio de 2017 (A/RES/71/313) (ONU 2015), una revisión profunda en 2020 y un examen adicional programado para culminar en 2025, ha logrado como resultado el refinamiento de 231 indicadores únicos (13 de los cuales se repiten en más de un objetivo). El resultado consolida 248 indicadores en total, cuya metodología ha quedado aprobada y establecida a nivel internacional, se encuentran custodiados por al menos una agencia de las Naciones Unidas y donde los datos están siendo producidos periódicamente, o se encuentran en proceso de levantamiento en la mayoría de los países a nivel mundial. Toda la información relativa a la definición de los indicadores y su análisis se encuentra disponible en (ONU 2025).
La base de datos que se ha ido construyendo con la información disponible para estos indicadores ha permitido la generación de informes anuales cada vez más robustos sobre la implementación de la Agenda. A la fecha se dispone de nueve informes para el período 2016-2024, además de diversas herramientas de análisis que permiten revisar desde los resultados por país, análisis del comportamiento por regiones, impactos de género, hasta diagramas que califican los progresos alcanzados en cada objetivo mediante técnicas accesibles de semaforización. La última nota técnica disponible sobre el proceso de semaforización corresponde al informe 2023 (ONU 2023a)
3. Robustecimiento de los indicadores de la oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, mediante la vinculación con los indicadores para los Objetivos de Desarrollo Sostenible
La oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH, OHCHR por sus siglas en inglés) desarrolló indicadores para seis derechos sociales: trabajo, seguridad social, alimentación, vivienda, salud y educación. Diversos mecanismos del sistema recomiendan la utilización de esta herramienta, en particular el Comité DESC y las relatorías especiales temáticas; no obstante, no se ha logrado una completa adopción por los Estados parte.
Como se evidenció en la sección previa, el impulso político internacional que ha recibido la Agenda 2030 para los Objetivos de Desarrollo Sostenible, ha posicionado favorablemente a los indicadores globales diseñados para su seguimiento. Esta sección muestra el nivel de alineamiento y complementariedad entre estos conjuntos de indicadores, con el doble propósito de aprovechar el desarrollo técnico logrado en los metadatos para los indicadores ODS, así como de utilizar los datos recogidos a nivel mundial, robusteciendo la posibilidad de su utilización en el contexto de la evaluación del cumplimiento los derechos humanos.
La revisión comparativa entre ambos conjuntos de indicadores consideró el siguiente procedimiento metodológico:
- Identificación inicial de los indicadores de derechos humanos correspondientes a los derechos sobre trabajo, seguridad social, alimentación, vivienda, salud, educación y no discriminación, con carácter cuantitativo y tipología de procesos o de resultados;
- Selección de los indicadores globales de los ODS cuya definición, detallada en los metadatos específicos más recientes, resulta armónica con la denominación establecida por la ACNUDH, quien no emitió una publicación con fichas técnicas específicas para los indicadores de derechos humanos, considerando que las propuestas se publicaron con carácter de indicadores ilustrativos.
- Selección de indicadores ODS cuyas características permiten una medición indirecta o aproximada (proxy) a la denominación establecida por la ACNUDH;
- Elección de indicadores ODS complementarios cuyo metadato se encuentra alineado con estándares recientes de derechos humanos y pueden tener una aportación significativa en la evaluación de cumplimiento*.
* A partir del proceso de precisión de los indicadores ODS, llevado a cabo entre 2016-2024, se identificaron indicadores novedosos cuyo diseño se alinea con estándares más actualizados en materia de derechos humanos, cuyas características constitutivas (dada la temporalidad descrita) no habían sido relevadas por la OHCHR en las matrices publicadas previamente (2008 y 2012).
El Cuadro 1 a continuación presenta el resultado de este proceso.
Cuadro 1. Síntesis de indicadores cuantitativos de derechos humanos armonizados con ODS
Fuente:
Elaboración propia con base en los cuadros del Anexo (Pérez 2025).
(1) Se identificó el indicador ODS “8.8.2. Nivel de cumplimiento de derechos laborales”, con elementos para valorar la garantía de este derecho, el cual no cuenta con indicadores definidos por ACNUDH (OHCHR).
(2) Se identificaron los indicadores ODS: 9.5.1 Gasto en investigación y desarrollo /PIB, y 11.4.1 Gasto en conservación del patrimonio cultural, con elementos para valorar la garantía de este derecho, que no cuenta con indicadores definidos por ACNUDH (OHCHR).
El Cuadro 1 muestra que:
- La ACNUDH desarrolló 307 indicadores ilustrativos para los 7 derechos señalados, de éstos el 78% (239) son de tipo cuantitativo; el cuadro incluye también los derechos sindicales (protegidos en el artículo 8º del Pacto Internacional) y los derechos culturales (artículo 15º del Pacto), que no contaron con indicadores definidos por la ACNUDH en el proceso correspondiente, pero a la fecha se han desarrollado algunos indicadores internacionales que registran información pertinente. En 2008, cuando la ACNUDH publicó el documento inicial con los indicadores de derechos humanos, no se contaba con Observaciones Generales para estos derechos, lo cual limitó la emisión de los indicadores respectivos, debido a que el proceso metodológico considera la especificación de obligaciones contenida en dichos documentos (ACNUDH 2008).
- La revisión de la última versión de metadatos disponible permitió identificar 48 indicadores ODS directamente armonizados -o proxys- con las denominaciones de los indicadores de derechos humanos, así como 13 indicadores que se agregan al listado de interés dado que su definición se apega a los criterios definidos (punto 4).
- El resultado muestra que una cuarta parte de los indicadores cuantitativos de estos derechos sociales pueden vincularse con indicadores ODS, dentro de los cuales el 84% cuenta con datos disponibles. Esto hace posible el aprovechamiento de un cúmulo de información muy importante, registrada en la base de datos de los ODS, para apoyar con evidencias las evaluaciones del cumplimiento de los derechos humanos a nivel de cada país.
El Cuadro 2 (dividido en seis partes) presenta la lista de los 61 indicadores ODS que fueron vinculados a los indicadores originales de la ACNUDH. Bajo una visión de integralidad e indivisibilidad, varios indicadores propuestos por la ACNUDH se encuentran repetidos en diversos derechos (por ejemplo, la disponibilidad de agua gestionada sin riesgos aparece en salud, alimentación y vivienda); sin embargo, en el listado de vinculación los indicadores aparecen una sola vez. Los casos con repetición están identificados en el Anexo (Pérez 2025). El cuadro incluye en la primera columna la denominación del indicador ODS vinculado (para revisar el ecosistema completo de indicadores establecidos por la ACNUDH para cada derecho se pueden consultar los cuadros del anexo que está disponible en el portal del PUDH-UNAM 2025); además, para cada indicador el Cuadro 2 incluye: la justificación de la vinculación entre los dos conjuntos de indicadores de interés, la última fecha de actualización de la ficha técnica (metadato), así como la identificación sobre la disponibilidad actual de datos y la agencia que lo custodia y reporta.
Cuadro 2. Indicadores de derechos humanos vinculados con indicadores ODS (1/6)
Fuente: Elaboración propia con base en: (1) (ACNUDH 2012, 109); y (2) (UNSTAT. ODS Metadata repository 2025) en (Pérez 2025, 2-3).
Cuadro 2. Indicadores de derechos humanos vinculados con indicadores ODS (2/6)
Elaboración propia con base en: (1) (ACNUDH 2012,104) (Trabajo), 105 (Seguridad Social); y (2) UNSTAT. (ODS Metadata repository 2025) en (Pérez 2025, 4-7).
Cuadro 2. Indicadores de derechos humanos vinculados con indicadores ODS (3/6)
Elaboración propia con base en: (1) (ACNUDH 2012, 98); y (2) (UNSTAT. ODS Metadata repository 2025) en (Pérez 2025, 8-9))
Cuadro 2. Indicadores de derechos humanos vinculados con indicadores ODS (4/6)
Elaboración propia con base en: (1) (ACNUDH 2012,103); y (2) (UNSTAT. ODS Metadata repository 2025) en (Pérez 2025, 10-11).
Cuadro 2. Indicadores de derechos humanos vinculados con indicadores ODS (5/6)
Elaboración propia con base en: (1) (ACNUDH 2012, 99); y (2) (UNSTAT. ODS Metadata repository 2025) en (Pérez 2025, 10-11).
Cuadro 2. Indicadores de derechos humanos vinculados con indicadores ODS (6/6)
Elaboración propia con base en: (1) (ACNUDH 2012, 102); y (2) (UNSTAT. ODS Metadata repository 2025) en (Pérez 2025, 14-15).
NOTAS GENERALES: La fecha del último metadato disponible y la agencia que reporta el indicador se verificó en: https://unstats.un.org/sdgs/metadata/ (consultado en diciembre de 2024). El rango de datos disponibles se identificó a partir del anexo estadístico del informe del Secretario General sobre ODS, publicado en 2024 (ONU 2024b).
* La clave de los indicadores del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, se asigna reflejando: la inicial del nombre del derecho (en mayúscula), el tipo de indicador (estructural, proceso o resultado -en minúscula-) y el número consecutivo correspondiente al orden en que se presenta en el documento original (ACNUDH 2012).
Aunque los textos sobre la justificación de la vinculación se expresan mediante frases sucintas, el proceso para alcanzar dichas conclusiones se fundamentó en el análisis detallado de las definiciones y características contenidas en las fichas de metadatos de cada indicador ODS. La OHCHR no publicó fichas técnicas para todos los indicadores, la Guía 2012 contiene solo algunos ejemplos (Anexo I, 151). Los indicadores calificados como armónicos presentan denominaciones idénticas o equivalentes; entre los indicadores proxy existen diversos grados de aproximación que incluyen, desde la medición de algunos aspectos específicos de lo solicitado por el indicador original, hasta casos donde el indicador vinculado supera las expectativas inicialmente establecidas**. Por último, los indicadores ODS complementarios se agregaron de acuerdo a la justificación señalada en el procedimiento metodológico descrito al inicio de esta sección.
**Es el caso de los indicadores: 2.4.1 Proporción de la superficie agrícola en que se practica una agricultura productiva y sostenible; 4.7.1 Grado en que la educación para la ciudadanía mundial y la educación para el desarrollo sostenible, se incorporan en las políticas de educación, los planes de estudio, la formación de docentes y la evaluación de estudiantes. En ambos casos, aún no se dispone de información completa en la base de datos, si bien, debido a su formulación robusta dichos indicadores serán de mucha utilidad en un futuro próximo.
Entre los 13 indicadores agregados se encuentran casos derivados de la actualización de estándares de los derechos sociales, ya sea por: (a) problemáticas estructurales agravadas en este siglo (8.6.1 Proporción de jóvenes -15 y 24 años-que no cursan estudios, no están empleados ni reciben capacitación; 5.4.1 Proporción de tiempo dedicado al trabajo doméstico y asistencial no remunerado); (b) identificación de componentes diversificados para la medición (2.1.2 Prevalencia de la inseguridad alimentaria moderada o grave entre la población; 3.8.1 Cobertura de los servicios de salud esenciales -incluyendo 14 elementos-); además de (c) indicadores para los que la OHCHR no incluyó propuestas específicas en sus documentos base (derechos sindicales y culturales).
Adicionalmente, cabe destacar que varios de los indicadores ODS vinculados se identifican también como apropiados para llevar a cabo el seguimiento del derecho al desarrollo (Pérez 2024) [De acuerdo con el orden del Cuadro 2, estos indicadores son: 5.1.1, 16.b.1, 8.3.1, 1.3.1, 2.4.1, 2.3.2, 2.1.2, 16.7.2, 9.1.1, 13.1.1, 11.1.1, 3.8.1 y 4.4.1], lo cual resulta pertinente en un contexto de crisis múltiples globales donde el derecho al desarrollo, además de formar parte integral e indivisible con el resto de derechos sociales y libertades fundamentales, es condición necesaria para progresar hacia la eliminación de todas las facetas de la desigualdad, impulsar el desarrollo sostenible, y alcanzar una distribución justa de los beneficios del desarrollo.
La investigación realizada demuestra la fuerte interrelación entre los indicadores de derechos humanos y los indicadores ODS, hacer explícita esta vinculación permite aprovechar la disponibilidad de definiciones y metodologías de cálculo probadas, además de los procesos sistemáticos de levantamiento de información, articulados con autoridades nacionales. La propuesta de vinculación aporta así una vía para el fortalecimiento de las actividades de valoración del desempeño de cada país en relación con el cumplimiento de las obligaciones internacionales de derechos humanos.
4. Algunas propuestas para fortalecer el uso de indicadores en la evaluación de informes nacionales por parte del Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales
Los órganos creados en virtud de tratados de las Naciones Unidas son receptores relevantes y de cierta manera destinatarios naturales de la metodología de indicadores. En su labor de evaluación y seguimiento, el uso de indicadores puede apoyar la valoración de los progresos realizados en el cumplimiento de los Estados de las obligaciones derivadas de los tratados; asimismo, a partir de la formulación específica de los indicadores, los Estados parte pueden poner a disposición de estos órganos, información precisa y pertinente ligada, por definición, a las obligaciones establecidas.
En particular, el Comité DESC (CDESC) ha considerado relevante la utilización sistemática de la metodología de indicadores, lo cual se constata en las recomendaciones emitidas dentro de sus observaciones finales del período 2010-2022. La herramienta informática para el Índice Universal de Derechos Humanos (2020) permite hacer una exploración detallada sobre las recomendaciones realizadas a todos los países por los diversos mecanismos de la ONU. Los temas incluyen, entre otros, la “Recopilación de datos e investigación”, dentro del cual se han sistematizado recomendaciones específicas sobre el uso de indicadores de derechos humanos. Se identifica que, en los exámenes a los informes de 72 países que tienen alguna recomendación sobre “Recopilación de datos e investigación”, para 65 Estados parte se incluyó una mención específica sobre la importancia del uso de los indicadores de derechos humanos para la evaluación de avances sobre los derechos sociales, lo que constituye el 90% de los casos (Elaboración propia a partir de la consulta a la herramienta UHRI, efectuada en julio de 2024).
La redacción más completa en la materia que ha utilizado el CDESC en este período señala: El Comité alienta al Estado parte a que incluya en su próximo informe periódico datos estadísticos anuales comparativos, desglosados con arreglo a los criterios mencionados y otras categorizaciones pertinentes, para evaluar los avances logrados respecto de la efectividad de los derechos enunciados en el Pacto. En ese contexto, el Comité recomienda al Estado parte que tenga en cuenta el marco conceptual y metodológico sobre los indicadores de los derechos humanos elaborado por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (Índice Universal de Derechos Humanos 2020).
Dados estos antecedentes, se considera pertinente avanzar en una nueva etapa de esta recomendación que fortalezca el uso amplio y sistemático del instrumento de indicadores por parte de los países y, por supuesto, de los órganos de seguimiento de los tratados. Esto permitiría, por un lado, que los países contaran con evidencias objetivas para el mejor diseño de políticas públicas que garanticen los derechos económicos, sociales y culturales y, por otro, que los órganos de tratados dispusieran de información estratégica para la evaluación del cumplimiento progresivo de estos derechos.
Una primera aproximación al uso más sistemático de indicadores de derechos humanos por parte del Comité DESC, consistiría en aprovechar los datos disponibles para de los indicadores ODS que se identificaron como vinculados en la presente investigación. En principio, se considera factible la posibilidad de apoyar las labores del Comité en los siguientes procesos:
- Al examinar los informes de los países, aprovechar valoraciones derivadas de información objetiva proveniente de fuentes internacionales validadas, así como identificar tendencias o retrocesos persistentes en las series de datos;
- Contar con información actualizada para proponer ajustes a las políticas públicas establecidas por los países, partiendo de una perspectiva más integral y ecosistémica del cumplimiento de los DESC;
- Disponer de elementos de contrataste para verificar las aseveraciones generales emitidas por los países sobre el cumplimiento de derechos;
- Apoyar la elaboración de listas de cuestiones, al identificar problemáticas persistentes así como de surgimiento reciente;
- Fundamentar e insistir en la necesidad de presentación de informes a aquellos países que presentan retrasos, contando con diagnósticos situacionales como línea base;
- Identificar problemáticas estructurales o prolongadas que demanden la elaboración de Comentarios Generales o Declaraciones sobre temas específicos aplicables a nivel regional o mundial.
Los resultados de la investigación también podrían apoyar el fortalecimiento de la colaboración del Comité DESC con la oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, en particular para la construcción del “Repositorio de conocimientos sobre derechos económicos, sociales y culturales (Knowledge Hub on ESCR)”***, proponiendo la inclusión en el nuevo portal de información sistemática relacionada con el cumplimiento de indicadores de derechos humanos específicos, tanto cualitativos como cuantitativos, que apoyen las labores de evaluación del Comité, así como la identificación de datos pertinentes para reforzar las políticas públicas de los países.
***La resolución 54/22 del Consejo de Derechos Humanos sobre “Promoción y protección de los derechos económicos, sociales y culturales en el contexto de la lucha contra las desigualdades” encomendó al OHCHR que estableciera un centro de información dedicado a la asistencia técnica, desarrollo de capacidades y a la consolidación de prácticas y conocimientos técnicos prometedores en materia DESC. Ver: <a href="https://www.ohchr.org/en/human-rights/economic-social-cultural-rights/ohchr-knowledge-hub-needs-assessment-questionnaire">https://www.ohchr.org/en/human-rights/economic-social-cultural-</a><a href="https://www.ohchr.org/en/human-rights/economic-social-cultural-rights/ohchr-knowledge-hub-needs-assessment-questionnaire">rights/ohchr-knowledge-hub-needs-assessment-questionnaire</a>
Por último, cabe enfatizar que la utilización de estos indicadores no pretende sustituir los procesos detallados que el Comité DESC efectúa, ni tampoco disminuir el valor de la información específica que se recibe por parte de las oficinas regionales del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, las instituciones nacionales de derechos humanos, ni mucho menos sobre las problemáticas urgentes identificadas por organizaciones de la sociedad civil; si bien, la existencia de evidencia objetiva actualizada puede fundamentar de forma complementaria algunas de sus preocupaciones, observaciones y recomendaciones.
5. Referencias bibliográficas
Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH, OHCHR por sus siglas en inglés). 2008. Informe sobre los indicadores para promover y vigilar el ejercicio de los derechos humanos. Séptima reunión de los comités que son órganos de tratados de derechos humanos. HRI/MC/2008/3. Mayo de 2008. https://documents.un.org/doc/undoc/gen/g08/419/51/pdf/g0841951.pdf
2012. Indicadores de derechos humanos Guía para la medición y la aplicación. HR/PUB/12/5. Ginebra: Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, 200pp. https://www.ohchr.org/sites/default/files/Documents/Publications/Human_rights_indicat ors_sp.pdf
2020. Índice Universal de Derechos Humanos. https://www.uhri.ohcr.org/es/buscar-recomendaciones-de-derechos-humanos
2023. Visión de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos para reforzar su labor de promoción y protección de los derechos económicos, sociales y culturales en el contexto de la lucha contra las desigualdades en la recuperación de la pandemia de Covid-19. (Julio de 2023). A/HRC/54/35. Ginebra: Alto Comisionado. https://www.ohchr.org/es/documents/thematic-reports/ahrc5435-vision-office-united- nations-high-commissioner-human-rights
2023 c. Knowledge Hub Needs. Assessment Questionnaire. Ginebra: Oficina del Alto Comisionado Organización de Estados Americanos - Grupo de Trabajo del Protocolo de San Salvador (OEA-GTPSS). 2015. Indicadores de progreso para la medición de derechos contemplados en el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de derechos económicos, sociales y culturales “Protocolo de San Salvador”. OEA/Ser.D/XXVI.11 2a. Ed. Washington: Organización de Estados Americanos. http://www.oas.org/es/sadye/inclusion- social/protocolo-ssv/indicadores.asp
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