Hacia la consolidación del derecho al desarrollo

Laura Elisa Pérez Gómez*

Palabras clave: desigualdades, crisis, derecho al desarrollo, indicadores de cumplimiento

1. Por qué el derecho al desarrollo

El derecho al desarrollo es un tema central para todas las naciones, sobre todo en un contexto donde la complejidad de la crisis mundial se ha acentuado y las desigualdades son ingentes e insoslayables; a pesar de ello, no se ha logrado un acuerdo para el impulso y asunción plena de este derecho a nivel internacional. El PUDH-UNAM acaba de presentar una publicación que pretende contribuir a aclarar la conceptualización del derecho, así como sus alcances en términos de políticas nacionales, mediante una exposición accesible, además de proporcionar una propuesta para su seguimiento y evaluación. La publicación está disponible aquí: https://pudh.unam.mx/publicaciones/UNAM-COHUM-PUDH_hacia_la_consolidacion_del_derecho_al_desarrollo_agosto_2024.pdf

El derecho al desarrollo se puede concebir como un derecho “empoderante” para personas, grupos de población y países, que reivindica la libre determinación y la indivisibilidad entre derechos y libertades fundamentales. Este derecho remarca las obligaciones sobre cooperación y justicia distributiva para avanzar en la reducción de las desigualdades y avanzar en condiciones mundiales para asegurar una paz duradera. Además, el derecho al desarrollo, debe valorarse desde perspectivas que van mucho más allá de visiones tradicionales y limitadas que se centran únicamente en el impulso al crecimiento económico y enaltecen al Producto Interno Bruto como única medida estratégica.

2. Formulación del Derecho al Desarrollo

Desde 1986 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Declaración sobre este derecho, expresando su preocupación por la existencia de graves obstáculos para el desarrollo y la completa realización del ser humano y de los pueblos. A la fecha, de acuerdo con la propuesta sobre el pacto internacional que se encuentra en proceso de análisis, el derecho al desarrollo debe implicar que: “Todas las personas y todos los pueblos [tengan] el derecho inalienable al desarrollo, en virtud del cual están facultados para participar en un desarrollo civil, cultural, económico, ambiental, político y social que sea indivisible de todos los demás derechos humanos y libertades fundamentales y que sea interdependiente y esté relacionado con ellos, así como para contribuir a ese desarrollo y disfrutar de él”. Además este derecho debe permitir que: “Todas las personas y todos los pueblos [tengan] derecho a una participación activa, libre y significativa en el desarrollo y en la distribución equitativa de los beneficios resultantes de este”.

La propuesta de Pacto Internacional resulta necesaria más allá de conformarnos con la Declaración de 1987, dado que constituye un instrumento mucho más poderoso al ser vinculante, además de avanzar particularmente en reivindicaciones sobre género, pueblos indígenas y personas campesinas. Cabe destacar también que todas las obligaciones específicas que contiene el proyecto de Pacto ya han sido reconocidas en el derecho internacional de los derechos humanos pero este proyecto les proporciona un sentido orgánico.

3. Importancia de un nuevo estilo de desarrollo

Después de la pandemia y en el entorno que vivimos cargado de múltiples crisis, se aprecia una urgencia para contar con un contrato social renovado que tenga como eje un enfoque centrado en los derechos humanos y que afronte la urgente necesidad de tomar acciones para reducir las lacerantes desigualdades. En este marco tan complicado, el derecho al desarrollo puede constituir la base estructural que consolide los acuerdos políticos que ha venido impulsando la ONU y sus diversas agencias: desde la Agenda 2030, la sólida constitución conceptual del “desarrollo social inclusivo” del pensamiento Cepalino histórico, hasta el “Pacto para el Futuro” que se busca aprobar en la Cumbre de las Naciones Unidas a celebrarse el próximo 22 de septiembre.

En particular, la investigación sistematizó criterios para el diseño de políticas del derecho al desarrollo en el ámbito nacional, sustentados en los estándares actualizados emitidos por órganos y procedimientos especiales de las Naciones Unidas. Los criterios fueron categorizados a partir del enfoque basado en derechos humanos por lo que en la publicación pueden revisarse recomendaciones en materia de institucionalidad, principios transversales de derechos humanos, principios básicos del derecho al desarrollo, así como temas de interés central para la construcción de políticas públicas.

4. Necesidad de medir lo que cuenta

Como último punto, vale destacar que disponer de una herramienta de seguimiento y medición del cumplimiento del derecho al desarrollo es indispensable para concretar su garantía. La investigación contiene una propuesta para el seguimiento multidimensional del derecho al desarrollo basada en la metodología internacional de indicadores de derechos humanos, que rescató diversas medidas de valoración establecidas para los objetivos de desarrollo sostenible dada su amplia asimilación a nivel global.

A partir de la información más reciente disponible, podemos constatar que la región de América Latina y el Caribe enfrenta grandes desafíos para avanzar en el cumplimiento del derecho al desarrollo. A pesar de que según el primer indicador de los ODS referente a las personas que se ubican en situación de pobreza (medida bajo el umbral internacional[1]) la región presenta solo 3.5% de su población en esta situación, lo que pareciera ser un resultado optimista, es necesario revisar a fondo otros de los indicadores propuestos para poder valorar con elementos suficientes las posibilidades reales de los países para avanzar en su derecho al desarrollo. Por ejemplo:

  • La inseguridad alimentaria -moderada y grave- alcanzó al 37.5% de la población de la región en 2022, esto supera en 8 puntos el promedio mundial y equivale a 248 millones personas;
  • El empleo informal NO se ha logrado reducir a menos del 50% en promedio en la región, en 2023 alcanzó a 344 millones de personas;
  • Peor aún, la cobertura de protección social bajó 5 puntos en los últimos años para cubrir solo a 56% de la población de la región, lo que significa que casi 286 millones de personas NO contaron siquiera con un programa de protección en 2020;
  • Adicionalmente, los derechos civiles también se encuentran afectados en la región, donde un indicador sintomático es la tasa sobre víctimas de homicidios la cual es la más alta entre las regiones observadas por las Naciones Unidas, alcanzando 19.9 homicidios intencionales por cada 100 mil habitantes en 2021, en tanto la tasa promedio mundial es de solo 5.8.

Es necesario señalar también que este panorama preocupante se encuentra incompleto si no se miden otros elementos necesarios para asegurar el derecho al desarrollo de manera integral. De hecho la Agenda 2030 tiene definidos indicadores muy prometedores, cuya recolección de información avanza hacia el mandato sobre “medir lo que cuenta”, entre estos indicadores se encuentran por ejemplo: el porcentaje de superficie agrícola en que se practica agricultura sostenible[2]; el grado de incorporación de la educación para la ciudadanía global y el desarrollo sostenible[3]; la proporción de ciudades con estructuras de participación directa de la sociedad civil en la planificación; la calificación de los mecanismos disponibles para la coherencia de políticas de desarrollo sostenible[4]. Para lograr el cumplimiento del derecho al desarrollo falta mucho por hacer, consideramos que con esta publicación se avanza en lograr una mejor comprensión de sus alcances y que también puede incidir en la posición que deben tomar los países de la región, en cuanto a su pronta adhesión del Pacto Internacional que le dará un sólido sustento.


* Consultora de la Unidad de Indicadores del Programa Universitario de Derechos Humanos de la UNAM.

[1] Fijado a la fecha en 2.15 USD/día.

[2] ODS 2.4.1, considera aspectos sobre resiliencia ante riesgos, degradación del suelo, disponibilidad de agua, riesgos por uso de fertilizantes y pesticidas, empleo decente, entre otros (11 subindicadores).

[3] ODS 4.7.1, indicador emblemático de UNESCO que busca valorar la medida en que los países incorporan importantes elementos educativos, que incluyen la educación relativa al cambio climático, los derechos humanos y la igualdad de género, considerados en las políticas, los planes de estudio, la formación de docentes y la evaluación de alumnas/os.

[4] ODS 17.14.1, verifica: institucionalización y compromiso político, consideraciones de largo plazo en la toma de decisiones, coordinación intersectorial, procesos participativos, vinculación entre las políticas, alineamiento en los diversos niveles de gobierno, monitoreo, y financiamiento.